III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2023-527)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se publica el Convenio con la Junta de Andalucía, para el desarrollo de las acciones previstas en el proyecto Life Naturaleza y Biodiversidad "Creando una Metapoblación Genética y Demográficamente funcional de Lince Ibérico (Lynx pardinus)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 7

Lunes 9 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 3806

d) La demora o incumplimiento de alguna de las obligaciones esenciales o de las
cláusulas previstas en el mismo. En caso de incumplimiento de las obligaciones y
compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes, cualquiera de las partes
podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un
determinado plazo con las obligaciones y compromisos que se consideran incumplidos.
Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento,
vigilancia y control de la ejecución del convenio. Si transcurriera el plazo indicado en el
requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte
la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio
e) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la
prórroga de este.
f) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
g) La imposibilidad material o jurídica de desarrollar su objeto en los términos pactados.
h) La suspensión definitiva del proyecto acordado de conformidad entre las partes
i) Y supletoriamente, cualquier otra prevista en la legislación vigente.
Vigésimo segunda.

Naturaleza y jurisdicción.

El presente convenio es de naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para conocer
las cuestiones litigiosas que pudieran presentarse. No obstante, lo anterior, las
discrepancias que pudieran plantearse en la interpretación y aplicación de las cláusulas
de este convenio serán resueltas en primera instancia por los representantes de cada
firmante en la Comisión de seguimiento establecida en la cláusula decimonovena del
presente convenio.
Vigésimo tercera.
del proyecto.

Modificaciones del acuerdo, retrasos y aplazamiento en la ejecución

Las modificaciones en el proyecto Life-Naturaleza «Creando una metapoblación
genética y demográficamente funcional de Lince Ibérico (Lynx pardinus)»
(LIFE19NAT/ES/001055), en virtud del acuerdo de subvención, así como, los retrasos en
su ejecución, y el aplazamiento de la fecha de terminación de dicho proyecto se regirán
según lo establecido en el Acuerdo de Subvención.

cve: BOE-A-2023-527
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, firman el presente documento, por duplicado y a un
solo efecto en el lugar y fecha arriba indicados.–El Consejero de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía, Ramón Fernández Pacheco
Monterreal.–El Beneficiario Asociado: La Presidenta del Organismo Autónomo Parques
Nacionales, P. D. (Orden APM/126/2018, de 5 de febrero), el Director del Organismo
Autónomo Parques Nacionales, Javier Pantoja Trigueros.