III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-329)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA), ejercicios 2016 y 2017.
63 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1404
autorización del juez o tribunal competente, sobre la adjudicación del uso provisional de los bienes
intervenidos o embargados y sobre las medidas de conservación que deban ser adoptadas, de
acuerdo con lo señalado a tal efecto en la LEC, informando de lo acordado al juez o tribunal y a la
fiscalía.
De los 72 expedientes seleccionados, en 4 de ellos se ha acordado judicialmente la autorización
de uso provisional y en uno la entrega de los bienes, con el detalle que figura en el cuadro nº 16.
Asimismo, en otro expediente (nº 20170146 del cuadro nº 15), iniciado por la ORGA, se ha
solicitado la adjudicación de uso de 5 vehículos que no fue autorizada judicialmente,
procediéndose finalmente a la venta de parte de los bienes.
En los cinco expedientes enumerados en el cuadro nº 16 la iniciativa procedía del órgano judicial
que acordó la adjudicación del uso o la entrega de los bienes en la encomienda judicial recibida
por la Oficina, correspondiendo a esta la instrumentación de la misma. En la encomienda judicial
recibida, el órgano judicial indicó el adjudicatario del uso de los bienes, salvo en un expediente (nº
20170039 del cuadro nº 16) en el que fue la ORGA quién ofreció los efectos judiciales. Se ha
verificado que en todos los expedientes analizados en los que se acordó la adjudicación
provisional constaba la oportuna justificación de la necesidad del uso por parte del adjudicatario
de uso, así como el informe de las medidas de conservación adoptadas.
CUADRO Nº 16
DETALLE DE EXPEDIENTES CON ADJUDICACIÓN DE USO PROVISIONAL
Nº expediente
Tipo de actuación
Categoría de bien
20160420
AUP
Vehículos
20160431
AUP
Vehículos
20170004
AUP
Vehículos y telefonía
20170039
Entrega a AAPP
Electrónica y telefonía
20170191
AUP
Vehículos
FUENTE: Elaboración propia
Expedientes analizados con destrucción de efectos judiciales
El artículo 6.1.b) del RD 948/2015, así como el artículo 21 de la Resolución de 16 de septiembre
de 2016, prevén entre las actuaciones posibles de gestión a realizar por la ORGA, la destrucción
cuando sea acordada por la autoridad competente y se trate de bienes cuyo deterioro material o
funcional, los elevados gastos de depósito, conservación o administración generados u otras
circunstancias lo hagan aconsejable, debiendo realizarse la destrucción de conformidad con la
normativa aplicable dependiendo del tipo de bien de que se trate.
Obtenido del detalle de las cuentas puentes 01 a 06 (que son las que a 31/12/17 se han ingresado en la CDC de la
ORGA) y el expediente 20160393.
34 No
existe en el expediente l 20170091 dado la naturaleza de los efectos judiciales, el órgano judicial ordena
directamente su destrucción por su peligrosidad/ toxicidad.
33
cve: BOE-A-2023-329
Verificable en https://www.boe.es
Durante los ejercicios 2016 y 2017 se procedió a la realización de actuaciones de destrucción de
efectos judiciales en 111 expedientes33. De los 72 expedientes seleccionados, en 28 se realizó
alguna actuación de destrucción de efectos judiciales. En todos los expedientes analizados
constaba el correspondiente acuerdo judicial para la destrucción, así como el informe pericial que
aconsejaba dicha actuación34. Como puede observarse en el cuadro siguiente, las principales
actuaciones de destrucción se han realizado sobre vehículos. En concreto, se han destruido un
total de 211 vehículos.
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1404
autorización del juez o tribunal competente, sobre la adjudicación del uso provisional de los bienes
intervenidos o embargados y sobre las medidas de conservación que deban ser adoptadas, de
acuerdo con lo señalado a tal efecto en la LEC, informando de lo acordado al juez o tribunal y a la
fiscalía.
De los 72 expedientes seleccionados, en 4 de ellos se ha acordado judicialmente la autorización
de uso provisional y en uno la entrega de los bienes, con el detalle que figura en el cuadro nº 16.
Asimismo, en otro expediente (nº 20170146 del cuadro nº 15), iniciado por la ORGA, se ha
solicitado la adjudicación de uso de 5 vehículos que no fue autorizada judicialmente,
procediéndose finalmente a la venta de parte de los bienes.
En los cinco expedientes enumerados en el cuadro nº 16 la iniciativa procedía del órgano judicial
que acordó la adjudicación del uso o la entrega de los bienes en la encomienda judicial recibida
por la Oficina, correspondiendo a esta la instrumentación de la misma. En la encomienda judicial
recibida, el órgano judicial indicó el adjudicatario del uso de los bienes, salvo en un expediente (nº
20170039 del cuadro nº 16) en el que fue la ORGA quién ofreció los efectos judiciales. Se ha
verificado que en todos los expedientes analizados en los que se acordó la adjudicación
provisional constaba la oportuna justificación de la necesidad del uso por parte del adjudicatario
de uso, así como el informe de las medidas de conservación adoptadas.
CUADRO Nº 16
DETALLE DE EXPEDIENTES CON ADJUDICACIÓN DE USO PROVISIONAL
Nº expediente
Tipo de actuación
Categoría de bien
20160420
AUP
Vehículos
20160431
AUP
Vehículos
20170004
AUP
Vehículos y telefonía
20170039
Entrega a AAPP
Electrónica y telefonía
20170191
AUP
Vehículos
FUENTE: Elaboración propia
Expedientes analizados con destrucción de efectos judiciales
El artículo 6.1.b) del RD 948/2015, así como el artículo 21 de la Resolución de 16 de septiembre
de 2016, prevén entre las actuaciones posibles de gestión a realizar por la ORGA, la destrucción
cuando sea acordada por la autoridad competente y se trate de bienes cuyo deterioro material o
funcional, los elevados gastos de depósito, conservación o administración generados u otras
circunstancias lo hagan aconsejable, debiendo realizarse la destrucción de conformidad con la
normativa aplicable dependiendo del tipo de bien de que se trate.
Obtenido del detalle de las cuentas puentes 01 a 06 (que son las que a 31/12/17 se han ingresado en la CDC de la
ORGA) y el expediente 20160393.
34 No
existe en el expediente l 20170091 dado la naturaleza de los efectos judiciales, el órgano judicial ordena
directamente su destrucción por su peligrosidad/ toxicidad.
33
cve: BOE-A-2023-329
Verificable en https://www.boe.es
Durante los ejercicios 2016 y 2017 se procedió a la realización de actuaciones de destrucción de
efectos judiciales en 111 expedientes33. De los 72 expedientes seleccionados, en 28 se realizó
alguna actuación de destrucción de efectos judiciales. En todos los expedientes analizados
constaba el correspondiente acuerdo judicial para la destrucción, así como el informe pericial que
aconsejaba dicha actuación34. Como puede observarse en el cuadro siguiente, las principales
actuaciones de destrucción se han realizado sobre vehículos. En concreto, se han destruido un
total de 211 vehículos.