III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-487)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Melón, sobre la financiación, ejecución y entrega de la mejora del saneamiento y depuración en varios núcleos en el T.M. de Melón (Ourense).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6
Sábado 7 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 3514
favor del Ayuntamiento de Melón, de las actuaciones que el organismo de cuenca se
compromete a construir en terrenos que la entidad local pondrá a su disposición.
La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A. realizará la operación patrimonial de
transmisión del pleno dominio de la obra, mediante una cesión gratuita de las previstas
en el artículo 147 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas (LPAP), previo informe favorable de la Dirección General del
Patrimonio del Estado.
Dado que la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A es un organismo público
cuyos bienes no están exceptuados de incorporación (Incorporación al patrimonio de la
Administración General del Estado de bienes de los organismos públicos) conforme a lo
previsto en el artículo 80.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas (LPAP), se requiere, de acuerdo con el artículo 188.3 LPAP, la
comunicación previa de la celebración de este convenio al Director General del
Patrimonio del Estado.
Séptimo.
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 b) de la Ley de Aguas, cuyo texto
refundido se aprobó por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, los
organismos de cuenca pueden suscribir convenios para el cumplimiento de las funciones
que tienen atribuidas por la legislación vigente.
Octavo.
Que a la vista de lo anterior, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el
Ayuntamiento de Melón estiman necesario establecer una fórmula coordinada para la
cofinanciación de la actuación al amparo del artículo 116.5 de la Ley 9/2017, de
Contratos del Sector Público, así como para la ejecución y posterior entrega para su
explotación, mantenimiento y conservación.
Basándose en lo hasta aquí expuesto, las partes acuerdan otorgar el presente
convenio de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto determinar las condiciones para la colaboración
entre las partes otorgantes para la financiación y ejecución de los trabajos de adecuación
y mejora de cuatro fosas sépticas en el Ayuntamiento de Melón (Ourense), situadas en
los núcleos de Melón, Quins y Barcia, así como de construcción de una nueva fosa en el
núcleo de Quins.
Asimismo, se establece el régimen de la posterior entrega de las infraestructuras
para el mantenimiento y conservación de los mismos.
Duración, modificación y extinción del convenio.
1. El presente convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
Adicionalmente será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
Tendrá una duración de cuatro años. Si a la fecha de la extinción no han finalizado
las actuaciones objeto del mismo ni se ha procedido a la recepción de las obras,
liquidación del contrato, finalización del plazo de garantía, y entrega de las obras
conforme a lo establecido en la cláusula sexta los firmantes del convenio podrán acordar
unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales.
cve: BOE-A-2023-487
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 6
Sábado 7 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 3514
favor del Ayuntamiento de Melón, de las actuaciones que el organismo de cuenca se
compromete a construir en terrenos que la entidad local pondrá a su disposición.
La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A. realizará la operación patrimonial de
transmisión del pleno dominio de la obra, mediante una cesión gratuita de las previstas
en el artículo 147 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas (LPAP), previo informe favorable de la Dirección General del
Patrimonio del Estado.
Dado que la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A es un organismo público
cuyos bienes no están exceptuados de incorporación (Incorporación al patrimonio de la
Administración General del Estado de bienes de los organismos públicos) conforme a lo
previsto en el artículo 80.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas (LPAP), se requiere, de acuerdo con el artículo 188.3 LPAP, la
comunicación previa de la celebración de este convenio al Director General del
Patrimonio del Estado.
Séptimo.
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 b) de la Ley de Aguas, cuyo texto
refundido se aprobó por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, los
organismos de cuenca pueden suscribir convenios para el cumplimiento de las funciones
que tienen atribuidas por la legislación vigente.
Octavo.
Que a la vista de lo anterior, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el
Ayuntamiento de Melón estiman necesario establecer una fórmula coordinada para la
cofinanciación de la actuación al amparo del artículo 116.5 de la Ley 9/2017, de
Contratos del Sector Público, así como para la ejecución y posterior entrega para su
explotación, mantenimiento y conservación.
Basándose en lo hasta aquí expuesto, las partes acuerdan otorgar el presente
convenio de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto determinar las condiciones para la colaboración
entre las partes otorgantes para la financiación y ejecución de los trabajos de adecuación
y mejora de cuatro fosas sépticas en el Ayuntamiento de Melón (Ourense), situadas en
los núcleos de Melón, Quins y Barcia, así como de construcción de una nueva fosa en el
núcleo de Quins.
Asimismo, se establece el régimen de la posterior entrega de las infraestructuras
para el mantenimiento y conservación de los mismos.
Duración, modificación y extinción del convenio.
1. El presente convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
Adicionalmente será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
Tendrá una duración de cuatro años. Si a la fecha de la extinción no han finalizado
las actuaciones objeto del mismo ni se ha procedido a la recepción de las obras,
liquidación del contrato, finalización del plazo de garantía, y entrega de las obras
conforme a lo establecido en la cláusula sexta los firmantes del convenio podrán acordar
unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales.
cve: BOE-A-2023-487
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.