III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-438)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los principales ingresos percibidos y gestionados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 6 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 2484

contrato de gestión ha de establecer, para el periodo de su vigencia, entre otros, los objetivos a
perseguir, los resultados a obtener y, en general, la gestión a desarrollar, así como los indicadores
para evaluar los resultados obtenidos.
Como ya se ha indicado, la Agencia no ha tenido nunca un contrato de gestión. En su defecto, la
Agencia ha contado con planes anuales de trabajo que, para el ejercicio fiscalizado, se concreta
en el Plan anual de trabajo para 2018, enmarcado dentro de los objetivos generales recogidos en
el Plan estratégico 2009-2012, prorrogado por acuerdo de su Consejo Rector.
El Plan anual de trabajo para 2018 contempla siete actuaciones orientadas al cumplimiento de las
prioridades estratégicas de la AEMPS y sus objetivos tácticos, entre las que incluye el objetivo
“Mejorar la gestión económica y organizativa dentro del modelo de Agencia Estatal”, en el que la
Agencia se plantea la mejora de la gestión de la carga de trabajo y la simplificación de procesos
de la organización. Asimismo, la Agencia prevé el reconocimiento mensual de los ingresos por
tasas e ingresos de la EMA y la monitorización de los costes de la Agencia, a través del
mantenimiento y explotación de la información relativa a los costes de la AEMPS (por naturaleza,
por unidad organizativa y por actividad), así como la necesidad de ser competitivos frente a otras
organizaciones con actividades similares.
En relación con el cumplimiento de estas actuaciones hay que indicar lo siguiente:
1º) Según indica la Agencia en su memoria anual de actividades del ejercicio 2018, el 95 % de los
procedimientos de la AEMPS pueden tramitarse de forma electrónica; no obstante, según se
reconoce en el citado documento, se sigue trabajando en la mejora continua de las
aplicaciones de gestión. En las pruebas efectuadas para analizar los procedimientos de gestión
de los diferentes departamentos, se ha puesto de manifiesto la existencia de procedimientos
pendientes de informatizar, así como un elevado número de procedimientos de gestión
independientes y no interrelacionados, que condicionan su productividad y eficacia.
2º) En relación con el objetivo de reconocimiento mensual de los ingresos por tasas e ingresos de
la EMA, en el ejercicio 2018 no se había conseguido, siendo el reconocimiento de ingresos solo
anual, al cierre del ejercicio.
Además, a pesar de que la AEMPS tiene implantado el sistema CANOA para valorar el coste de
las actividades desarrolladas por las distintas unidades y proporcionar un conjunto de
informaciones dirigidas a facilitar la adopción de decisiones sobre la producción de bienes y
servicios y la fijación de tasas, únicamente actualiza la información del sistema una vez al año con
ocasión de la formulación de las cuentas anuales. El procedimiento consiste en introducir los
datos de costes e ingresos de dicho ejercicio para realizar los procesos de asignación, reparto y
agregación de los diferentes tipos de costes e ingresos. En resumen, la AEMPS no ha utilizado la
información que proporciona el sistema CANOA para obtener información referida a distintos
períodos dentro del ejercicio, con el fin de que los distintos niveles de responsabilidad puedan
realizar un seguimiento de la evolución de los costes e ingresos; ni para la revisión y actualización
de sus tasas.
3º) La AEMPS no ha proporcionado ningún estudio comparativo con las agencias europeas que
permita valorar la posición de la Agencia en el entorno europeo, lo que hace difícil la
consecución del objetivo de “ser competitivos frente a otras organizaciones con actividades
similares”, al carecer de referencias con las que compararse.
II.3.2. Análisis del coste de las actividades
Como se ha anticipado, la AEMPS tiene implantado desde el año 2015 el Sistema de Contabilidad
Analítica Normalizada para las Organizaciones Administrativas (CANOA) con el fin de valorar el
coste de las actividades desarrolladas por las distintas unidades y proporcionar un conjunto de

cve: BOE-A-2023-438
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