III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-329)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA), ejercicios 2016 y 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 1392

2. Los gastos de funcionamiento y gestión de la oficina en 2018 han ascendido a 589.029 euros,
por lo que el importe de 249.000 euros deducido como gastos de los ingresos obtenidos como
autofinanciación en dicho año ha representado únicamente un 42 % de los gastos de gestión y
funcionamiento del ejercicio.
3. Este déficit de financiación se plantea considerando los gastos y costes de la Oficina del
ejercicio 2018. No consta en la normativa si esta autofinanciación debe garantizarse desde el
inicio de la actividad de la Oficina. De ser así, el déficit de financiación sería aún superior, pues
los gastos de gestión y de funcionamiento originados desde el inicio de la actividad ascienden
a un importe de, al menos, 1.702.472 euros, por lo que en este supuesto el grado de cobertura
no alcanzaría el 15 %. Hay que tener en cuenta que la cuantía que se hubiera deducido por
gastos de funcionamiento en aplicación del porcentaje del 5 % previsto en el artículo 14.2 del
RD 948/2015 hubiera sido de 96.000 euros, importe muy alejado del valor real de los mismos,
por lo que cabría concluir que la estimación que se realizó de ellos situándolos en el 5 % de
los recursos obtenidos es insuficiente para la sostenibilidad del modelo de la Oficina basado
en la autofinanciación.
4. La incorrecta determinación de la cobertura de los gastos de la Oficina afectaría al importe
restante objeto de reparto que se ha destinado a los fines del artículo 2 del RD 948/2015 en la
liquidación efectuada en el ejercicio 2018 analizada en el apartado II.4 de este informe.
ANÁLISIS DE LOS CONVENIOS DE COLABORACIÓN

La disposición adicional sexta de la LEC establece que para el desempeño de sus funciones y
realización de sus fines, la ORGA podrá recabar la colaboración de cualesquiera entidades
públicas y privadas, que estarán obligadas a prestarla de conformidad con su normativa
específica. El RD 948/2015 también prevé la firma de convenios de colaboración por la ORGA con
determinados órganos, como por ejemplo el Ministerio del Interior a los efectos de regular la
interrelación de su personal con la Oficina (pudiendo incluir una cláusula de adscripción del
personal que eventualmente pudiera formar parte de esta en régimen de atribución de funciones),
o con la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional de Drogas incluyendo fórmulas de
cooperación en las funciones de asesoramiento, gestión y realización de efectos procedentes de
actividades delictivas por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados.
La figura jurídica del convenio de colaboración se encuentra regulada en el Título Preliminar
(artículos 47 a 53) de la LRJSP, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 8 de la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, que regula
el régimen de publicidad de los convenios de colaboración, entre otras figuras.
La diversidad de actuaciones desarrolladas por la ORGA, que han abarcado la localización,
gestión, conservación y realización de los bienes, así como la gran variedad de bienes
gestionados, ha dado lugar a la formalización de diversos convenios con otros organismos e
instituciones. El objetivo prioritario de estos convenios ha sido auxiliar a la Oficina, conforme al
ámbito competencial y los medios disponibles, bien facilitando información patrimonial que permita
profundizar en la averiguación de activos, bien mediante asesoramiento especializado para la
gestión de bienes que permita realizar las correspondientes propuestas al órgano judicial, o bien
asumiendo puntualmente alguna actuación de depósito o tasación.
En los ejercicios 2016 y 2017 estaban vigentes un total de 14 convenios de colaboración, cuyo
detalle se recoge en el Anexo I. El único convenio firmado que ha supuesto un compromiso
financiero para la ORGA ha sido el suscrito con el Parque Móvil del Estado (PME), por el cual,
este ponía a disposición de la ORGA un espacio para la estancia de un máximo de 30 vehículos y
a cambio esta abonaba con cargo a la aplicación 13.02.112A.227.12 para los años 2017 a 2019
un importe máximo total de 33.069 euros (2.756, 16.534 y 13.779 euros para los ejercicios 2017,

cve: BOE-A-2023-329
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Núm. 4