II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpos y escalas de la Administración General del Estado. (BOE-A-2023-1094)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan con carácter excepcional procesos selectivos, por el sistema de concurso, para la estabilización de empleo temporal en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14
Martes 17 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 6065
selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares.
Tampoco serán objeto de valoración aquellos cursos en cuya certificación no aparezca
su duración y fecha de realización.
En caso de empate en la fase de concurso, se resolverá atendiendo a los siguientes
criterios:
1. Mayor número de días de desempeño de servicios en el Cuerpo General Auxiliar
de la Administración del Estado. En el caso de que no consten estos datos en el Registro
de Personal, serán las unidades de personal correspondientes las que acrediten los
referidos datos al día de la publicación de la convocatoria.
2. Mayor número de días de desempeño de servicios en el Ámbito de la
Administración General del Estado. En el caso de que no consten estos datos en el
citado Registro, serán las unidades de personal correspondientes las que acrediten los
referidos datos al día de la publicación de la convocatoria.
3. Mayor puntuación en méritos profesionales
4. Mayor puntuación en méritos académicos.
5. Orden alfabético de los apellidos y nombre, empezando por la letra «U», según
lo establecido en la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de
Función Pública, («Boletín Oficial del Estado» del día 13 de mayo), por la que se publica
el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de ingreso del personal al
servicio de la Administración del Estado. Se seguirán las reglas del Registro Central de
Personal de la Administración General del Estado sobre la forma de inscripción de los
nombres y los apellidos.
VI.
Valoración de méritos en la Escala Auxiliar de Organismos Autónomos,
Código 6032
La puntuación máxima de la fase de concurso será de 100 puntos.
1. Méritos profesionales. La valoración máxima de méritos profesionales, hasta la
fecha de publicación de la presente convocatoria, será de 60 puntos y se desglosará de
la siguiente forma:
A estos efectos, se computarán también en este apartado como servicios prestados,
los desempeñados en las Administraciones Públicas de los Estados miembros de la
Unión Europea así como la Administración Pública de aquellos Estados a los que, en
virtud de Tratados internacionales celebrados con la Unión Europea y ratificados por
España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que
ésta se define en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, siempre que se les
reconozcan funciones similares a las de la Escala Auxiliar de Organismos Autónomos.
2. Méritos académicos y de superación de ejercicios selectivos. La valoración
máxima de méritos académicos y de superación de ejercicios selectivos, hasta la fecha
cve: BOE-A-2023-1094
Verificable en https://www.boe.es
a) Valoración por mes completo de servicios efectivos prestados como personal
funcionario en la Escala Auxiliar de Organismos Autónomos, Código 6032, o en Cuerpos
o Escalas de personal funcionario o como personal laboral de cualquier Administración
Pública u órganos constitucionales u órganos equivalentes de las Comunidades
Autónomas o en el resto de los organismos y entes del sector público con funciones
idénticas a las de la Escala Auxiliar de Organismos Autónomos, a razón de 0,50 puntos
por mes completo hasta un máximo de diez años.
b) Valoración por mes completo de servicios efectivos prestados como personal
funcionario en Cuerpos o Escalas de personal funcionario o como personal laboral de
cualquier Administración Pública u órganos constitucionales y órganos equivalentes de
las Comunidades Autónomas con funciones diferentes a las de la Escala Auxiliar de
Organismos Autónomos, a razón de 0,255 por mes completo hasta un máximo de diez
años.
Núm. 14
Martes 17 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 6065
selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares.
Tampoco serán objeto de valoración aquellos cursos en cuya certificación no aparezca
su duración y fecha de realización.
En caso de empate en la fase de concurso, se resolverá atendiendo a los siguientes
criterios:
1. Mayor número de días de desempeño de servicios en el Cuerpo General Auxiliar
de la Administración del Estado. En el caso de que no consten estos datos en el Registro
de Personal, serán las unidades de personal correspondientes las que acrediten los
referidos datos al día de la publicación de la convocatoria.
2. Mayor número de días de desempeño de servicios en el Ámbito de la
Administración General del Estado. En el caso de que no consten estos datos en el
citado Registro, serán las unidades de personal correspondientes las que acrediten los
referidos datos al día de la publicación de la convocatoria.
3. Mayor puntuación en méritos profesionales
4. Mayor puntuación en méritos académicos.
5. Orden alfabético de los apellidos y nombre, empezando por la letra «U», según
lo establecido en la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de
Función Pública, («Boletín Oficial del Estado» del día 13 de mayo), por la que se publica
el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de ingreso del personal al
servicio de la Administración del Estado. Se seguirán las reglas del Registro Central de
Personal de la Administración General del Estado sobre la forma de inscripción de los
nombres y los apellidos.
VI.
Valoración de méritos en la Escala Auxiliar de Organismos Autónomos,
Código 6032
La puntuación máxima de la fase de concurso será de 100 puntos.
1. Méritos profesionales. La valoración máxima de méritos profesionales, hasta la
fecha de publicación de la presente convocatoria, será de 60 puntos y se desglosará de
la siguiente forma:
A estos efectos, se computarán también en este apartado como servicios prestados,
los desempeñados en las Administraciones Públicas de los Estados miembros de la
Unión Europea así como la Administración Pública de aquellos Estados a los que, en
virtud de Tratados internacionales celebrados con la Unión Europea y ratificados por
España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que
ésta se define en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, siempre que se les
reconozcan funciones similares a las de la Escala Auxiliar de Organismos Autónomos.
2. Méritos académicos y de superación de ejercicios selectivos. La valoración
máxima de méritos académicos y de superación de ejercicios selectivos, hasta la fecha
cve: BOE-A-2023-1094
Verificable en https://www.boe.es
a) Valoración por mes completo de servicios efectivos prestados como personal
funcionario en la Escala Auxiliar de Organismos Autónomos, Código 6032, o en Cuerpos
o Escalas de personal funcionario o como personal laboral de cualquier Administración
Pública u órganos constitucionales u órganos equivalentes de las Comunidades
Autónomas o en el resto de los organismos y entes del sector público con funciones
idénticas a las de la Escala Auxiliar de Organismos Autónomos, a razón de 0,50 puntos
por mes completo hasta un máximo de diez años.
b) Valoración por mes completo de servicios efectivos prestados como personal
funcionario en Cuerpos o Escalas de personal funcionario o como personal laboral de
cualquier Administración Pública u órganos constitucionales y órganos equivalentes de
las Comunidades Autónomas con funciones diferentes a las de la Escala Auxiliar de
Organismos Autónomos, a razón de 0,255 por mes completo hasta un máximo de diez
años.