III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-755)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Investigación, por la que se publica el Convenio con la Generalitat de Cataluña y con la Fundación Centre de Regulació Genòmica, en relación con el consorcio para la explotación del Centro Nacional de Análisis Genómico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10

Jueves 12 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 4801

b) Prestar servicios de soporte a la investigación genómica a investigadores y
clínicos de instituciones públicas o privadas, nacionales o internacionales.
c) Poner al servicio de las instituciones sanitarias las capacidades científicas y
tecnológicas del centro para la realización de actividades de diagnóstico genético y dar
soporte a la implantación de la medicina personalizada en España.
d) Impulsar la transferencia de los resultados de la investigación a la sociedad y al
sector productivo.
e) Impulsar aquellas acciones que favorezcan la interacción y la colaboración
estrecha con organismos o instituciones, nacionales e internacionales, públicos o
privados, para la consecución de las finalidades del centro.
f) Difundir a la sociedad los avances científicos en el área de la genómica y afines,
especialmente los resultantes de las actividades científicas del centro.
g) Participar y organizar congresos, seminarios y programas de formación científica
en el área de la genómica.
h) Gestionar los servicios y recursos científicos, técnicos y económicos de soporte
a la investigación, para la realización de proyectos de genómica.
i) En general, cualquier otra finalidad relacionada con la misión del CNAG.
Artículo 4. Duración.
El Consorcio se constituye por tiempo indefinido. El Consorcio sólo podrá disolverse
por las causas previstas en la Ley o en los presentes Estatutos.
Artículo 5. Régimen jurídico y Administración Pública de adscripción.
1. El Consorcio se rige por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, en la normativa autonómica de desarrollo y en
estos Estatutos, y por la normativa básica que resulte de aplicación sin perjuicio de lo
previsto en el artículo 119.2 y 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
2. En aplicación del artículo 120 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el Consorcio
está adscrito a la Administración General del Estado a través del Ministerio competente
en materia de investigación científica.
3. El Consorcio es una entidad de investigación, compartida a partes iguales entre
la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma de Cataluña, de acuerdo con lo
dispuesto en la disposición adicional vigesimoprimera de la Ley 14/2011, de 1 de junio,
de la Ciencia la Tecnología y la Innovación, y tiene carácter de agente de ejecución del
Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 3.4 de la misma Ley.
Artículo 6.

Sede.

El Consorcio tiene su domicilio en la ciudad de Barcelona, provincia de Barcelona:
Centro Nacional de Análisis Genómico (CNAG). C/ Baldiri Reixac, 4. Parque
Científico de Barcelona, torre I. 08028 Barcelona.

Órganos de gobierno y administración
Artículo 7. Estructura administrativa.
Son órganos de gobierno y administración, de seguimiento y de gestión del
Consorcio los siguientes:
a)
b)

El Consejo Rector.
La Comisión Ejecutiva.

cve: BOE-A-2023-755
Verificable en https://www.boe.es

CAPÍTULO II