III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-1385)
Resolución de 2 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta fotovoltaica "FV Fuendetodos", de 124,92MW, y su infraestructura de evacuación ubicada en Villanueva de Huerva y Fuendetodos (Zaragoza)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 18 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 6833
planta fotovoltaica «FV Fuendetodos» y la línea subterránea de 30 kV hasta la SET
«Fuendetodos Colectora 400» (esta SET tampoco se evalúa en este proyecto).
Durante el procedimiento de evaluación de impacto ambiental la configuración de la
planta fotovoltaica ha sido modificada, ya que se retranqueó el vallado de la PSFV para
desafectar a la ZEPA ES0000300 «Río Huerva y las Planas», así como a un Hábitat de
Interés Comunitario (HIC).
La planta estará dividida en diversos recintos, vallados con un cerramiento cinegético
de malla anudada y postes de tubo de acero galvanizado, cuyo perímetro total será
de 41,77 km. La altura mínima del vallado será de 2 m y los postes estarán colocados a
una distancia máxima de 3 m uno de otro. Los caminos exteriores de acceso a la planta
y de acceso a las distintas subestaciones tendrán un mínimo de 6 m de ancho y los
caminos y viales interiores a la planta serán de 4 m de ancho.
La obra civil engloba la ejecución de los accesos a la instalación y de caminos
interiores aptos para el tránsito de vehículos; la excavación de zanjas para la red interior
del parque y línea de evacuación subterránea de Media Tensión; la realización de las
cimentaciones para la estructura, bloques de potencia y cajas/cuadros eléctricos; la
construcción del vallado perimetral; y la construcción del sistema de drenaje y
escorrentía superficial.
2.
Tramitación del procedimiento
El promotor presenta, con fecha 3 de diciembre de 2020, solicitud de autorización
administrativa previa y evaluación del impacto ambiental del proyecto.
Con fecha 12 de mayo de 2021 y 14 de mayo de 2021, conforme a lo establecido en
el artículo 37 la Ley 21/2013, el órgano sustantivo trasladó consultas a las
Administraciones públicas afectadas y personas interesadas recogidas en el anexo I. Los
informes recibidos fueron remitidos por el órgano sustantivo al promotor para su
consideración. En respuesta al informe emitido durante este trámite por el Instituto
Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) del Gobierno de Aragón, el promotor propone
un retranqueo del vallado perimetral de la planta fotovoltaica por el cual se desafecta a
un espacio de la Red Natura 2000 y a un Hábitat de Interés Comunitario (HIC).
Con fecha de publicación de 24 y 25 de mayo de 2021, respectivamente, se anuncia
en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza», el
trámite de información pública de la solicitud de declaración de impacto ambiental y de
autorización administrativa previa del proyecto. No se recibieron alegaciones.
En virtud del artículo 40.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación
Ambiental, con fecha 28 de enero de 2022, este órgano ambiental requiere al órgano
sustantivo informe del órgano con competencias en materia de medio ambiente de la
Comunidad Autónoma en donde se ubica territorialmente el proyecto, documentación
que es recibida el 1 de abril de 2022.
Tras realizar el análisis técnico, el 26 de mayo de 2022, se requiere al promotor
información adicional relativa a diversos aspectos del proyecto y detalle de las
modificaciones propuestas (análisis de alternativas de la línea de evacuación,
descripción del proyecto final, y sus impactos sobre Red Natura 2000, vegetación y
Hábitats de Interés Comunitario (HIC), fauna, hidrología, Vías Pecuarias, Montes de
Utilidad Pública, paisaje, sinergias y medio socioeconómico, medidas y Programa de
Vigilancia Ambiental), la cual es aportada el 23 de agosto y el 14 de septiembre de 2022.
3.
Análisis técnico del expediente
A. Análisis de alternativas. Se valoran alternativas de emplazamiento para la planta
fotovoltaica y la línea de Media Tensión.
