I. Disposiciones generales. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Consumidores y usuarios. (BOE-A-2023-470)
Ley Foral 34/2022, de 12 de diciembre, reguladora del Estatuto de las personas consumidoras y usuarias.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6
Sábado 7 de enero de 2023
Disposición final segunda.
Sec. I. Pág. 3350
Actualización de las cuantías de las sanciones.
Corresponderá al Gobierno Foral la revisión y actualización de las cuantías previstas
para las sanciones pecuniarias, para lo que se tendrá en cuenta la variación de los
índices de precios para el consumo.
Disposición final tercera.
Entrada en vigor.
La presente ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial de Navarra».
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de
Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de
S.M. el Rey, esta ley foral, ordeno su inmediata publicación en el «Boletín Oficial de
Navarra» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando a los ciudadanos y a las
autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 12 de diciembre de 2022.–La Presidenta de la Comunidad Foral de
Navarra, María Chivite Navascués.
cve: BOE-A-2023-470
Verificable en https://www.boe.es
(Publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» número 257, de 22 de diciembre de 2022)
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 6
Sábado 7 de enero de 2023
Disposición final segunda.
Sec. I. Pág. 3350
Actualización de las cuantías de las sanciones.
Corresponderá al Gobierno Foral la revisión y actualización de las cuantías previstas
para las sanciones pecuniarias, para lo que se tendrá en cuenta la variación de los
índices de precios para el consumo.
Disposición final tercera.
Entrada en vigor.
La presente ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial de Navarra».
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de
Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de
S.M. el Rey, esta ley foral, ordeno su inmediata publicación en el «Boletín Oficial de
Navarra» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando a los ciudadanos y a las
autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 12 de diciembre de 2022.–La Presidenta de la Comunidad Foral de
Navarra, María Chivite Navascués.
cve: BOE-A-2023-470
Verificable en https://www.boe.es
(Publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» número 257, de 22 de diciembre de 2022)
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X