III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1385)
Resolución de 2 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta fotovoltaica "FV Fuendetodos", de 124,92MW, y su infraestructura de evacuación ubicada en Villanueva de Huerva y Fuendetodos (Zaragoza)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 18 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 6853

6. Con carácter previo a la realización de las actuaciones previstas, deberá
solicitarse la correspondiente autorización de concesión de uso privativo del dominio
público forestal, según lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón.
iii. Condiciones al Programa de vigilancia ambiental. En virtud del análisis técnico
realizado, el programa de vigilancia previsto en el EsIA debe completarse con los
aspectos adicionales que se incorporan mediante esta resolución. El objetivo del citado
programa en sus distintas fases es garantizar el cumplimiento de la totalidad de las
medidas preventivas, correctoras y compensatorias descritas, a través de un
seguimiento de la eficacia de dichas medidas y sus criterios de aplicación, que se
especificará en los correspondientes informes de vigilancia:
1. Con carácter general, independientemente del informe inicial y final de obra,
deberán remitirse informes durante la fase de construcción con una periodicidad
bimensual tanto al órgano sustantivo como al órgano ambiental del Gobierno de Aragón.
En fase de operación, se remitirán informes a los mismos organismos con una
periodicidad anual durante los cinco primeros años de funcionamiento del parque
fotovoltaico, sin perjuicio de los informes de seguimiento específicos de aquellos factores
ambientales que necesariamente excedan este periodo (fauna).
2. Se realizará el seguimiento y documentación de las prospecciones de flora y
fauna previas a la ejecución de las obras, registrando todos los hallazgos y las medidas
adoptadas.
3. Durante la fase de funcionamiento, se realizará el seguimiento del ruido
generado en las distintas infraestructuras asociadas al presente proyecto, con objeto de
garantizar el cumplimiento de los niveles establecidos en la legislación vigente.
4. Se realizará un seguimiento de las condiciones fisicoquímicas y microbiológicas
del suelo y de la evolución de la vegetación natural como consecuencia de la
implantación de la planta, el cual será anual durante los primeros diez años de vida útil
del proyecto, y cada cinco años a partir del décimo año.
5. Durante toda la vida útil de la planta se llevará a cabo un estudio y seguimiento
de la dinámica de las poblaciones de avifauna de las especies que utilizan la superficie
ocupada por la planta y la línea de evacuación, con objeto de conocer si las citadas
poblaciones sufren alteraciones y poder adoptar medidas de conservación. La frecuencia
de visitas para el seguimiento dependerá de la época del año, pero al menos se realizará
una quincenalmente.
6. Se realizará un seguimiento anual de la ocupación del palomar y de las cajas
nido para quirópteros, así como de las especies presa, y aquellas otras medidas que se
hayan establecido, en su caso, en coordinación con el órgano ambiental del Gobierno de
Aragón.
La autorización del proyecto incluirá el programa de seguimiento y vigilancia
ambiental completado con las prescripciones anteriores.
Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo
previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su
comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de
autorización del proyecto.
De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación
ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de
los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se
autoriza el proyecto.
Madrid, 2 de enero de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.

cve: BOE-A-2023-1385
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