III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-335)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Programa 113M "Registros vinculados con la fe pública", ejercicio 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1964
de los expedientes por los registros a la DGRN. Como consecuencia de ello, se carece de
información completa y sistematizada acerca de los tiempos de instrucción en los registros,
desde la presentación de las solicitudes hasta su remisión a la DGRN.
•
Tampoco figura, salvo excepciones, la fecha de entrada real en la DGRN del expediente
remitido en papel por los registros civiles; hay un campo específico para ello, sin
cumplimentar por lo general, y con datos no fiables en los casos en que sí hay algún
registro. Esta circunstancia impide identificar los expedientes realmente recibidos en la
DGRN en cada ejercicio.
Por otra parte, pese a que la tramitación por el procedimiento antiguo era aplicable a las
solicitudes presentadas antes de octubre de 2015, durante los ejercicios siguientes se continuaron
recibiendo en la DGRN un número considerable de expedientes instruidos en los registros, lo que
dio lugar a la celebración de nuevas encomiendas con el CORPME (la última, en abril de 2019).
En mayo de 2019 la Dirección General se dirigió a los registros civiles, instándoles a que
remitieran todos los expedientes que todavía pudieran tener pendientes en sus dependencias.
Los expedientes del procedimiento antiguo registrados en la DGRN entre enero de 2016 y agosto
de 2019 ascendieron a 57.205 (45.851 en 2016, 8.355 en 2017, 1.234 en 2018 y 1.765 en 2019).
II.2.1.4.2. Expedientes del nuevo procedimiento
En el nuevo procedimiento las solicitudes ya no se presentan ante los registros civiles, lo que en
principio debería facilitar el control sobre el ámbito a gestionar y la planificación de los recursos.
Las solicitudes pueden presentarse de los siguientes modos:
•
Por sede electrónica. Los expedientes se incorporan desde su presentación a la aplicación
informática de gestión (GENARES), pudiendo ser tramitados desde ese momento por la
DGRN.
•
En papel, por medio de cualquiera de las siguientes dos opciones: presentación en la
DGRN, con cita previa, en cuyo caso el expediente se digitaliza y se agregan los
metadatos al momento, quedando incorporado a GENARES como en el caso anterior; o
presentación en el registro de la DGRN, sin cita previa, o en cualquier otro registro
(sistema GEISER); en estos casos la DGRN debe digitalizar y grabar los metadatos de las
solicitudes para incorporarlas al sistema y poder tramitarlas. Hasta el 30 de junio de 2017
se permitió también la presentación en papel en los registros civiles.
•
De acuerdo con la Orden JUS 698/2016, de 4 de mayo, la presentación electrónica de
solicitudes puede realizarse también mediante representantes habilitados. Para ello el
Ministerio de Justicia ha suscrito convenios con el Consejo General de Colegios de
Gestores Administrativos (julio de 2016 y agosto de 2019), con el Consejo General de
Procuradores de España (septiembre de 2016) y con el Consejo General de la Abogacía
Española (julio de 2017).
cve: BOE-A-2023-335
Verificable en https://www.boe.es
Los datos que figuraban en las estadísticas de la DGRN sobre estos expedientes, a junio de 2019,
eran los siguientes.
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1964
de los expedientes por los registros a la DGRN. Como consecuencia de ello, se carece de
información completa y sistematizada acerca de los tiempos de instrucción en los registros,
desde la presentación de las solicitudes hasta su remisión a la DGRN.
•
Tampoco figura, salvo excepciones, la fecha de entrada real en la DGRN del expediente
remitido en papel por los registros civiles; hay un campo específico para ello, sin
cumplimentar por lo general, y con datos no fiables en los casos en que sí hay algún
registro. Esta circunstancia impide identificar los expedientes realmente recibidos en la
DGRN en cada ejercicio.
Por otra parte, pese a que la tramitación por el procedimiento antiguo era aplicable a las
solicitudes presentadas antes de octubre de 2015, durante los ejercicios siguientes se continuaron
recibiendo en la DGRN un número considerable de expedientes instruidos en los registros, lo que
dio lugar a la celebración de nuevas encomiendas con el CORPME (la última, en abril de 2019).
En mayo de 2019 la Dirección General se dirigió a los registros civiles, instándoles a que
remitieran todos los expedientes que todavía pudieran tener pendientes en sus dependencias.
Los expedientes del procedimiento antiguo registrados en la DGRN entre enero de 2016 y agosto
de 2019 ascendieron a 57.205 (45.851 en 2016, 8.355 en 2017, 1.234 en 2018 y 1.765 en 2019).
II.2.1.4.2. Expedientes del nuevo procedimiento
En el nuevo procedimiento las solicitudes ya no se presentan ante los registros civiles, lo que en
principio debería facilitar el control sobre el ámbito a gestionar y la planificación de los recursos.
Las solicitudes pueden presentarse de los siguientes modos:
•
Por sede electrónica. Los expedientes se incorporan desde su presentación a la aplicación
informática de gestión (GENARES), pudiendo ser tramitados desde ese momento por la
DGRN.
•
En papel, por medio de cualquiera de las siguientes dos opciones: presentación en la
DGRN, con cita previa, en cuyo caso el expediente se digitaliza y se agregan los
metadatos al momento, quedando incorporado a GENARES como en el caso anterior; o
presentación en el registro de la DGRN, sin cita previa, o en cualquier otro registro
(sistema GEISER); en estos casos la DGRN debe digitalizar y grabar los metadatos de las
solicitudes para incorporarlas al sistema y poder tramitarlas. Hasta el 30 de junio de 2017
se permitió también la presentación en papel en los registros civiles.
•
De acuerdo con la Orden JUS 698/2016, de 4 de mayo, la presentación electrónica de
solicitudes puede realizarse también mediante representantes habilitados. Para ello el
Ministerio de Justicia ha suscrito convenios con el Consejo General de Colegios de
Gestores Administrativos (julio de 2016 y agosto de 2019), con el Consejo General de
Procuradores de España (septiembre de 2016) y con el Consejo General de la Abogacía
Española (julio de 2017).
cve: BOE-A-2023-335
Verificable en https://www.boe.es
Los datos que figuraban en las estadísticas de la DGRN sobre estos expedientes, a junio de 2019,
eran los siguientes.