Para la planta solar fotovoltaica, el EsIA descarta la alternativa 0, de no realización
del proyecto. Estudia dos alternativas de ubicación, con la condición de que se
encuentren a una distancia de la subestación Fuendetodos menor a 10 km. Selecciona la
cve: BOE-A-2023-1385
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 15
Miércoles 18 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 6833
planta fotovoltaica «FV Fuendetodos» y la línea subterránea de 30 kV hasta la SET
«Fuendetodos Colectora 400» (esta SET tampoco se evalúa en este proyecto).
Durante el procedimiento de evaluación de impacto ambiental la configuración de la
planta fotovoltaica ha sido modificada, ya que se retranqueó el vallado de la PSFV para
desafectar a la ZEPA ES0000300 «Río Huerva y las Planas», así como a un Hábitat de
Interés Comunitario (HIC).
La planta estará dividida en diversos recintos, vallados con un cerramiento cinegético
de malla anudada y postes de tubo de acero galvanizado, cuyo perímetro total será
de 41,77 km. La altura mínima del vallado será de 2 m y los postes estarán colocados a
una distancia máxima de 3 m uno de otro. Los caminos exteriores de acceso a la planta
y de acceso a las distintas subestaciones tendrán un mínimo de 6 m de ancho y los
caminos y viales interiores a la planta serán de 4 m de ancho.
La obra civil engloba la ejecución de los accesos a la instalación y de caminos
interiores aptos para el tránsito de vehículos; la excavación de zanjas para la red interior
del parque y línea de evacuación subterránea de Media Tensión; la realización de las
cimentaciones para la estructura, bloques de potencia y cajas/cuadros eléctricos; la
construcción del vallado perimetral; y la construcción del sistema de drenaje y
escorrentía superficial.
2.
Tramitación del procedimiento
El promotor presenta, con fecha 3 de diciembre de 2020, solicitud de autorización
administrativa previa y evaluación del impacto ambiental del proyecto.
Con fecha 12 de mayo de 2021 y 14 de mayo de 2021, conforme a lo establecido en
el artículo 37 la Ley 21/2013, el órgano sustantivo trasladó consultas a las
Administraciones públicas afectadas y personas interesadas recogidas en el anexo I. Los
informes recibidos fueron remitidos por el órgano sustantivo al promotor para su
consideración. En respuesta al informe emitido durante este trámite por el Instituto
Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) del Gobierno de Aragón, el promotor propone
un retranqueo del vallado perimetral de la planta fotovoltaica por el cual se desafecta a
un espacio de la Red Natura 2000 y a un Hábitat de Interés Comunitario (HIC).
Con fecha de publicación de 24 y 25 de mayo de 2021, respectivamente, se anuncia
en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza», el
trámite de información pública de la solicitud de declaración de impacto ambiental y de
autorización administrativa previa del proyecto. No se recibieron alegaciones.
En virtud del artículo 40.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación
Ambiental, con fecha 28 de enero de 2022, este órgano ambiental requiere al órgano
sustantivo informe del órgano con competencias en materia de medio ambiente de la
Comunidad Autónoma en donde se ubica territorialmente el proyecto, documentación
que es recibida el 1 de abril de 2022.
Tras realizar el análisis técnico, el 26 de mayo de 2022, se requiere al promotor
información adicional relativa a diversos aspectos del proyecto y detalle de las
modificaciones propuestas (análisis de alternativas de la línea de evacuación,
descripción del proyecto final, y sus impactos sobre Red Natura 2000, vegetación y
Hábitats de Interés Comunitario (HIC), fauna, hidrología, Vías Pecuarias, Montes de
Utilidad Pública, paisaje, sinergias y medio socioeconómico, medidas y Programa de
Vigilancia Ambiental), la cual es aportada el 23 de agosto y el 14 de septiembre de 2022.
3.
Análisis técnico del expediente
A. Análisis de alternativas. Se valoran alternativas de emplazamiento para la planta
fotovoltaica y la línea de Media Tensión.
Para la planta solar fotovoltaica, el EsIA descarta la alternativa 0, de no realización
del proyecto. Estudia dos alternativas de ubicación, con la condición de que se
encuentren a una distancia de la subestación Fuendetodos menor a 10 km. Selecciona la
cve: BOE-A-2023-1385
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 15