III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2023-341)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para el desarrollo de proyectos piloto dirigidos a jóvenes vulnerables, mediante actuaciones dentro del proyecto de "Colectivos especialmente vulnerables" incluido en la Inversión 4, "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2078
cuales se prevé destinar las aportaciones económicas del Servicio Público de Empleo
Estatal.
Esta previsión inicial podrá modificarse a lo largo de la vigencia del presente
convenio en función de las necesidades efectivamente detectadas por la Comunidad
Autónoma, sin que de ello se derive la necesidad de modificar el presente Convenio,
siempre que las cantidades se reasignen entre actuaciones recogidas dentro del plan
dirigidas al cumplimiento de los objetivos de las subvenciones objeto de este convenio.
En todo caso, la cifra final de la aportación del SEPE no superará el importe previsto en
esta cláusula.
El pago de los fondos en la forma indicada no exigirá la constitución de garantías por
parte de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 42.2 del Reglamento de la Ley General Subvenciones, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio.
La subvención prevista en este apartado resultará adicional a las distribuciones de
fondos que se realicen para la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en el
ejercicio 2022, tanto para los fondos financiados con el mecanismo de Recuperación y
Resiliencia como los no financiados con cargo al mismo, según los criterios objetivos
acordados en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, de conformidad
con lo establecido en los artículos 21, del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado
por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, y 86.2 de la Ley 47/2003, de 26
de noviembre, General Presupuestaria, de créditos de subvenciones gestionadas por las
Comunidades Autónomas con competencias estatutariamente asumidas de ejecución de
las políticas activas de empleo. No obstante, la Comunidad Autónoma de Castilla-La
Mancha podrá utilizar los fondos asignados por el Servicio Público de Empleo Estatal
para la ejecución de programas y servicios de políticas activas de empleo para completar
adicionalmente y reforzar en su caso, los fondos objeto de este convenio. Deberá
quedar, en tal caso, identificada nítidamente la trazabilidad de los gastos.
Cuarta. Compromisos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, a través de la Dirección General de
Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Economía, Empresas y
Empleo, aprobará el plan que recoja las actuaciones concretas a realizar para el
desarrollo del proyecto «Colectivos especialmente vulnerables» al cual se destinarán los
fondos del Servicio Público Estatal recogidos en la cláusula anterior, pudiendo utilizar
para su ejecución, además de la aprobación de programas de ayudas públicas, la
convocatoria y concesión de subvenciones públicas, el desarrollo de programas de
gestión directa, y cualquier otra fórmula de actuación por parte de la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha admitida en derecho y que tenga por objeto alguna de
las siguientes actuaciones:
Colectivos especialmente vulnerables: Proyecto territorial piloto que abordará la
promoción de proyectos integrados de inserción laboral de jóvenes en exclusión social y
de personas jóvenes desempleadas entre 18 y 30 años a través de la formación en un
sector con alta demanda de empleo, en concreto en el campo del desarrollo de
videojuegos, de manera que adquieran las competencias necesarias para su
incorporación laboral en el sector de los videojuegos, con alta demanda de empleo y que
la aplicación de este proyecto se pueda hacer extensiva, en su caso, al conjunto de los
servicios públicos de empleo.
El coste por persona atendida que haya completado el proceso de atención objeto de
subvención será de 6.000 euros máximo.
Serán objeto de subvención, conforme a los costes máximos establecidos en los
párrafos anteriores, los gastos incluidos en la Inversión 4 del Componente 23 del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Las subvenciones reguladas en el Real Decreto 979/2022, de 22 de noviembre, y en
el presente convenio, se financiarán con cargo al Presupuesto del Servicio Público de
cve: BOE-A-2023-341
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2078
cuales se prevé destinar las aportaciones económicas del Servicio Público de Empleo
Estatal.
Esta previsión inicial podrá modificarse a lo largo de la vigencia del presente
convenio en función de las necesidades efectivamente detectadas por la Comunidad
Autónoma, sin que de ello se derive la necesidad de modificar el presente Convenio,
siempre que las cantidades se reasignen entre actuaciones recogidas dentro del plan
dirigidas al cumplimiento de los objetivos de las subvenciones objeto de este convenio.
En todo caso, la cifra final de la aportación del SEPE no superará el importe previsto en
esta cláusula.
El pago de los fondos en la forma indicada no exigirá la constitución de garantías por
parte de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 42.2 del Reglamento de la Ley General Subvenciones, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio.
La subvención prevista en este apartado resultará adicional a las distribuciones de
fondos que se realicen para la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en el
ejercicio 2022, tanto para los fondos financiados con el mecanismo de Recuperación y
Resiliencia como los no financiados con cargo al mismo, según los criterios objetivos
acordados en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, de conformidad
con lo establecido en los artículos 21, del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado
por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, y 86.2 de la Ley 47/2003, de 26
de noviembre, General Presupuestaria, de créditos de subvenciones gestionadas por las
Comunidades Autónomas con competencias estatutariamente asumidas de ejecución de
las políticas activas de empleo. No obstante, la Comunidad Autónoma de Castilla-La
Mancha podrá utilizar los fondos asignados por el Servicio Público de Empleo Estatal
para la ejecución de programas y servicios de políticas activas de empleo para completar
adicionalmente y reforzar en su caso, los fondos objeto de este convenio. Deberá
quedar, en tal caso, identificada nítidamente la trazabilidad de los gastos.
Cuarta. Compromisos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, a través de la Dirección General de
Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Economía, Empresas y
Empleo, aprobará el plan que recoja las actuaciones concretas a realizar para el
desarrollo del proyecto «Colectivos especialmente vulnerables» al cual se destinarán los
fondos del Servicio Público Estatal recogidos en la cláusula anterior, pudiendo utilizar
para su ejecución, además de la aprobación de programas de ayudas públicas, la
convocatoria y concesión de subvenciones públicas, el desarrollo de programas de
gestión directa, y cualquier otra fórmula de actuación por parte de la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha admitida en derecho y que tenga por objeto alguna de
las siguientes actuaciones:
Colectivos especialmente vulnerables: Proyecto territorial piloto que abordará la
promoción de proyectos integrados de inserción laboral de jóvenes en exclusión social y
de personas jóvenes desempleadas entre 18 y 30 años a través de la formación en un
sector con alta demanda de empleo, en concreto en el campo del desarrollo de
videojuegos, de manera que adquieran las competencias necesarias para su
incorporación laboral en el sector de los videojuegos, con alta demanda de empleo y que
la aplicación de este proyecto se pueda hacer extensiva, en su caso, al conjunto de los
servicios públicos de empleo.
El coste por persona atendida que haya completado el proceso de atención objeto de
subvención será de 6.000 euros máximo.
Serán objeto de subvención, conforme a los costes máximos establecidos en los
párrafos anteriores, los gastos incluidos en la Inversión 4 del Componente 23 del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Las subvenciones reguladas en el Real Decreto 979/2022, de 22 de noviembre, y en
el presente convenio, se financiarán con cargo al Presupuesto del Servicio Público de
cve: BOE-A-2023-341
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 4