III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-438)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los principales ingresos percibidos y gestionados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, ejercicio 2018.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5
Viernes 6 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2483
La AEMPS solo registró en el ejercicio 2018 y anteriores, las resoluciones de acuerdos de
devolución de ingresos por tasas pagadas. Se registran en el haber de la cuenta 418 “Acreedores
por devolución de ingresos” (139.633,78 euros), con cargo a la cuenta 740 “Tasas por prestación
de servicios o realización de actividades” por el principal de la devolución (137.808,44 euros) y a
la cuenta 669 “Otros gastos financieros” por los intereses de demora (1.825,34 euros)37.
La aplicación al presupuesto se realiza conforme a los movimientos previstos en las cuentas 433.9
“Derechos anulados presupuesto corriente, por devolución de ingresos” y 437 “Devolución de
ingresos”, por el importe de las devoluciones de ingresos pagadas en el ejercicio (139.633,78
euros), conforme establece el PGCP.
II.2.4.2.d) Cuenta 485 ”Ingresos anticipados”
Esta cuenta se comienza a utilizar en 2018 para diferenciar los ingresos anticipados por tasas de
los de la EMA.
En 2018 solo tiene un movimiento, al haber, al final del ejercicio, por el importe de los cobros de la
EMA pendientes de imputar a la cuenta del resultado económico patrimonial (786.561,78),
obtenido al periodificar estos ingresos conforme a la norma 15.4 del PGCP.
II.2.4.2.e) Cuenta 585 “Provisión a corto plazo para devolución de ingresos”
Esta cuenta debe recoger las devoluciones de impuestos y de otros ingresos que la entidad
espera realizar en un plazo no superior a un año, respecto de las que existe incertidumbre sobre
su importe exacto o sobre su vencimiento.
La cuenta presentaba un saldo, a 31 de diciembre de 2018, por importe de 209.761,56 euros, que
estaba compuesto por los expedientes de devolución de ingresos recurridos ante el Tribunal
Económico Administrativo Central (92.374,99 euros) y ante la Audiencia Nacional (28.408,77
euros); por expedientes pendientes de resolución (23.292,73 euros); y por expedientes de
devolución con resolución aprobada (65.685,07 euros). Este último importe no debería estar
registrado en esta cuenta sino en la 418 “Acreedores por devolución de ingresos”.
II.2.5. Opinión
II.3. ANÁLISIS DE LA GESTIÓN DE LA TASA Y DE LOS INGRESOS POR SERVICIOS
PRESTADOS A LA EMA
II.3.1. Contrato de gestión y planes anuales de actuación
La actuación de las Agencias estatales, según el art. 13 de la LAE, debe producirse, con arreglo al
plan de acción anual, bajo la vigencia y con arreglo al pertinente contrato plurianual de gestión. El
37
Los movimientos de la cuenta 418 totalizan 144.329,52 euros debido a que también se registra en esta cuenta
operaciones no relacionados con la tasa (conceptos 399.90 y 410).
cve: BOE-A-2023-438
Verificable en https://www.boe.es
Como resultado de las pruebas efectuadas cabe señalar que los importes de las aplicaciones
presupuestarias del estado de liquidación del presupuesto, los importes de las subcuentas de la
cuenta del resultado económico patrimonial y los saldos de las cuentas del balance, contenidos en
las cuentas anuales de la Agencia de 2018 representan la imagen fiel de los derechos
reconocidos y de los ingresos producidos en el ejercicio y la situación financiera a 31 de
diciembre, referidas a las operaciones relativas a la gestión de la tasa y por los servicios prestados
a la EMA, de acuerdo con las normas que le son de aplicación y, en particular, con los criterios
establecidos por la Agencia, con algunas salvedades, como se pone de manifiesto a lo largo de
este Informe.
Núm. 5
Viernes 6 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2483
La AEMPS solo registró en el ejercicio 2018 y anteriores, las resoluciones de acuerdos de
devolución de ingresos por tasas pagadas. Se registran en el haber de la cuenta 418 “Acreedores
por devolución de ingresos” (139.633,78 euros), con cargo a la cuenta 740 “Tasas por prestación
de servicios o realización de actividades” por el principal de la devolución (137.808,44 euros) y a
la cuenta 669 “Otros gastos financieros” por los intereses de demora (1.825,34 euros)37.
La aplicación al presupuesto se realiza conforme a los movimientos previstos en las cuentas 433.9
“Derechos anulados presupuesto corriente, por devolución de ingresos” y 437 “Devolución de
ingresos”, por el importe de las devoluciones de ingresos pagadas en el ejercicio (139.633,78
euros), conforme establece el PGCP.
II.2.4.2.d) Cuenta 485 ”Ingresos anticipados”
Esta cuenta se comienza a utilizar en 2018 para diferenciar los ingresos anticipados por tasas de
los de la EMA.
En 2018 solo tiene un movimiento, al haber, al final del ejercicio, por el importe de los cobros de la
EMA pendientes de imputar a la cuenta del resultado económico patrimonial (786.561,78),
obtenido al periodificar estos ingresos conforme a la norma 15.4 del PGCP.
II.2.4.2.e) Cuenta 585 “Provisión a corto plazo para devolución de ingresos”
Esta cuenta debe recoger las devoluciones de impuestos y de otros ingresos que la entidad
espera realizar en un plazo no superior a un año, respecto de las que existe incertidumbre sobre
su importe exacto o sobre su vencimiento.
La cuenta presentaba un saldo, a 31 de diciembre de 2018, por importe de 209.761,56 euros, que
estaba compuesto por los expedientes de devolución de ingresos recurridos ante el Tribunal
Económico Administrativo Central (92.374,99 euros) y ante la Audiencia Nacional (28.408,77
euros); por expedientes pendientes de resolución (23.292,73 euros); y por expedientes de
devolución con resolución aprobada (65.685,07 euros). Este último importe no debería estar
registrado en esta cuenta sino en la 418 “Acreedores por devolución de ingresos”.
II.2.5. Opinión
II.3. ANÁLISIS DE LA GESTIÓN DE LA TASA Y DE LOS INGRESOS POR SERVICIOS
PRESTADOS A LA EMA
II.3.1. Contrato de gestión y planes anuales de actuación
La actuación de las Agencias estatales, según el art. 13 de la LAE, debe producirse, con arreglo al
plan de acción anual, bajo la vigencia y con arreglo al pertinente contrato plurianual de gestión. El
37
Los movimientos de la cuenta 418 totalizan 144.329,52 euros debido a que también se registra en esta cuenta
operaciones no relacionados con la tasa (conceptos 399.90 y 410).
cve: BOE-A-2023-438
Verificable en https://www.boe.es
Como resultado de las pruebas efectuadas cabe señalar que los importes de las aplicaciones
presupuestarias del estado de liquidación del presupuesto, los importes de las subcuentas de la
cuenta del resultado económico patrimonial y los saldos de las cuentas del balance, contenidos en
las cuentas anuales de la Agencia de 2018 representan la imagen fiel de los derechos
reconocidos y de los ingresos producidos en el ejercicio y la situación financiera a 31 de
diciembre, referidas a las operaciones relativas a la gestión de la tasa y por los servicios prestados
a la EMA, de acuerdo con las normas que le son de aplicación y, en particular, con los criterios
establecidos por la Agencia, con algunas salvedades, como se pone de manifiesto a lo largo de
este Informe.