I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2023-1010)
Convenio para la explotación y mantenimiento de la sección internacional de una línea ferroviaria de alta velocidad entre Perpiñán y Figueres, hecho en Madrid y París el 20 de diciembre de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 13

Lunes 16 de enero de 2023

Sec. I. Pág. 5535

27.2 Al término normal o anticipado del Convenio, el Proveedor de servicios deberá
devolver a los Estados todos los documentos contemplados en la cláusula 21.2 y destruir
cualquier copia de dichos documentos.
27.3 El Proveedor de servicios únicamente podrá difundir información confidencial
en los siguientes casos, respetando estrictamente los límites de lo necesario habida
cuenta de su naturaleza:
(a) si una disposición legislativa o reglamentaria o una decisión de una autoridad
administrativa tomada en aplicación de una disposición legislativa o reglamentaria lo
exige, o si lo exige una decisión dictada por un órgano jurisdiccional;
(b) si la información confidencial en cuestión ya ha sido divulgada al público por un
medio que no derive de un incumplimiento de alguna de las Partes de su obligación de
confidencialidad, de tal forma que la información ya no pueda ser considerada como
confidencial;
(c) si los Estados eximen al Proveedor de servicios de la obligación de
confidencialidad en relación con la información confidencial afectada.
28.

Idioma.

28.1 El Convenio se firma en los idiomas español y francés. Ambas versiones
tienen la misma fuerza obligatoria.
28.2 El Proveedor de servicios presentará todos los documentos en el ámbito del
Convenio en ambos idiomas, no considerándose válidamente realizada ninguna
comunicación hasta que ambas versiones hayan sido remitidas a los Estados o sus
asistentes.
29.

Comunicaciones.

Todas las notificaciones y comunicaciones entre las Partes previstas en el Convenio
(salvo estipulación en contrario del Convenio) se realizarán por correo certificado con
acuse de recibo o mediante entrega en mano con recibo de entrega, en las siguientes
direcciones:
Para el Reino de España:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Secretaría General de
Infraestructuras. Paseo de la Castellana, 67. 28071 Madrid.
Para la República Francesa:
Ministère de la Transition écologique et de la Cohésion des Territoires Direction
générale des infrastructures, des transports et des mobilités. Direction des Transports
Ferroviaires et Fluviaux et des Ports. Sous-direction des infrastructures ferroviaires. Tour
Séquoïa, 1. Place Carpeaux. 92055 La Défense Cedex.
Para el Proveedor de servicios:

30.

Lista de anexos.

Anexo 1: Contrato de concesión celebrado el 17 de febrero de 2004 entre la
República Francesa y el Reino de España y la sociedad TP Ferro Concesionaria, SA,
incluidos sus anexos.
Anexo 2: Acuerdo de Madrid y Protocolo Adicional.
Anexo 3: Convenio para la explotación y mantenimiento de la Sección Internacional
de una línea ferroviaria de alta velocidad entre Perpiñán y Figueres suscrito el 19 de
diciembre de 2016 y su modificación n.º 1.

cve: BOE-A-2023-1010
Verificable en https://www.boe.es

Línea Figueras Perpignan, SA. Calle Sor Angela de la Cruz, 3, 7.ª planta. 28020
Madrid.