II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Personal laboral. (BOE-A-2023-1098)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Delegación Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Barcelona, por la que se convocan procesos selectivos para la provisión de plazas de personal laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 17 de enero de 2023

Sec. II.B. Pág. 6088

3.3 En caso de empate, el desempate se resolverá a favor del/de la aspirante con
mayor puntuación en la fase de oposición.
4. Se habilita al Tribunal a la territorialización del proceso selectivo en función de la
lista final de personas admitidas, con la finalidad de hacer accesibles los procesos.
5. Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o de
parto, alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo en cualquiera
de sus fases o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la
finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas.
La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el
derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a
tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal. En todo caso, la
realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de
aspirantes que han superado el proceso selectivo.
6. El Tribunal calificador hará público un cronograma orientativo con las fechas de
realización de los diferentes procesos selectivos, teniendo en cuenta que, en todo caso,
desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo de la siguiente, el
plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales.
7. Esta convocatoria cumple con los principios constitucionales de igualdad, mérito
y capacidad, así como con el resto de los principios establecidos en el artículo 55 de la
citada Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobada por Real Decreto
Legislativo 5/2015.
8. Superación del proceso selectivo
1. Finalizada la fase de concurso, el/la Presidente/a del Tribunal elevará a la
autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo
por orden de puntuación.
2. El Tribunal publicará dicha relación en la que se anunciará el plazo para la firma
del contrato y la incorporación.
3. No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de plazas
convocadas.
4. Las personas que hayan superado cualquiera de los dos ejercicios de la fase de
oposición con más del 60% de la calificación máxima prevista para cada uno de ellos,
tendrán la posibilidad de conservar la nota para la convocatoria inmediata siguiente,
siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en
los que se hubiera conservado la nota sean análogos.
Esta medida será siempre de aplicación a las personas que participen por el turno de
reserva para personas con discapacidad.
9.

Adjudicación de plazas

1. La adjudicación del puesto se efectuará, de acuerdo con el orden de puntuación
total obtenida, mediante Resolución de la autoridad convocante que será, asimismo,
publicada.
2. El/la aspirante contratado/a tendrá que superar un período de prueba de seis
meses durante el cual la unidad de personal correspondiente evaluará el correcto
desempeño del puesto de trabajo.
3. En el caso de que el/la candidato/a propuesto/a renuncie, o la certificación
emitida por la unidad de personal respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo
durante el período de prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará al/a la siguiente
candidato/a de la relación a que se refiere la base 8.1.
Asimismo, si una vez formalizado el contrato, el/la aspirante contratado/a causara
baja definitiva, se podrá sustituir por el/la siguiente candidato/a de la relación a que se
refiere la base 8.1.

cve: BOE-A-2023-1098
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Núm. 14