III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-331)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del análisis de impacto normativo en los Ministerios del Área Político-Administrativa del Estado.
57 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 5 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 1500

La presente fiscalización tiene por objeto las actuaciones administrativas encuadradas en el
ámbito de la evaluación ex ante de impacto económico-presupuestario, reflejadas en las MAIN, de
las disposiciones normativas aprobadas dentro del ámbito temporal de la fiscalización.
La fiscalización comprende los ejercicios 2017 y 2018. No obstante, cuando ha sido preciso, se ha
extendido a ejercicios anteriores y posteriores en aquellos aspectos que se han considerado
convenientes para el adecuado cumplimiento de los objetivos previstos.
I.4.

OBJETIVOS Y ALCANCE

La fiscalización ejecutada es una fiscalización de cumplimiento, teniendo como objetivo principal la
verificación del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a la
actividad fiscalizada.
De igual modo, como objetivo transversal, se ha verificado el cumplimiento de las prescripciones
de transparencia, sostenibilidad ambiental e igualdad de género establecidas por la normativa en
todo aquello que pudiera tener relación con el objeto de las actuaciones fiscalizadoras.
Para alcanzar los objetivos anteriormente descritos, las principales áreas de trabajo han abarcado
las actuaciones relativas a la elaboración y contenido de las MAIN, incluyendo los diversos
informes e informaciones que acompañan al proceso de evaluación previa de impacto.
La fiscalización se ha desarrollado en la sede del Tribunal de Cuentas, a partir de la
documentación rendida, sin perjuicio de haber mantenido las reuniones que se han estimado
necesarias o convenientes, al objeto de obtener la información adicional precisa para la
consecución de los objetivos de la misma.
En el desarrollo de las actuaciones fiscalizadoras no se han producido limitaciones que hayan
impedido cumplir los objetivos previstos, habiendo prestado adecuadamente su colaboración los
responsables de las entidades comprendidas en el ámbito subjetivo de la fiscalización.
La fiscalización se ha realizado aplicando las técnicas convencionales de auditoría y muestreo y
su ejecución se ha realizado de conformidad con las Directrices Técnicas aprobadas por el Pleno
del Tribunal de Cuentas el 25 de junio de 2019 y por las Normas de Fiscalización del Tribunal de
Cuentas, aprobadas por el Pleno en su reunión de 23 de diciembre de 2013.
I.5.

TRÁMITE DE ALEGACIONES

El plazo establecido para la formulación de alegaciones fue de veinte días hábiles, concediéndose
en todos los casos prórroga por igual plazo.
Durante el plazo concedido presentaron alegaciones los actuales titulares de los Ministerios de
Interior; Educación y Formación Profesional; Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación;
Defensa; Justicia; y Política Territorial y Función Pública.

cve: BOE-A-2023-331
Verificable en https://www.boe.es

Conforme a lo dispuesto en el artículo 44.1 de la Ley 7/1988, de Funcionamiento del Tribunal de
Cuentas, el Anteproyecto de Informe de Fiscalización fue remitido a los actualmente titulares de
los Ministerios de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; Ciencia e Innovación;
Cultura y Deporte; Defensa; Educación y Formación Profesional; Interior; Justicia; Política
Territorial y Función Pública; Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad; y Universidades;
así como a quienes fueron titulares de las correspondientes carteras ministeriales durante el
periodo fiscalizado.