I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Servicios públicos. Acceso electrónico. (BOE-A-2023-1085)
Orden DSA/24/2023, de 11 de enero, por la que se crea la sede electrónica asociada del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14
Martes 17 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 6030
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030
1085
Orden DSA/24/2023, de 11 de enero, por la que se crea la sede electrónica
asociada del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
De acuerdo con lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, así como en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por
medios electrónicos, una sede electrónica es aquella dirección electrónica disponible
para la ciudadanía por medio de redes de telecomunicaciones. Mediante dicha sede
electrónica se realizarán todas las actuaciones y trámites referidos a procedimientos o a
servicios que requieran la identificación de la Administración Pública y, en su caso, la
identificación o firma electrónica de las personas interesadas.
El Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, crea el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
como departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en
materia de bienestar social, de familia, de protección del menor, de cohesión y de
atención a las personas dependientes o con discapacidad, de juventud y de protección
de los animales, así como la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia
de impulso para la ejecución de la Agenda 2030 de la Organización de las Naciones
Unidas, aprobada en su reunión de 25 de septiembre de 2015.
Con la creación de esta sede asociada se pretende facilitar tanto a las personas
físicas como a las jurídicas sus relaciones con el Ministerio de Derechos Sociales y
Agenda 2030, para que, de una manera ágil, segura y eficaz, se pueda garantizar el
cumplimiento del derecho de la ciudadanía a comunicarse con las Administraciones
Públicas a través de medios electrónicos, tal y como preceptúa el artículo 14 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.3 del Real Decreto 203/2021,
de 30 de marzo, en el ámbito estatal, la creación de una sede electrónica asociada a la
sede electrónica del PAGe de la Administración General del Estado se hará mediante
orden de la persona titular del Departamento competente, con el informe previo favorable
del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y del Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital.
En su virtud, una vez recabados los informes favorables del Ministerio de Hacienda y
Función Pública y del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital,
dispongo:
Objeto y ámbito de aplicación.
1. Esta Orden tiene como objeto la creación de la sede electrónica del Ministerio de
Derechos Sociales y Agenda 2030, como sede asociada a la sede electrónica del Punto
de Acceso General electrónico (PAGe) de la Administración General del Estado, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 9 y siguientes del Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por el
Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
2. El ámbito de aplicación de esta sede electrónica asociada abarca a los órganos
pertenecientes al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Los organismos
públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes del Ministerio de
Derechos Sociales y Agenda 2030 podrán adherirse voluntariamente, mediante la
cve: BOE-A-2023-1085
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 14
Martes 17 de enero de 2023
Sec. I. Pág. 6030
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030
1085
Orden DSA/24/2023, de 11 de enero, por la que se crea la sede electrónica
asociada del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
De acuerdo con lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, así como en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por
medios electrónicos, una sede electrónica es aquella dirección electrónica disponible
para la ciudadanía por medio de redes de telecomunicaciones. Mediante dicha sede
electrónica se realizarán todas las actuaciones y trámites referidos a procedimientos o a
servicios que requieran la identificación de la Administración Pública y, en su caso, la
identificación o firma electrónica de las personas interesadas.
El Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, crea el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
como departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en
materia de bienestar social, de familia, de protección del menor, de cohesión y de
atención a las personas dependientes o con discapacidad, de juventud y de protección
de los animales, así como la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia
de impulso para la ejecución de la Agenda 2030 de la Organización de las Naciones
Unidas, aprobada en su reunión de 25 de septiembre de 2015.
Con la creación de esta sede asociada se pretende facilitar tanto a las personas
físicas como a las jurídicas sus relaciones con el Ministerio de Derechos Sociales y
Agenda 2030, para que, de una manera ágil, segura y eficaz, se pueda garantizar el
cumplimiento del derecho de la ciudadanía a comunicarse con las Administraciones
Públicas a través de medios electrónicos, tal y como preceptúa el artículo 14 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.3 del Real Decreto 203/2021,
de 30 de marzo, en el ámbito estatal, la creación de una sede electrónica asociada a la
sede electrónica del PAGe de la Administración General del Estado se hará mediante
orden de la persona titular del Departamento competente, con el informe previo favorable
del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y del Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital.
En su virtud, una vez recabados los informes favorables del Ministerio de Hacienda y
Función Pública y del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital,
dispongo:
Objeto y ámbito de aplicación.
1. Esta Orden tiene como objeto la creación de la sede electrónica del Ministerio de
Derechos Sociales y Agenda 2030, como sede asociada a la sede electrónica del Punto
de Acceso General electrónico (PAGe) de la Administración General del Estado, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 9 y siguientes del Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por el
Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
2. El ámbito de aplicación de esta sede electrónica asociada abarca a los órganos
pertenecientes al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Los organismos
públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes del Ministerio de
Derechos Sociales y Agenda 2030 podrán adherirse voluntariamente, mediante la
cve: BOE-A-2023-1085
Verificable en https://www.boe.es
Primero.