III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-735)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Generalitat de Cataluña y el Ayuntamiento de Deltebre, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Deltebre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10
Jueves 12 de enero de 2023
Decimonovena.
Sec. III. Pág. 4637
Régimen aplicable.
1. El régimen jurídico aplicable a este convenio es el establecido en el capítulo VI del
título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
siendo de aplicación asimismo las restantes normas de Derecho Administrativo en materia de
interpretación, modificación y resolución de las cuestiones no contempladas en el convenio
que se suscribe, así como lo previsto en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y
de procedimiento de las administraciones públicas de Catalunya.
2. La colaboración del Ayuntamiento del Deltebre en la realización del presente
convenio está sujeta al artículo 191 del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el
cual se aprueba el texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, y
a la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, normativa
que será de aplicación a las partes responsables de la ejecución del mismo.
3. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, ejecución,
modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del convenio,
deberán solventarse de mutuo acuerdo de las partes en el seno de la Comisión de
seguimiento constituida.
4. Si no resultara posible alcanzar dicho acuerdo, las cuestiones litigiosas que
surjan en la interpretación y cumplimiento del presente convenio serán de conocimiento y
competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo
previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Y en prueba de conformidad con el contenido del presente convenio, las partes lo firman
electrónicamente en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes, entendiéndose
que el día de su firma es aquel en el que el mismo sea suscrito por el último de los
firmantes, según figura en la fecha indicada al principio del convenio.–Por el Ministerio de
Industria, Comercio y Turismo, el Subsecretario, Pablo Garde Lobo.–Por la Generalitat de
Catalunya, el Conseller d’Empresa i Treball, Roger Torrent i Ramió.–Por el Ayuntamiento de
Deltebre, el Alcalde-Presidente, Lluís Soler Panisello.
ANEXO
Actuaciones del Plan de Sostenibilidad Turística en Deltebre
Ejes de actuación
Subtotal.
Eje 2. Eficiencia Energética.
Subtotal.
Eje 3. Transición Digital.
Subtotal.
Eje 4. Competitividad.
1.1 Construcción del Paseo del Carrilet Peatonal y de Bicicletas con restauración ambiental del Frente
Urbano-Rural de Deltebre para renaturalización paisajística como imagen turística de sostenibilidad.
1.2 Construcción del HUB de movilidad sostenible Carrilet de la Cava.
1.574.344,34 euros
2.1 Instalaciones de placas solares, espacios de espera, puntos de recarga e intercambiadores del HUB del
Carrilet de la Cava.
45.000,00 euros
3.1 Instalación de una red de alta velocidad inalámbrica en el Paseo del Carrilet de la Cava.
3.2 Instalaciones de botones de alarma, pantallas de incidencias, sistema de megafonía en el HUB de
Movilidad del Carrilet de la Cava.
73.126,00 euros
4.1 Soterramiento del cableado eléctrico del Passeig del Carrilet.
4.2 Instalación de espacios de aprendizaje en el HUB del Carrilet de la Cava.
4.3 Sistema de evaluación de satisfacción de Uso del HUB del Carrilet y del Paseo del Carrilet de la Cava.
Subtotal.
575.821,00 euros
Total.
2.268.291,34 euros
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-735
Verificable en https://www.boe.es
Eje 1. Transición verde y
sostenible
Importe
Núm. 10
Jueves 12 de enero de 2023
Decimonovena.
Sec. III. Pág. 4637
Régimen aplicable.
1. El régimen jurídico aplicable a este convenio es el establecido en el capítulo VI del
título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
siendo de aplicación asimismo las restantes normas de Derecho Administrativo en materia de
interpretación, modificación y resolución de las cuestiones no contempladas en el convenio
que se suscribe, así como lo previsto en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y
de procedimiento de las administraciones públicas de Catalunya.
2. La colaboración del Ayuntamiento del Deltebre en la realización del presente
convenio está sujeta al artículo 191 del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el
cual se aprueba el texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, y
a la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, normativa
que será de aplicación a las partes responsables de la ejecución del mismo.
3. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, ejecución,
modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del convenio,
deberán solventarse de mutuo acuerdo de las partes en el seno de la Comisión de
seguimiento constituida.
4. Si no resultara posible alcanzar dicho acuerdo, las cuestiones litigiosas que
surjan en la interpretación y cumplimiento del presente convenio serán de conocimiento y
competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo
previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Y en prueba de conformidad con el contenido del presente convenio, las partes lo firman
electrónicamente en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes, entendiéndose
que el día de su firma es aquel en el que el mismo sea suscrito por el último de los
firmantes, según figura en la fecha indicada al principio del convenio.–Por el Ministerio de
Industria, Comercio y Turismo, el Subsecretario, Pablo Garde Lobo.–Por la Generalitat de
Catalunya, el Conseller d’Empresa i Treball, Roger Torrent i Ramió.–Por el Ayuntamiento de
Deltebre, el Alcalde-Presidente, Lluís Soler Panisello.
ANEXO
Actuaciones del Plan de Sostenibilidad Turística en Deltebre
Ejes de actuación
Subtotal.
Eje 2. Eficiencia Energética.
Subtotal.
Eje 3. Transición Digital.
Subtotal.
Eje 4. Competitividad.
1.1 Construcción del Paseo del Carrilet Peatonal y de Bicicletas con restauración ambiental del Frente
Urbano-Rural de Deltebre para renaturalización paisajística como imagen turística de sostenibilidad.
1.2 Construcción del HUB de movilidad sostenible Carrilet de la Cava.
1.574.344,34 euros
2.1 Instalaciones de placas solares, espacios de espera, puntos de recarga e intercambiadores del HUB del
Carrilet de la Cava.
45.000,00 euros
3.1 Instalación de una red de alta velocidad inalámbrica en el Paseo del Carrilet de la Cava.
3.2 Instalaciones de botones de alarma, pantallas de incidencias, sistema de megafonía en el HUB de
Movilidad del Carrilet de la Cava.
73.126,00 euros
4.1 Soterramiento del cableado eléctrico del Passeig del Carrilet.
4.2 Instalación de espacios de aprendizaje en el HUB del Carrilet de la Cava.
4.3 Sistema de evaluación de satisfacción de Uso del HUB del Carrilet y del Paseo del Carrilet de la Cava.
Subtotal.
575.821,00 euros
Total.
2.268.291,34 euros
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-735
Verificable en https://www.boe.es
Eje 1. Transición verde y
sostenible
Importe