III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-330)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión de los ingresos derivados de las inversiones inmobiliarias de SEPIDES, ejercicios 2016 y 2017.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1483
IV.- RECOMENDACIONES
Primera.- SEPIDES debería intensificar los esfuerzos para poder disponer a la mayor brevedad
posible de un inventario único, detallado y completo de los bienes inmobiliarios de su titularidad,
en el que se incluya, para cada uno de los bienes, su descripción, su valoración contable (valor de
adquisición, amortización acumulada y deterioro, en su caso), su situación actual de explotación
(arrendado, para venta, para alquilar o no comercializado), los ingresos que genera y otros datos
técnicos (fecha de adquisición, referencia catastral, situación, anterior propietario, superficie, datos
registrales, etc).
Segunda.- Dado que la gestión de las viviendas de su titularidad genera unos costes que exceden
en la mayoría de los casos a los rendimientos obtenidos, se considera conveniente que, desde el
punto de vista operativo y en aras de una mayor eficiencia, SEPIDES analice la situación
particular de cada uno de estos activos y adopte las medidas oportunas para ir desprendiéndose
de ellos mediante su enajenación o mediante la firma de algún tipo de convenio para su cesión o
gestión por la entidad pública local o autonómica que tenga encomendada la política de vivienda.
Para ello, será preciso que SEPIDES dedique esfuerzos a regularizar la situación de aquellos
bienes de su propiedad sobre los que desconoce la identidad de los usuarios o el título jurídico
que les autoriza, en su caso, a su ocupación.
Tercera.- Con independencia de que se considere que la actividad de SEPIDES en el ámbito del
arrendamiento de oficinas debería configurarse básicamente como de apoyo, asesoramiento y
puesta a disposición de las empresas del Grupo SEPI de oficinas y locales para que desarrollen
su actividad, y dado que actualmente gran parte de esta actividad se desarrolla con entidades del
sector privado, para optimizar el resultado de su actividad inmobiliaria, sería aconsejable que
SEPIDES realizara políticas activas de promoción de los bienes comercializados,
complementarias a la exclusiva publicación en su página WEB de su cartera inmobiliaria, de
manera que pudiese contactar con clientes potenciales y aumentar la concurrencia en la
adjudicación de los contratos. Ello, además, ayudaría a no depender de intermediarios, lo que
redundaría en una disminución de costes para SEPIDES.
Además, al objeto de garantizar que la información que ofrece su página WEB esté en todo
momento actualizada, sería conveniente que se establecieran normas internas de comunicación y
coordinación entre las distintas unidades que intervienen en las operaciones de comercialización
de los activos inmobiliarios de SEPIDES.
Madrid, 28 de febrero de 2019
Mª José de la Fuente y de la Calle
cve: BOE-A-2023-330
Verificable en https://www.boe.es
La Presidenta
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1483
IV.- RECOMENDACIONES
Primera.- SEPIDES debería intensificar los esfuerzos para poder disponer a la mayor brevedad
posible de un inventario único, detallado y completo de los bienes inmobiliarios de su titularidad,
en el que se incluya, para cada uno de los bienes, su descripción, su valoración contable (valor de
adquisición, amortización acumulada y deterioro, en su caso), su situación actual de explotación
(arrendado, para venta, para alquilar o no comercializado), los ingresos que genera y otros datos
técnicos (fecha de adquisición, referencia catastral, situación, anterior propietario, superficie, datos
registrales, etc).
Segunda.- Dado que la gestión de las viviendas de su titularidad genera unos costes que exceden
en la mayoría de los casos a los rendimientos obtenidos, se considera conveniente que, desde el
punto de vista operativo y en aras de una mayor eficiencia, SEPIDES analice la situación
particular de cada uno de estos activos y adopte las medidas oportunas para ir desprendiéndose
de ellos mediante su enajenación o mediante la firma de algún tipo de convenio para su cesión o
gestión por la entidad pública local o autonómica que tenga encomendada la política de vivienda.
Para ello, será preciso que SEPIDES dedique esfuerzos a regularizar la situación de aquellos
bienes de su propiedad sobre los que desconoce la identidad de los usuarios o el título jurídico
que les autoriza, en su caso, a su ocupación.
Tercera.- Con independencia de que se considere que la actividad de SEPIDES en el ámbito del
arrendamiento de oficinas debería configurarse básicamente como de apoyo, asesoramiento y
puesta a disposición de las empresas del Grupo SEPI de oficinas y locales para que desarrollen
su actividad, y dado que actualmente gran parte de esta actividad se desarrolla con entidades del
sector privado, para optimizar el resultado de su actividad inmobiliaria, sería aconsejable que
SEPIDES realizara políticas activas de promoción de los bienes comercializados,
complementarias a la exclusiva publicación en su página WEB de su cartera inmobiliaria, de
manera que pudiese contactar con clientes potenciales y aumentar la concurrencia en la
adjudicación de los contratos. Ello, además, ayudaría a no depender de intermediarios, lo que
redundaría en una disminución de costes para SEPIDES.
Además, al objeto de garantizar que la información que ofrece su página WEB esté en todo
momento actualizada, sería conveniente que se establecieran normas internas de comunicación y
coordinación entre las distintas unidades que intervienen en las operaciones de comercialización
de los activos inmobiliarios de SEPIDES.
Madrid, 28 de febrero de 2019
Mª José de la Fuente y de la Calle
cve: BOE-A-2023-330
Verificable en https://www.boe.es
La Presidenta