III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-334)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del cumplimiento de la normativa en materia de indemnizaciones recibidas por cese de altos cargos y del régimen retributivo de altos directivos de determinadas entidades del sector público estatal, ejercicio 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1903
computarán a efectos de cumplir los límites de la cuantía máxima de la retribución total. Durante el
ejercicio 2019 se han abonado retribuciones en especie (seguro de accidentes y, en algunos
casos, seguro médico) por unos importes que son descontados de la cantidad asignada al
directivo en concepto de complemento variable.
2.213. En relación con el complemento variable, RED.es liquida al personal directivo dicho
complemento en el ejercicio siguiente al de devengo. Así, en febrero de 2019 abonó el
complemento variable del ejercicio 2018, mientras que en abril de 2020 abonó el complemento
variable del ejercicio 2019. El Consejo de Administración de RED.es aprobó el 21 de febrero de
2019 el sistema de objetivos para el ejercicio 2019 y mediante la Orden ETD de 22 de abril de
2020 se aprobaron los objetivos finales propuestos para 2019, con carácter retroactivo, así como
la evaluación del grado de cumplimiento de los mismos. A este respecto, cabe realizar las
siguientes consideraciones:
a) En todos los casos, se señala que el porcentaje del cumplimiento de los objetivos propuestos
ha sido el 100 %, igual que en el ejercicio 2018. La homogénea y elevada valoración del
cumplimiento de objetivos indica que la fijación de los mismos carece del suficiente rigor y es
contradictoria con la finalidad motivadora propia de la naturaleza de los complementos variables
b) El sistema de objetivos para el ejercicio 2019 no está individualizado por puesto directivo, sino
que su establecimiento se circunscribe a objetivos fijados a la Entidad, lo que determina que son
iguales para todos los puestos directivos independientemente de las funciones de cada uno de
ellos. En el ejercicio 2020 los objetivos ya se han fijado de manera individualizada.
II.10.3. Resultados relativos a compensaciones e indemnizaciones de altos cargos y
directivos
2.214. En la regulación específica de RED.es no se contempla la compensación económica de los
altos cargos tras su cese, por lo que no resultan aplicables en esta Entidad las previsiones sobre
compensaciones económicas tras el cese establecidas en el artículo 6 de la LAC. Por otra parte,
RED.es no ha liquidado en 2019 cantidad alguna en concepto de indemnización por extinción de
los contratos de alta dirección, al no haberse producido ningún caso de este tipo.
II.10.4. Resultados relativos a transparencia
2.215. De acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del RD 451/2012 y en el artículo 2.3 de la
LAC, en la página web de RED.es figura la información relativa a la composición del Consejo de
Administración y del Comité de Dirección, incluyendo los datos profesionales de sus miembros.
2.216. En la página web de RED.es no consta la información relativa a las retribuciones que
perciben los máximos responsables y directivos de la Institución, no ajustándose a lo requerido
por el artículo 10.2 del RD 451/2012 y el artículo 4 de la LAC.
II.10.5. Resultados relativos a igualdad de género
2.217. El Consejo de Administración de RED.es (Presidencia y vocales no natos) contaba con dos
mujeres y tres hombres, dentro del intervalo de la composición equilibrada definida en la LOIEMH.
Por lo que se refiere a los contratos de alta dirección, RED.es contaba con dos mujeres y cuatro
hombres, lo que supone una distribución muy cercana a los citados estándares.
cve: BOE-A-2023-334
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1903
computarán a efectos de cumplir los límites de la cuantía máxima de la retribución total. Durante el
ejercicio 2019 se han abonado retribuciones en especie (seguro de accidentes y, en algunos
casos, seguro médico) por unos importes que son descontados de la cantidad asignada al
directivo en concepto de complemento variable.
2.213. En relación con el complemento variable, RED.es liquida al personal directivo dicho
complemento en el ejercicio siguiente al de devengo. Así, en febrero de 2019 abonó el
complemento variable del ejercicio 2018, mientras que en abril de 2020 abonó el complemento
variable del ejercicio 2019. El Consejo de Administración de RED.es aprobó el 21 de febrero de
2019 el sistema de objetivos para el ejercicio 2019 y mediante la Orden ETD de 22 de abril de
2020 se aprobaron los objetivos finales propuestos para 2019, con carácter retroactivo, así como
la evaluación del grado de cumplimiento de los mismos. A este respecto, cabe realizar las
siguientes consideraciones:
a) En todos los casos, se señala que el porcentaje del cumplimiento de los objetivos propuestos
ha sido el 100 %, igual que en el ejercicio 2018. La homogénea y elevada valoración del
cumplimiento de objetivos indica que la fijación de los mismos carece del suficiente rigor y es
contradictoria con la finalidad motivadora propia de la naturaleza de los complementos variables
b) El sistema de objetivos para el ejercicio 2019 no está individualizado por puesto directivo, sino
que su establecimiento se circunscribe a objetivos fijados a la Entidad, lo que determina que son
iguales para todos los puestos directivos independientemente de las funciones de cada uno de
ellos. En el ejercicio 2020 los objetivos ya se han fijado de manera individualizada.
II.10.3. Resultados relativos a compensaciones e indemnizaciones de altos cargos y
directivos
2.214. En la regulación específica de RED.es no se contempla la compensación económica de los
altos cargos tras su cese, por lo que no resultan aplicables en esta Entidad las previsiones sobre
compensaciones económicas tras el cese establecidas en el artículo 6 de la LAC. Por otra parte,
RED.es no ha liquidado en 2019 cantidad alguna en concepto de indemnización por extinción de
los contratos de alta dirección, al no haberse producido ningún caso de este tipo.
II.10.4. Resultados relativos a transparencia
2.215. De acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del RD 451/2012 y en el artículo 2.3 de la
LAC, en la página web de RED.es figura la información relativa a la composición del Consejo de
Administración y del Comité de Dirección, incluyendo los datos profesionales de sus miembros.
2.216. En la página web de RED.es no consta la información relativa a las retribuciones que
perciben los máximos responsables y directivos de la Institución, no ajustándose a lo requerido
por el artículo 10.2 del RD 451/2012 y el artículo 4 de la LAC.
II.10.5. Resultados relativos a igualdad de género
2.217. El Consejo de Administración de RED.es (Presidencia y vocales no natos) contaba con dos
mujeres y tres hombres, dentro del intervalo de la composición equilibrada definida en la LOIEMH.
Por lo que se refiere a los contratos de alta dirección, RED.es contaba con dos mujeres y cuatro
hombres, lo que supone una distribución muy cercana a los citados estándares.
cve: BOE-A-2023-334
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Núm. 4