III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Documentación administrativa. (BOE-A-2023-612)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, conjunta de la Secretaría de Estado de Seguridad y de la Subsecretaría, por la que se aprueban, revisan y actualizan las normas de conservación, y se autoriza la eliminación de series documentales del Departamento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

CCDA
M.º Interior

2/2002/01-09
14/2022-12

Martes 10 de enero de 2023

CSCDA

6/2008
7/2008
111/2022

Serie documental

Protocolos de
asociaciones disueltas y
dadas de baja en el
Registro Nacional de
Asociaciones
([1868] 1965-…).

Unidad Productora

Subsecretaría: Secretaría General
Técnica. Subdirección General de
Asociaciones, Archivos y
Documentación. Área de
Asociaciones.

Sec. III. Pág. 4111

Selección
Norma

Transferencia
Plazo

CP.
– Asociaciones competencia del Registro
Nacional (Grupo 1.º: Secciones 1.ª-4.ª) (1965-…).
– Asociaciones incluidas dentro del ámbito de
aplicación de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de
marzo, referidas en su art. 25, de inscripción
obligatoria en registros especiales (Grupo 3.º)(4).

Al año de su
disolución.

CP.
– Asociaciones de los registros autonómicos:
expedientes de Inscripción anterior al traspaso de
competencia (Secciones 1.ª, 2.ª y 3.ª)
1965-1981/1996 excepto Ceuta y Melilla.

Al año del traspaso
de competencia.

CP.
– Asociaciones de los registros autonómicos.
Hojas registrales y sus actualizaciones posteriores
al traspaso de competencias a las CCAA (Grupo
2.º), (1981-2005), desde 1997 a 2005 en soporte
digital.

Muestra

Norma

Plazo

Archivo

Acceso

Al año de su disolución.


A los 5 años el
soporte digital.

Sí.
SS hasta 2005 (imagen
digital TIF; 1997-2005) y
ET inmediata (desde
2005).

Al año del traspaso de
competencia.

AGMINT

A los 5 años las hojas
registrales en soporte digital
de las asociaciones de
registros autonómicos.
A los 10 años de su ingreso
en el AGMINT.

AGA

A los 15 años de su ingreso
en el AGA.

AHN
PR

ET.
– Asociaciones incluidas dentro del ámbito de
aplicación de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de
marzo, referidas en su art. 25, de inscripción
obligatoria en registros especiales (Grupo 3.º):
– Expedientes remitidos a los organismos
competentes en materia de inscripción de
Asociaciones (Registros Especiales).
– Asociaciones de los registros autonómicos:
– Hojas registrales y sus actualizaciones
posteriores al traspaso de competencias a las
CCAA (1997-2005). ET y conservación en soporte
digital.
– Expedientes remitidos a los organismos
competentes en materia de inscripción de
Asociaciones (Registros Autonómicos).
– Comunicaciones de trámites de preinscripción
por los Registros Territoriales y Autonómicos a
partir de la asunción de competencias (1981-1996
aprox.).

Eliminación
inmediata.

ET.
Informes de Unidades y órganos que emiten
informes sobre inscripción de asociaciones.

Eliminación al año.



No.





No.





cve: BOE-A-2023-612
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 8