III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-335)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Programa 113M "Registros vinculados con la fe pública", ejercicio 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 5 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 1975

años en que los expedientes se tramitaban en la DGRN (2004-2009), con los presentados contra
resoluciones de expedientes registrados entre 2010 y 2015, y tramitados por el CORPME21. Los
resultados obtenidos fueron los siguientes.
CUADRO Nº 23
COMPARACIÓN DE RECURSOS DE REPOSICIÓN CONTRA RESOLUCIONES DE
EXPEDIENTES GESTIONADOS POR DGRN Y POR CORPME
Ejercicio

Expedientes registrados

Expedientes recurridos

%

2004

63.416

892

1,41

2005

85.441

995

1,16

2006

82.215

710

0,86

2007

105.531

685

0,65

2008

138.997

768

0,55

2009

153.760

1.512

0,98

Total gestión DGRN

629.360

5.562

0,88

2010

155.605

11.245

7,23

2011

154.241

11.301

7,33

2012

158.447

13.627

8,60

2013

144.634

15.711

10,86

2014

150.681

7.337

4,87

2015

151.395

904

0,60

Total gestión CORPME

915.003

60.125

6,57

Fuente: Elaboración propia a partir de información aportada por la DGRN.

El porcentaje global de recursos de reposición presentados en relación con los expedientes
registrados en los años transcurridos entre 2004 y 2009, bajo la gestión de la DGRN, fue inferior al
2 %, oscilando entre el 0,55 % de 2008 y el 1,4 % de 2004.
En relación con los expedientes presentados entre los años 2010 y 2015, tramitados por el
CORPME, el porcentaje global de recursos ascendió hasta cerca del 7 %. Los expedientes
recurridos se incrementaron anualmente entre 2010 y 2013, pasando en este periodo del 7,23 %
al 10,86 %. En 2014 y 2015 se produce una reducción considerable del número de recursos
(4,87 % y 0,60 %).

El Tribunal ha analizado la evolución del sentido de las resoluciones de los recursos de reposición
presentados entre 2010 y 2018. Los principales datos obtenidos fueron los siguientes.

21

No se han considerado expedientes con entrada en años posteriores, también gestionados por el CORPME, por no
ser significativos a estos efectos, al representar en conjunto menos del 5 % del total de los expedientes tramitados por el
CORPME.

cve: BOE-A-2023-335
Verificable en https://www.boe.es

A juicio del tribunal, la disminución de expedientes de 2014 y 2015 recurridos en reposición no
está relacionada con la minoración del número de resoluciones denegatorias en estos ejercicios
(ver cuadro nº 17), porque dichas resoluciones corresponden en su mayor parte a expedientes
presentados en ejercicios anteriores. La disminución observada parece justificarse más bien por el
hecho de que los solicitantes, a la vista de la demora en la tramitación de las solicitudes y
previendo una demora similar en la tramitación del recurso de reposición, comenzaron a optar, de
forma más habitual, por interponer directamente recursos contenciosos contra las resoluciones
denegatorias por silencio (ver apartado II.2.1.8).