III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-329)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA), ejercicios 2016 y 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 5 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 1413

CONCLUSIONES
RESPECTO DEL CONTROL INTERNO

1. La ORGA cuenta con manuales de procedimientos e instrucciones en los que se definen las
actividades y la distribución de tareas en la gestión llevada a cabo por las unidades de sus dos
subdirecciones generales, si bien no figuran algunas cuestiones como los criterios de reparto
de costes para los casos de ventas, tasaciones o destrucciones de bienes de diversos
procedimientos judiciales, o la periodicidad con la que se ha de realizar la liquidación al Tesoro
de los importes generados por aquellos expedientes con resolución judicial firme, a fin de
evitar la existencia de saldos inoperativos en la CDC de la ORGA (apartado II.1).
2. La aplicación EXPORGA, en la que se dan de alta cada uno de los expedientes asociando los
datos del procedimiento judicial o de la fiscalía, con las personas físicas y jurídicas
investigadas, así como las acciones sobre los mismos, no ha dispuesto, en los ejercicios
fiscalizados de un módulo de contabilidad en el que se hayan reflejado el seguimiento de los
gastos, ingresos y valoraciones generadas por la gestión de los bienes contenidos en cada
uno de los expedientes. Esta aplicación tampoco está integrada o conectada con la CDC, lo
que limita realizar un seguimiento general de los movimientos de todos los expedientes de
forma automática, ralentiza la obtención de estadísticas o datos cuantitativos que permitan
evaluar la actuación de la Oficina de una manera eficiente y dificulta, en última instancia, la
definición de los indicadores que se consideren más relevantes para el análisis de la
información (apartado II.1).
RESPECTO DE LA MEMORIA DEL ANÁLISIS DE IMPACTO NORMATIVO

3. En el análisis de la memoria de impacto normativo del RD 948/2015 y en su resumen ejecutivo
se han puesto de manifiesto deficiencias como la falta de desarrollo de los artículos 2.1.b) y c)
del RD 1083/2009 relativos a al contenido y análisis jurídico, y a la distribución de
competencias; la ausencia de referencia a diversos aspectos relativos a la “oportunidad de la
propuesta”; la no coincidencia entre los objetivos del resumen ejecutivo con los previstos en la
memoria; la inexistencia de objetivos mensurables, priorizados, concretos y delimitados
temporalmente, así como de indicadores, cuantitativos o cualitativos; la delimitación de un
horizonte temporal concreto en relación con los impactos de la norma; la concreción de una
previsión realista de gastos e ingresos; o la ausencia de justificación de los criterios para fijar
los gastos de funcionamiento en un 5% de los recursos obtenidos. Además, la ORGA no ha
dispuesto de un programa presupuestario propio para su gestión como preveía la memoria
(apartado II.2).

4. La ORGA ha operado, en el periodo fiscalizado, a través de una CDC que incluye los cargos y
abonos generados por la gestión y realización de los efectos judiciales encomendados por las
autoridades judiciales a la Oficina. A 31 de diciembre de 2017 su saldo ascendía a 18.212.998
euros y a 30 de junio de 2019 a 30.176.294 euros, siendo su principal fuente de ingresos el
dinero decomisado en los procedimientos judiciales directamente ingresado por los órganos
judiciales que ha representado en torno al 87% del saldo existente a esas fechas (apartado
II.3).

5. El saldo de los intereses devengados a 30 de septiembre de 2019 ascendía a 874.293 euros.
A pesar de que la normativa reguladora del funcionamiento de la CDC de la ORGA preveía, en
los ejercicios fiscalizados, que los intereses se abonaran por el saldo de cada “cuentaexpediente”, el sistema establecido para la determinación y cálculo de los intereses generados
no ha permitido vincularlos con cada procedimiento judicial concreto del que procedían, si bien

cve: BOE-A-2023-329
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RESPECTO DE LA CUENTA DE DEPÓSITOS Y CONSIGNACIONES DE LA ORGA