III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2023-488)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio con el Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo, para el desarrollo de acciones conjuntas dirigidas a la prevención y control del tabaquismo en España.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6
Sábado 7 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 3525
incumplidos. Si transcurrido dicho plazo persistiera el incumplimiento, la parte que lo
detectó notificará a la incumplidora la concurrencia de la causa de resolución y se
entenderá resuelto el convenio con eficacia del mismo día de la recepción de la
notificación. Dicha terminación no perjudicará cualquier otro derecho o reclamación que
la parte afectada pueda ostentar o tener con respecto de la parte infractora.
d) Por decisión judicial declaratoria de nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa prevista en la legislación vigente.
Los efectos de la resolución del convenio marco se regirán por lo previsto en el
artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
en lo que resulte de aplicación al presente convenio.
Novena.
Difusión de actividades.
Para la difusión de las actividades de este convenio en soportes que no sean de uso
web, se utilizará el logotipo del Ministerio de Sanidad según lo dispuesto en el «Manual
de imagen Institucional de la Administración General del Estado», aprobado por Orden
de 27 de septiembre de 1999 en desarrollo del Real Decreto 1465/1999 y por la
Resolución de 2 de abril de 2007, de la Secretaría General para la Administración
Pública, por la que se modifica el Manual de Imagen Institucional de la Administración
General del Estado y la Guía para la edición y publicación de páginas web en la
Administración General del Estado aprobada por Resolución de 9 de marzo de 2005 de
la Secretaría General para la Administración Pública. También se utilizará el logotipo del
CNPT, previa autorización del Ministerio de Sanidad.
Décima.
Modificación del convenio y acuerdos sucesivos.
El presente convenio podrá ser modificado por acuerdo unánime de las partes, para
ello se comunicará a las partes para su estudio y aprobación. De acordarse por
unanimidad la modificación, se suscribirá la correspondiente adenda, a fin de incorporar
las propuestas de mejora que se hayan considerado pertinentes para el logro de los
objetivos previstos, la cual formará parte integrante del convenio.
Régimen de protección de datos.
Las partes firmantes se comprometen a realizar el tratamiento de los datos
personales que requiera su ejecución conforme a lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 679/2016, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de los datos personales, y la legislación nacional
en la materia.
En cumplimiento de la mencionada normativa, las partes se comprometen a satisfacer
los deberes relativos a la información a los interesados, la obtención del consentimiento
cuando sea exigible, el ejercicio de sus derechos y demás requerimientos organizativos y
de seguridad establecidos.
Cada parte será responsable del tratamiento de los datos de carácter personal que
lleve a cabo y del cumplimiento de lo preceptuado en la normativa de protección de
datos. Lo anterior, lo será sin perjuicio de la exoneración de responsabilidad de aquella
parte que sea considerada encargada del tratamiento y cumpla las obligaciones legales
e instrucciones del responsable del tratamiento.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, ambas
partes firman el presente Acuerdo, en duplicado ejemplar, en el lugar y la fecha arriba
indicados.–La Directora General de Salud Pública, Pilar Aparicio Azcárraga.–El Presidente
del Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo, Andrés Zamorano Tapia.
cve: BOE-A-2023-488
Verificable en https://www.boe.es
Undécima.
Núm. 6
Sábado 7 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 3525
incumplidos. Si transcurrido dicho plazo persistiera el incumplimiento, la parte que lo
detectó notificará a la incumplidora la concurrencia de la causa de resolución y se
entenderá resuelto el convenio con eficacia del mismo día de la recepción de la
notificación. Dicha terminación no perjudicará cualquier otro derecho o reclamación que
la parte afectada pueda ostentar o tener con respecto de la parte infractora.
d) Por decisión judicial declaratoria de nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa prevista en la legislación vigente.
Los efectos de la resolución del convenio marco se regirán por lo previsto en el
artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
en lo que resulte de aplicación al presente convenio.
Novena.
Difusión de actividades.
Para la difusión de las actividades de este convenio en soportes que no sean de uso
web, se utilizará el logotipo del Ministerio de Sanidad según lo dispuesto en el «Manual
de imagen Institucional de la Administración General del Estado», aprobado por Orden
de 27 de septiembre de 1999 en desarrollo del Real Decreto 1465/1999 y por la
Resolución de 2 de abril de 2007, de la Secretaría General para la Administración
Pública, por la que se modifica el Manual de Imagen Institucional de la Administración
General del Estado y la Guía para la edición y publicación de páginas web en la
Administración General del Estado aprobada por Resolución de 9 de marzo de 2005 de
la Secretaría General para la Administración Pública. También se utilizará el logotipo del
CNPT, previa autorización del Ministerio de Sanidad.
Décima.
Modificación del convenio y acuerdos sucesivos.
El presente convenio podrá ser modificado por acuerdo unánime de las partes, para
ello se comunicará a las partes para su estudio y aprobación. De acordarse por
unanimidad la modificación, se suscribirá la correspondiente adenda, a fin de incorporar
las propuestas de mejora que se hayan considerado pertinentes para el logro de los
objetivos previstos, la cual formará parte integrante del convenio.
Régimen de protección de datos.
Las partes firmantes se comprometen a realizar el tratamiento de los datos
personales que requiera su ejecución conforme a lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 679/2016, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de los datos personales, y la legislación nacional
en la materia.
En cumplimiento de la mencionada normativa, las partes se comprometen a satisfacer
los deberes relativos a la información a los interesados, la obtención del consentimiento
cuando sea exigible, el ejercicio de sus derechos y demás requerimientos organizativos y
de seguridad establecidos.
Cada parte será responsable del tratamiento de los datos de carácter personal que
lleve a cabo y del cumplimiento de lo preceptuado en la normativa de protección de
datos. Lo anterior, lo será sin perjuicio de la exoneración de responsabilidad de aquella
parte que sea considerada encargada del tratamiento y cumpla las obligaciones legales
e instrucciones del responsable del tratamiento.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, ambas
partes firman el presente Acuerdo, en duplicado ejemplar, en el lugar y la fecha arriba
indicados.–La Directora General de Salud Pública, Pilar Aparicio Azcárraga.–El Presidente
del Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo, Andrés Zamorano Tapia.
cve: BOE-A-2023-488
Verificable en https://www.boe.es
Undécima.