V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. (BOE-B-2023-866)
Extracto de la Resolución de 9 de enero de 2023 de ICEX España Exportación E Inversiones, E.P.E. por la que se convoca la segunda convocatoria para la concesión de subvenciones del "Programa Innova Invest" de ICEX España Exportación E Inversiones, E.P.E. en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 9

Miércoles 11 de enero de 2023

Sec. V-B. Pág. 1516

Administración, o estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una
Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e
incompatible con el mercado común.
j)
Aceptar la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas
para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y
de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales (Modelo anexo V).
Segundo. Objeto.
El objeto de esta línea de ayudas incluidas en el programa INNOVA INVEST es
promocionar inversiones en España de empresas extranjeras con un alto
componente innovador, favoreciendo su integración con el tejido productivo e
investigador nacional, y que supongan una contribución a la mejora de la
competitividad y productividad de la economía española.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden ICT/1292/2021, de 15 de noviembre, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones del «Programa Innova Invest» de
ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., y se procede a su convocatoria en
el año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
publicada en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha 25 de noviembre de 2021.
Cuarto. Importe.
1. El presupuesto asignado a la presente convocatoria asciende a
5.160.795,36 euros y se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria
20.50.43ME.742 de los Presupuestos Generales del Estado de 2022. Esta partida
está financiada por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión
europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de
diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la
Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, y
regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 12 de febrero de 2021.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 31/2022, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y en el
artículo 37 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, la financiación
correspondiente a estas ayudas está legalmente afectada a financiar los proyectos
o líneas de acción que se integren dentro del Plan de Recuperación.

3. La subvención máxima por beneficiario será de 800.000 euros y se
determinará como un porcentaje de los conceptos subvencionables de acuerdo
con los siguientes porcentajes de intensidad máximos, en función del tamaño de la
empresa y la tipología del proyecto.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente a la
fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado» y se cerrará a los 2 meses (a las 23:59:59 hora peninsular en España) a

cve: BOE-B-2023-866
Verificable en https://www.boe.es

2. El importe mínimo del conjunto de los conceptos subvencionables incluidos
en cada solicitud deberá ser, al menos, de 500.000 euros.