III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-439)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre las ayudas a la reactivación de las comarcas mineras con especial referencia a la gestión de la construcción de la residencia de mayores 'La Minería', ejercicios 2006 a 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 6 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2572
El cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del precitado art. 3, estipulaba que la
distribución real acumulada al final de cada año sería certificada por el IRMC ante las comisiones
de cooperación; no se convocaron sesiones de las comisiones de cooperación en los años 2006,
2007 y 2012 por lo no se certificó la información dichos años. Esta certificación, contenida en las
actas de la comisión de cooperación de las distintas comunidades autónomas, se fundamentaba
en información sobre la distribución territorial de las ayudas, partiendo de los siguientes
parámetros: número de parados, pérdida de empleo y prejubilados.
En el desarrollo de los trabajos de fiscalización se solicitó al IRMC justificación de dichas
certificaciones y los cálculos internos realizados para la distribución territorial de las ayudas. Una
vez analizada la documentación aportada, se ha verificado que los importes que han servido de
base para calcular dichos parámetros, que son el soporte para decidir la distribución de los
fondos, no han podido ser contrastados con la fórmula de cálculo recogida en el Real Decreto
1112/2007, ni con la fuente de la información, al no conservar el IRMC los datos de los que ha
partido.
A este respecto, la Intervención Delegada de la IGAE en el IRMC, en el informe de control
financiero emitido en diciembre de 2012, puso de manifiesto que no era posible reconstruir el
cálculo efectuado por el IRMC, quedando, a su criterio, sobredimensionado el importe asignado a
una comunidad autónoma (Principado de Asturias). El informe también resaltó la utilización de
estadísticas no oficiales para los datos de población, así como deficiencias en el cálculo de
personas desempleadas y prejubilaciones ocurridas.
Por otro lado, a pesar de que el criterio teórico de priorización territorial era la intensidad de la
crisis de la minería del carbón sufrida, recogido en el art. 3 del RD 1112/2007, y que esta
intensidad solía tomar como referencia el ámbito municipal, la asignación de recursos se efectuó
por comunidad autónoma, sin que quedara especificado ningún criterio de priorización entre las
categorías de municipios que figuraban en el RD. A su vez, la memoria que acompañaba el
expediente de elaboración del Real Decreto 1112/2007, y la exposición de motivos del mismo
señalaba que “la distribución de los recursos entre las diversas regiones y municipios deba ser
proporcional a la intensidad de la crisis de la minería del carbón y su interés público, económico y
eminentemente social”.
En el siguiente cuadro se presenta, por comunidades autónomas, el importe total de obligaciones
reconocidas con cargo a la línea de infraestructuras para el periodo 2006-2017. El mayor
beneficiario de los fondos ha sido el Principado de Asturias que ha recibido más del 50% de las
ayudas, seguido de Castilla y León:
cve: BOE-A-2023-439
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 5
Viernes 6 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2572
El cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del precitado art. 3, estipulaba que la
distribución real acumulada al final de cada año sería certificada por el IRMC ante las comisiones
de cooperación; no se convocaron sesiones de las comisiones de cooperación en los años 2006,
2007 y 2012 por lo no se certificó la información dichos años. Esta certificación, contenida en las
actas de la comisión de cooperación de las distintas comunidades autónomas, se fundamentaba
en información sobre la distribución territorial de las ayudas, partiendo de los siguientes
parámetros: número de parados, pérdida de empleo y prejubilados.
En el desarrollo de los trabajos de fiscalización se solicitó al IRMC justificación de dichas
certificaciones y los cálculos internos realizados para la distribución territorial de las ayudas. Una
vez analizada la documentación aportada, se ha verificado que los importes que han servido de
base para calcular dichos parámetros, que son el soporte para decidir la distribución de los
fondos, no han podido ser contrastados con la fórmula de cálculo recogida en el Real Decreto
1112/2007, ni con la fuente de la información, al no conservar el IRMC los datos de los que ha
partido.
A este respecto, la Intervención Delegada de la IGAE en el IRMC, en el informe de control
financiero emitido en diciembre de 2012, puso de manifiesto que no era posible reconstruir el
cálculo efectuado por el IRMC, quedando, a su criterio, sobredimensionado el importe asignado a
una comunidad autónoma (Principado de Asturias). El informe también resaltó la utilización de
estadísticas no oficiales para los datos de población, así como deficiencias en el cálculo de
personas desempleadas y prejubilaciones ocurridas.
Por otro lado, a pesar de que el criterio teórico de priorización territorial era la intensidad de la
crisis de la minería del carbón sufrida, recogido en el art. 3 del RD 1112/2007, y que esta
intensidad solía tomar como referencia el ámbito municipal, la asignación de recursos se efectuó
por comunidad autónoma, sin que quedara especificado ningún criterio de priorización entre las
categorías de municipios que figuraban en el RD. A su vez, la memoria que acompañaba el
expediente de elaboración del Real Decreto 1112/2007, y la exposición de motivos del mismo
señalaba que “la distribución de los recursos entre las diversas regiones y municipios deba ser
proporcional a la intensidad de la crisis de la minería del carbón y su interés público, económico y
eminentemente social”.
En el siguiente cuadro se presenta, por comunidades autónomas, el importe total de obligaciones
reconocidas con cargo a la línea de infraestructuras para el periodo 2006-2017. El mayor
beneficiario de los fondos ha sido el Principado de Asturias que ha recibido más del 50% de las
ayudas, seguido de Castilla y León:
cve: BOE-A-2023-439
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 5