I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Aguas de consumo humano. (BOE-A-2023-627)
Real Decreto 2/2023, de 10 de enero, por el que se modifican el Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para consumo humano, y el Real Decreto 1799/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula el proceso de elaboración y comercialización de aguas preparadas envasadas para el consumo humano.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 11 de enero de 2023

Sec. I. Pág. 4242

Exactitud (véase la nota 2)
% del valor paramétrico (excepto
para el pH)

Precisión (véase la nota 3)
% del valor paramétrico (excepto
para el pH)

Cloruro.

10

10

10

Cobre.

10

10

10

Concentración de iones
hidrógeno (pH).

0,2

0,2

Conductividad.

10

10

10

Cromo.

10

10

10

Fluoruro.

10

10

10

Hidrocarburos aromáticos
policíclicos (HAP).

25

25

25

Hierro.

10

10

10

Manganeso.

10

10

10

Mercurio.

20

10

20

Níquel.

10

10

10

Nitrato.

10

10

10

Nitrito.

10

10

10

Oxidabilidad.

25

25

10

9

Plaguicidas.

25

25

25

10

Plomo.

10

10

10

Selenio.

10

10

10

Sodio.

10

10

10

Sulfato.

10

10

10

Turbidez.

25

25

25

Parámetro

Límite de detección (véase la nota 4)
% del valor paramétrico (excepto
Notas
para el pH)

7

Notas de los cuadros 1 y 2:
Nota 1: Por incertidumbre de medida se entiende un parámetro no negativo que caracteriza la
dispersión de los valores cuantitativos atribuidos a una medida, basándose en la información utilizada.
El criterio de funcionamiento respecto a la incertidumbre de medida (k = 2) es el porcentaje del valor
paramétrico establecido en el cuadro o cualquier valor más estricto. La incertidumbre de medida se
calculará al nivel del valor paramétrico, salvo que se especifique otra cosa.
Nota 2: Por exactitud se entiende la medida del error sistemático, es decir, la diferencia entre el
valor medio del gran número de mediciones reiteradas y el valor exacto. En la norma ISO 5725 figuran
otras especificaciones.
Nota 3: Por precisión se entiende la medida del error aleatorio y se expresa habitualmente como la
desviación típica (dentro de cada lote y entre lotes) de la dispersión de resultados respecto a la media.
Se considera una precisión aceptable el doble de la desviación típica relativa. Este término se
especifica con mayor detalle en la norma ISO 5725.
Nota 4: El límite de detección es bien:
– El triple de la desviación típica dentro del lote de una muestra natural que contenga una baja
concentración del parámetro, o bien
– el quíntuplo de la desviación típica de una muestra en blanco.
Nota 5: Si no se puede alcanzar el valor de incertidumbre de medición, se debe seleccionar la
mejor técnica disponible (hasta 60 %).
Nota 6: El método determina el cianuro total en todas sus formas.
Nota 7: El valor de la incertidumbre de la medida se expresa en unidades de pH.
Nota 8: Las características de rendimiento se aplican a sustancias individuales, especificadas
al 25 % del valor paramétrico en la parte B del apartado 2 del anexo IV.
Nota 9: Método de referencia es la norma UNE-EN ISO 8467. Calidad del agua. Determinación del
índice de permanganato.

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cve: BOE-A-2023-627
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Núm. 9