III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-332)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del área de recursos humanos de las empresas estatales no financieras del Grupo Patrimonio, ejercicios 2016 y 2017.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1576
GRÁFICO Nº 2: Composición del Consejo de Administración de las Sociedades del Grupo Patrimonio
a 31 de diciembre de 2016 y 2017
0%
10%
20%
30%
PARADORES 2016
40%
50%
60%
70%
80%
71%
2017
40%
57%
2017
43%
71%
29%
ACUAMED 2016
58%
42%
2017
58%
42%
ENISA 2016
80%
2017
20%
82%
SENASA 2016
18%
55%
2017
45%
64%
36%
AC/E 2016
58%
42%
2017
58%
42%
ACUAES 2016
58%
42%
2017
55%
SEGIPSA 2016
45%
50%
2017
50%
58%
42%
SEGITTUR 2016
91%
2017
91%
SEIASA 2016
42%
67%
2017
67%
2017
42%
58%
2017
67%
33%
33%
57%
2017
2017
33%
67%
67%
CANASA 2016
33%
33%
EXPASA 2016
SECEGSA 2016
9%
25%
58%
SIEPSE 2016
SEITTSA 2016
9%
75%
2017
100%
29%
60%
SELAE 2016
90%
43%
67%
33%
50%
50%
56%
2016 H %
44%
2016 M %
2017 H %
2017 M %
En conjunto, el número total de Consejeros designados por la Junta General de Accionistas para
las empresas del Grupo Patrimonio no alcanza el 40 % de representación de cada sexo que,
como mínimo, establece la Disposición adicional primera de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Adicionalmente, en la renovación de
Consejeros, en general, tampoco se tuvo en cuenta la recomendación de aplicación del principio
de presencia o composición equilibrada de mujeres y hombres contenida en el artículo 755 de la
citada Ley. A 31 de diciembre de 2016, de los 168 vocales, 104 eran hombres y 64 mujeres (el 38
5
Artículo 75. Participación de las mujeres en los consejos de administración de las sociedades mercantiles, establece
que las sociedades obligadas a presentar cuentas de pérdidas y ganancias no abreviada procurarán incluir en su
Consejo de administración un número de mujeres que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y
hombres en un plazo de ocho años a partir de la entrada en vigor de esta Ley.
Lo previsto en el párrafo anterior se tendrá en cuenta para los nombramientos que se realicen a medida que venza el
mandato de los consejeros designados antes de la entrada de vigor de esta Ley.
cve: BOE-A-2023-332
Verificable en https://www.boe.es
Fuente: Elaboración propia a partir de las Actas del Consejo y de la información suministrada por las Sociedades
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1576
GRÁFICO Nº 2: Composición del Consejo de Administración de las Sociedades del Grupo Patrimonio
a 31 de diciembre de 2016 y 2017
0%
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PARADORES 2016
40%
50%
60%
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80%
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2017
40%
57%
2017
43%
71%
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ACUAMED 2016
58%
42%
2017
58%
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ENISA 2016
80%
2017
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82%
SENASA 2016
18%
55%
2017
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AC/E 2016
58%
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ACUAES 2016
58%
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2017
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SEGIPSA 2016
45%
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50%
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SEGITTUR 2016
91%
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SEIASA 2016
42%
67%
2017
67%
2017
42%
58%
2017
67%
33%
33%
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2017
2017
33%
67%
67%
CANASA 2016
33%
33%
EXPASA 2016
SECEGSA 2016
9%
25%
58%
SIEPSE 2016
SEITTSA 2016
9%
75%
2017
100%
29%
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SELAE 2016
90%
43%
67%
33%
50%
50%
56%
2016 H %
44%
2016 M %
2017 H %
2017 M %
En conjunto, el número total de Consejeros designados por la Junta General de Accionistas para
las empresas del Grupo Patrimonio no alcanza el 40 % de representación de cada sexo que,
como mínimo, establece la Disposición adicional primera de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Adicionalmente, en la renovación de
Consejeros, en general, tampoco se tuvo en cuenta la recomendación de aplicación del principio
de presencia o composición equilibrada de mujeres y hombres contenida en el artículo 755 de la
citada Ley. A 31 de diciembre de 2016, de los 168 vocales, 104 eran hombres y 64 mujeres (el 38
5
Artículo 75. Participación de las mujeres en los consejos de administración de las sociedades mercantiles, establece
que las sociedades obligadas a presentar cuentas de pérdidas y ganancias no abreviada procurarán incluir en su
Consejo de administración un número de mujeres que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y
hombres en un plazo de ocho años a partir de la entrada en vigor de esta Ley.
Lo previsto en el párrafo anterior se tendrá en cuenta para los nombramientos que se realicen a medida que venza el
mandato de los consejeros designados antes de la entrada de vigor de esta Ley.
cve: BOE-A-2023-332
Verificable en https://www.boe.es
Fuente: Elaboración propia a partir de las Actas del Consejo y de la información suministrada por las Sociedades