III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2023-1004)
Resolución de 10 de enero de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio con la Xunta de Galicia, en materia de seguridad en los edificios de la Administración de Justicia en Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12

Sábado 14 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 5479

Las cuantías pecuniarias concretas a pagar se modularán en función del
número real de efectivos destinados a las labores previstas en el presente
convenio, y que, con carácter de máximos, se concretan en el anexo IV.
El convenio se financiará para los años 2018, 2019, 2020 y 2021 por importe
de seis millones de euros (6.000.000,00 euros), con cargo a la aplicación
presupuestaria 05.22.131A.400.0, con el siguiente desglose por anualidades:





2018: 1.500.000,00 euros.
2019: 1.500.000,00 euros.
2020: 1.500.000,00 euros.
2021: 1.500.000,00 euros.

Para los años 2022, 2023, 2024 y 2025 se financiará por importe de seis
millones de euros (6.000.000,00 euros), con cargo a la aplicación
presupuestaria 06.03.131A.400.0 de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de
Presidencia, Justicia y Deportes, con la siguiente desagregación por anualidades:
2022: 1.500.000,00 euros.
2023: 1.500.000,00 euros.
2024: 1.500.000,00 euros.
2025: 1.500.000,00 euros.

Para el Ministerio del Interior el presente convenio no generará gasto alguno,
al ser la Comunidad Autónoma de Galicia quien financiará la totalidad de los
gastos para su efectivo desarrollo.
La referida vicepresidencia segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y
Deportes abonará, según se indica en la cláusula tercera, los gastos derivados del
presente convenio, previa presentación de certificación emitida por el órgano
competente del Ministerio del Interior del cumplimiento de la finalidad del convenio
y de la aplicación de los fondos destinados a ese efecto, con indicación del
número de efectivos dedicados a los servicios de vigilancia en cada edificio
judicial.
El importe correspondiente se ingresará en el Tesoro Público, cuenta
restringida en la recaudación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
de liquidaciones practicadas por la Administración y otros ingresos no tributarios, a
favor de los cuerpos de seguridad que se integran en la Dirección General de la
Policía y en la Dirección General de la Guardia Civil.
Las certificaciones de los órganos competentes del Ministerio del Interior
deberán ser emitidas con tiempo suficiente para que la Vicepresidencia Segunda y
Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes haga en el primer trimestre del año
el abono de los gastos derivados del presente convenio correspondientes al año
anterior.
Efectuados los ingresos, la Comunidad Autónoma de Galicia trasladará a las
habilitaciones de ambos cuerpos los originales para la administración de las cartas
de pago que dispone el artículo 4.2 de la Orden HFP/147/2022, de 2 de marzo
(BOE núm. 54), al objeto de iniciar los trámites preceptivos para generar el crédito
necesario en los conceptos presupuestarios que la Dirección General de la Policía
y la Dirección General de la Guardia Civil determinen.
El importe que aportará la Comunidad Autónoma en cada ejercicio respecto
del período de que se trate se corresponderá con la diferencia retributiva y la
productividad, que se actualizarán como mínimo según lo que se establezca en las
normas que regulen las retribuciones del personal de la Policía Nacional y de la
Guardia Civil, tanto las anuales presupuestarias como las que se puedan dictar a
lo largo del ejercicio.

cve: BOE-A-2023-1004
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