I. Disposiciones generales. MINISTERIO DEL INTERIOR. Permisos de conducción. (BOE-A-2023-158)
Orden INT/1353/2022, de 29 de diciembre, por la que se determinan las escuelas y organismos de la Dirección General de la Guardia Civil facultados para expedir autorizaciones para conducir vehículos pertenecientes a la misma y a las Fuerzas Armadas y la autorización especial para conducir vehículos que transporten mercancías peligrosas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 5 de enero de 2023

Sec. I. Pág. 1153

que, por las particularidades de los vehículos utilizados por la Guardia Civil y las Fuerzas
Armadas, correspondan, debiéndose ajustar la formación teórica y práctica a dichas
especialidades, lo que se tendrá en cuenta en el funcionamiento de estas escuelas.
Artículo 3.

Inspección de Escuelas.

El organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico y su organización periférica,
previa autorización de la dirección del centro, podrá inspeccionar las escuelas y
organismos facultados, con el fin de comprobar si los medios, programas, objetivos y
métodos empleados son adecuados para la enseñanza de la conducción y si las pruebas
de aptitud se realizan conforme a lo dispuesto en la legislación sobre tráfico, circulación
de vehículos a motor y seguridad vial.
Disposición adicional única.

Gasto público.

La aplicación de esta orden no supondrá incremento de gasto público.
Disposición derogatoria única.

Derogación normativa.

Queda derogada la Orden del Ministro del Interior, de 30 de diciembre de 1997, por la
que se determinan las Escuelas de la Guardia Civil facultadas para expedir permisos de
conducción canjeables por los equivalentes permisos de conducción ordinarios, y
cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta
orden.
Disposición final única.

Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».

cve: BOE-A-2023-158
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 29 de diciembre de 2022.–El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska
Gómez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X