III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-484)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A. y el Servicio Público de Empleo de Cataluña, para el desarrollo de un proyecto piloto dirigido a la recualificación profesional de los trabajadores, del proyecto "Financiación de formación (microcréditos) P4" mediante actuaciones de la inversión, C23.I3 "Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva", del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6

Sábado 7 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 3481

ANEXO
Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal O.A. y el Servicio Público
de Empleo de Cataluña, para el desarrollo de un proyecto piloto dirigido a la
recualificación profesional de los trabajadores, en concreto del proyecto
«Financiación de formación (microcréditos) P4», mediante actuaciones de la
inversión, C23.I3 «Adquisición de nuevas competencias para la transformación
digital, verde y productiva» de acuerdo con lo establecido en el Real
Decreto 978/2022, de 22 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de
subvenciones, para el ejercicio presupuestario 2022, destinadas a la financiación
del desarrollo de actuaciones de la inversión «Adquisición de nuevas
competencias para la transformación digital, verde y productiva», en concreto
del proyecto «Financiación de formación (microcréditos)», en el marco del plan
de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión EuropeaNext Generation EU, desarrollados por la Comunidad de Cataluña)
Barcelona, 27 de diciembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, don Gerardo Gutiérrez Ardoy, Director General del Servicio Público de
Empleo Estatal O.A., nombrado por Real Decreto 846/2018, de 6 de julio, (BOE de 7 de
julio), en nombre y representación del Servicio Público de Empleo Estatal O.A., en virtud
de la facultad que le atribuyen los artículos 1, 2 y 6 del Real Decreto 1383/2008, de 1 de
agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica y de participación institucional del
Servicio Público de Empleo Estatal y el artículo 10.1 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Y de otra parte, en representación de la Comunidad Autónoma de Cataluña, a través
del Servicio Público de Empleo de Cataluña, el Sr. Juan José Torres López, Director del
Servicio Público de Empleo de Cataluña, nombrado mediante Decreto 363/2021, de 28
de septiembre (DOGC número 8513, de 30 de septiembre de 2021), en uso de las
facultades que le son conferidas de acuerdo con el artículo 27 de la Ley 13/2015, de 9 de
julio, de ordenación del sistema de empleo y del Servicio Público de Empleo de
Cataluña.
Ambas partes intervienen en virtud de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las
facultades y atribuciones que por ellos tienen concedidas, reconociéndose mutuamente
capacidad y legitimación para obligarse y convenir, y a tal efecto,
EXPONEN

Que el Estado, de acuerdo con el artículo 149.1.13.ª de la Constitución, tiene
atribuida la competencia sobre las bases y coordinación de la planificación general de la
actividad económica.
Que, asimismo, corresponde al Ministerio de Trabajo y Economía Social la propuesta
y ejecución de la política del Gobierno en materia de trabajo, empleo, relaciones
laborales y formación profesional para el empleo no vinculada a Certificados de
Profesionalidad, y, por tanto, impulsar la inserción laboral y la formación, el
emprendimiento y el autoempleo de las personas desempleadas.
Que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el Organismo Autónomo de la
Administración General del Estado al que se le encomienda la ordenación, desarrollo y
seguimiento de los programas y medidas de la política de empleo, todo ello de acuerdo
con lo establecido en el artículo 15 del texto refundido de la Ley de Empleo aprobado por
Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.

cve: BOE-A-2023-484
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Primero.