III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-937)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Torrelaguna, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Torrelaguna.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 5320

Las partes comparecen en la representación que ostentan de sus respectivas
instituciones, reconociéndose de modo recíproco capacidad para formalizar el presente
convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
1. Que el Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar
la reactivación económica y el empleo, crea en su artículo 10 los «Planes de
Sostenibilidad Turística en Destinos», como instrumentos para la prestación, por parte de
la Secretaría de Estado de Turismo, de apoyo a la inversión en actuaciones de impulso,
adecuación y mejora de los destinos turísticos con el fin de aumentar su sostenibilidad.
Que la Administración General del Estado, en virtud de las competencias reservadas
al Estado por el artículo 149.1.13.ª de la Constitución (bases y coordinación de la
planificación general de la actividad económica), así como del principio de cooperación,
ha elaborado el Programa de Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos, integrado
dentro del tercer pilar de «Mejora de la competitividad del destino turístico» del Plan de
Impulso del Sector Turístico presentado por el Gobierno el 18 de junio de 2020.
2. Que la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, en
virtud de la competencia exclusiva en materia de turismo, atribuida por el artículo 26.1.21
de su Estatuto de Autonomía, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de
Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, así como lo establecido en el
Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la
estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, que establece
en su artículo 9 la estructura básica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte; y el
Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte que atribuye en su
artículo 10.b a la Dirección General de Turismo las competencias en materia de
elaboración de estrategias y planes que faciliten la creación y promoción de productos de
alto valor añadido para el turismo, con capacidad desestacionalizadora, y en el ejercicio
de sus competencias, desarrolla diferentes actuaciones con la finalidad de mejorar la
situación turística de Torrelaguna, promoviendo planes, programas y normas para la
modernización y adecuación de la industria turística a las tendencias de la demanda.
3. Que el Ayuntamiento de Torrelaguna, en virtud de las competencias que le
atribuye el artículo 25.2.m de la Ley 7/1985 de 2 abril de Bases del Régimen Local ha
elaborado diversos proyectos para la mejora turística del municipio en relación con las
líneas estratégicas y los programas de la Secretaría de Estado de Turismo y del
Ayuntamiento de Torrelaguna.
4. Que la Comisión Sectorial de Turismo, celebrada el 25 de junio de 2020, aprobó
el «Programa de Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos», ratificado en
Conferencia Sectorial de Turismo de fecha 13 de julio de 2020 y ratificada su
actualización en Conferencia Sectorial de Turismo de 17 de febrero de 2022, en
desarrollo del Plan de Impulso al Sector Turístico. El objetivo del Programa es avanzar
en la transformación de los destinos turísticos hacia un modelo basado en la
sostenibilidad medioambiental, socioeconómica y territorial y, en particular:
– Abordar un gradual reposicionamiento de los destinos turísticos de sol y playa
hacia modelos más competitivos y sostenibles, sin traspasar los límites de su capacidad
de carga ambiental.
– Consolidar modelos turísticos sostenibles en destinos urbanos.
– Impulsar el desarrollo de los destinos turísticos ubicados en áreas rurales y/o en
espacios naturales protegidos.
5. Que de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 10 del Real
Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación
económica y el empleo, la Secretaría de Estado de Turismo, las comunidades
autónomas y, en su caso, las entidades locales competentes por razón del territorio

cve: BOE-A-2023-937
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 11