II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CORTES GENERALES. Personal laboral. (BOE-A-2023-510)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Secretaría General del Senado, por la que se convoca la provisión, en régimen de contratación laboral, turnos libre, discapacidad y promoción interna, de plazas de Técnico/a Superior de Tecnologías de la Información.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 7
Lunes 9 de enero de 2023
7.
7.1
Sec. II.B. Pág. 3641
Los ejercicios se calificarán de acuerdo con las siguientes normas:
Criterios de corrección y de valoración de los ejercicios.
El primer ejercicio se corregirá de forma anónima, adoptando la Comisión de
Selección todas las medidas necesarias para ello. Aquellos ejercicios en los que figuren
nombres, rasgos, marcas o cualquier otro signo que permita conocer su autoría serán
excluidos del proceso selectivo.
El segundo ejercicio será corregido de manera que se garantice el anonimato de
los/las aspirantes. La Comisión de Selección tendrá en cuenta los conocimientos sobre
el temario, la capacidad de análisis, el orden y claridad de ideas y la capacidad de
expresión escrita.
En el tercer ejercicio la Comisión de Selección valorará para su corrección la calidad
técnica de la solución propuesta, el enfoque, la capacidad de análisis, el orden y claridad
de ideas, la capacidad de expresión escrita y oral, y la capacidad para aplicar los
conocimientos a las situaciones prácticas planteadas en el supuesto.
El cuarto ejercicio será corregido de manera que se garantice el anonimato de los/las
aspirantes. Serán criterios de valoración el conocimiento y la precisión lingüística en la
traducción.
7.2
Deliberación y calificación.
El primer ejercicio se corregirá de forma automatizada.
En los ejercicios segundo, tercero y cuarto, tras la necesaria deliberación de los
miembros de la Comisión de Selección, la calificación de cada aspirante se hará
mediante papeletas, una por cada miembro de la Comisión de Selección, que contendrá
su nombre y su firma, así como la puntuación otorgada. La calificación de la Comisión de
Selección será el cociente de dividir la suma de los puntos consignados en las papeletas
por el número de papeletas emitidas.
7.3
Puntuación de los ejercicios.
El primer ejercicio se calificará de 0 a 100 puntos, siendo necesario obtener, como
mínimo, 50 puntos para aprobarlo. Se asignará un punto por solución correcta y se
penalizará con medio punto cada error cometido. No se valorarán las preguntas en
blanco ni las nulas (con más de una respuesta marcada).
El segundo, tercer y cuarto ejercicios se calificarán de 0 a 100 puntos, siendo
necesario obtener, en cada caso, al menos 50 puntos para aprobarlos.
Puntuación final de los ejercicios.
La calificación final de los/las aspirantes vendrá determinada por la suma ponderada
de las puntuaciones obtenidas en el primer ejercicio (20 %), segundo (35 %), tercero
(40 %) y cuarto (5 %). En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor
puntuación obtenida en el tercer ejercicio, y, si esto no fuera suficiente, en el segundo y
primer ejercicio por este orden.
Se considerará que han superado el proceso selectivo las dos personas aspirantes
presentadas mediante turno libre que hayan aprobado los cuatro ejercicios y hayan
obtenido la mayor puntuación total, así como las cuatro personas aspirantes que hayan
aprobado los cuatro ejercicios y hayan obtenido la mayor puntuación total mediante turno
de promoción interna y el/la aspirante que haya aprobado los cuatro ejercicios y haya
obtenido la mayor puntuación total de entre quienes hubiesen optado por el turno de
discapacidad.
Las plazas del turno de promoción interna y del turno de discapacidad que no se
cubran incrementarán las plazas del turno libre.
En el supuesto de que alguno/a de los/las aspirantes que se haya presentado
mediante turno de promoción interna o turno de discapacidad superase todos los
ejercicios del proceso selectivo, pero no obtuviese plaza en ese turno, y su calificación
cve: BOE-A-2023-510
Verificable en https://www.boe.es
7.4
Núm. 7
Lunes 9 de enero de 2023
7.
7.1
Sec. II.B. Pág. 3641
Los ejercicios se calificarán de acuerdo con las siguientes normas:
Criterios de corrección y de valoración de los ejercicios.
El primer ejercicio se corregirá de forma anónima, adoptando la Comisión de
Selección todas las medidas necesarias para ello. Aquellos ejercicios en los que figuren
nombres, rasgos, marcas o cualquier otro signo que permita conocer su autoría serán
excluidos del proceso selectivo.
El segundo ejercicio será corregido de manera que se garantice el anonimato de
los/las aspirantes. La Comisión de Selección tendrá en cuenta los conocimientos sobre
el temario, la capacidad de análisis, el orden y claridad de ideas y la capacidad de
expresión escrita.
En el tercer ejercicio la Comisión de Selección valorará para su corrección la calidad
técnica de la solución propuesta, el enfoque, la capacidad de análisis, el orden y claridad
de ideas, la capacidad de expresión escrita y oral, y la capacidad para aplicar los
conocimientos a las situaciones prácticas planteadas en el supuesto.
El cuarto ejercicio será corregido de manera que se garantice el anonimato de los/las
aspirantes. Serán criterios de valoración el conocimiento y la precisión lingüística en la
traducción.
7.2
Deliberación y calificación.
El primer ejercicio se corregirá de forma automatizada.
En los ejercicios segundo, tercero y cuarto, tras la necesaria deliberación de los
miembros de la Comisión de Selección, la calificación de cada aspirante se hará
mediante papeletas, una por cada miembro de la Comisión de Selección, que contendrá
su nombre y su firma, así como la puntuación otorgada. La calificación de la Comisión de
Selección será el cociente de dividir la suma de los puntos consignados en las papeletas
por el número de papeletas emitidas.
7.3
Puntuación de los ejercicios.
El primer ejercicio se calificará de 0 a 100 puntos, siendo necesario obtener, como
mínimo, 50 puntos para aprobarlo. Se asignará un punto por solución correcta y se
penalizará con medio punto cada error cometido. No se valorarán las preguntas en
blanco ni las nulas (con más de una respuesta marcada).
El segundo, tercer y cuarto ejercicios se calificarán de 0 a 100 puntos, siendo
necesario obtener, en cada caso, al menos 50 puntos para aprobarlos.
Puntuación final de los ejercicios.
La calificación final de los/las aspirantes vendrá determinada por la suma ponderada
de las puntuaciones obtenidas en el primer ejercicio (20 %), segundo (35 %), tercero
(40 %) y cuarto (5 %). En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor
puntuación obtenida en el tercer ejercicio, y, si esto no fuera suficiente, en el segundo y
primer ejercicio por este orden.
Se considerará que han superado el proceso selectivo las dos personas aspirantes
presentadas mediante turno libre que hayan aprobado los cuatro ejercicios y hayan
obtenido la mayor puntuación total, así como las cuatro personas aspirantes que hayan
aprobado los cuatro ejercicios y hayan obtenido la mayor puntuación total mediante turno
de promoción interna y el/la aspirante que haya aprobado los cuatro ejercicios y haya
obtenido la mayor puntuación total de entre quienes hubiesen optado por el turno de
discapacidad.
Las plazas del turno de promoción interna y del turno de discapacidad que no se
cubran incrementarán las plazas del turno libre.
En el supuesto de que alguno/a de los/las aspirantes que se haya presentado
mediante turno de promoción interna o turno de discapacidad superase todos los
ejercicios del proceso selectivo, pero no obtuviese plaza en ese turno, y su calificación
cve: BOE-A-2023-510
Verificable en https://www.boe.es
7.4