III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-448)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la utilización conjunta de signos distintivos en actividades de internacionalización empresarial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5

Viernes 6 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 2938

Notario Gonzalo Fernández Pugnaire, bajo el n.º 943 de su protocolo e inscrita en el
Registro Mercantil de Badajoz, al tomo 534, folio 210 V.º, hoja BA-7782, inscripción 44.ª.
ICEX y Extremadura Avante serán denominados conjuntamente como las «Partes» e
individualmente cada una de ellas como la «Parte».
Ambas Partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria y
competencia suficiente para otorgar el presente documento y, a tal efecto,
EXPONEN
I. Que, en el marco de la política económica del Gobierno, ICEX tiene entre sus
fines la promoción de la internacionalización de la economía y de la empresa española y
la mejora de su competitividad, tal y como recoge el artículo 3.1 del Real
Decreto 1636/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de ICEX (en
adelante, el Estatuto). Asimismo, el apartado 4 del mismo artículo establece que «En las
actuaciones que desarrolle, ICEX prestará particular atención a la colaboración con otros
organismos públicos y privados y entidades que compartan con ICEX la finalidad de
apoyar la internacionalización de la economía española y la promoción de las
inversiones extranjeras en España». En, particular, entre las funciones de ICEX
enumeradas en el artículo 4, apartado 1, del Estatuto se prevé: «l) Establecer líneas de
colaboración con todas las instituciones que en el ámbito estatal, autonómico y local se
dedican a la promoción y atracción de inversiones».
II. Que, Extremadura Avante tiene como objetivo común con ICEX, entre otros,
fomentar la competitividad de las empresas de la región a través del apoyo a su
internacionalización y que es titular de un signo distintivo propio que es Extremadura Avante.
III. Que, ICEX es titular de los signos distintivos –marcas– descritos en el anexo
n.º 1 del presente Convenio, y tiene todos los derechos para otorgar licencias de
utilización de dichas marcas, así como para autorizar la incorporación de las mismas a
las actividades que se realicen con fines de promoción en el exterior por parte de
Extremadura Avante.
IV. Que, ambas Partes están interesadas en establecer una relación de
colaboración mutua que consista en la utilización conjunta de sus respectivos signos
distintivos en determinadas actividades de fomento de la internacionalización
empresarial, que se materialice a través de la cesión por parte de ICEX a Extremadura
Avante de un derecho de uso de las marcas identificadas y descritas en el anexo n.º 1
del presente documento, de forma que en sus actividades de promoción en el exterior
pueda presentarse bajo una imagen común.
V. Que, ambas Partes consideran de especial relevancia para el cumplimiento de
sus fines y objetivos como entidades de carácter público actuar en determinados casos
bajo una imagen común, que permita potenciar el impacto y visibilidad de sus actividades
de promoción en el exterior y, en última instancia, la imagen de las empresas españolas
en el exterior.
VI. Por todo ello, ambas Partes acuerdan suscribir el presente convenio para la
utilización conjunta de signos distintivos en actividades de internacionalización
empresarial (en adelante, el Convenio), que se regirá por las siguientes

Primera.

Objeto.

El objeto del presente Convenio es potenciar el impacto, imagen y visibilidad de las
actividades de fomento de la internacionalización empresarial realizadas por cada una de
las Partes que lo suscriben, y, en última instancia, de las empresas españolas, mediante
la utilización en estas actividades de una imagen común a través de la combinación de
sus respectivos signos distintivos.

cve: BOE-A-2023-448
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