V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. (BOE-B-2023-240)
Resolución ACC/ /2022 del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural, Dirección General de Energía por la que se otorga a la empresa Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública para la transformación de la línea de transporte de energía eléctrica a doble circuito a 220 kV, llamada Magraners-Juneda-L'Espluga-Montblanc-Penedès-Begues (expedientes 2018/7474, 2018/7376, 2018/7336 y FUE-2022-02585).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 3 de enero de 2023

Sec. V-B. Pág. 457

pequeños tramos que afectan a varios suelos urbanos o urbanizables (municipios
de Olèrdola, Sant Cugat Sesgarrigues y Olesa de Bonesvalls) que habría que
subsanar para situar la totalidad del trazado en suelo no urbanizable; y la
necesidad de redactar un plan especial urbanístico autónomo previamente a la
implantación en el territorio de la infraestructura. La peticionaria responde que por
el caso de los Tossals de Torregrossa, la Sección de Biodiversidad y Medio Natural
de los Servicios Territoriales de Lleida del Departamento de Territorio y
Sostenibilidad ha emitido informe favorable respecto al actual proyecto; en el caso
de Olèrdola se puede realizar una adaptación en la distribución de soportes y las
zonas de servidumbre de vuelo y seguridad de la línea eléctrica proyectada para
cumplir con las distancias reglamentarias con las edificaciones previstas según el
Plan Parcial SUD-18 Ampliación del Polígono Industrial San Pedro Molanta; en el
caso de Sant Cugat Sesgarrigues, el Ayuntamiento ha emitido informe favorable el
22 de enero de 2019 y en el caso de Olesa de Bonesvalls el trazado propuesto
aleja el trazado actual de la línea eléctrica de la zona de suelo urbano consolidado;
y que una vez finalice el trámite de información pública que tiene por objeto la
autorización administrativa previa, autorización de construcción, declaración, en
concreto de utilidad pública y declaración de impacto ambiental, se procederá a la
tramitación del Plan especial urbanístico autónomo. Esta respuesta se envía al
organismo que responde con un nuevo informe donde indica con respecto a los
municipios de Olèrdola y Sant Cugat Sesgarrigues, sería preferible modificar la
posición prevista de alguna de las torres próximas al suelo urbano y urbanizable en
vistas a facilitar un futuro soterramiento o el desvío de la línea. Y recuerda la
necesidad de redactar un plan especial urbanístico autónomo previamente a su
implantación en el territorio. Este informe se envía a la peticionaria que responde
aceptando el contenido e indica que el trazado de la línea por suelo urbano y
urbanizable de Olèrdola y Sant Cugat de Sesgarrigues ha sido consensuado por
los propios Ayuntamientos, aunque la ubicación concreta de los soportes podrá
variar por mejorar la compatibilidad urbanística de la instalación con los usos que
se prevean y que se procederá a la redacción y tramitación del Plan Especial
Urbanístico Autónomo de forma inminente. Esta respuesta se envía al organismo.
La Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos del
Departamento de Interior manifiesta que no les corresponde que deban informar.
La Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña del Ministerio de
Fomento: respecto a las carreteras N-240 y N-340 y la autopista AP-7, inicialmente
informa desfavorablemente hasta que se aclaren los puntos de las condiciones
técnicas que hacen referencia a que todavía no ha finalizado el Estudio Informativo
"Aumento de capacidad de la carretera N-240. Tramo: Variante de les Borges
Blanques-Variante Sur de Lleida (C-13), Clave EI1-L-20" a partir del cual se
determinará la afectación en la línea de transporte y que será necesario revisar la
altura y si fuera necesario aumentar la altura de los soportes T289 y T290 o incluso
desplazar su posición en planta para que no se produzca la posible interferencia
con una columna central metálica en la rotonda de enlace entre la N-340 y la
carretera BV-2415 La peticionaria responde que no ve incompatibilidad entre
ambos proyectos que pueden ser implantados de forma coordinada en el territorio,
salvo que se indique lo contrario y sugiere establecer reuniones entre ambas
partes. Esta respuesta se envía al organismo. La Demarcación de Carreteras del
Estado en Aragón del Ministerio de Fomento: respecto a la autopista AP-2 informa
favorablemente. Sin embargo, el peticionario deberá solicitar autorización a este
organismo para ejecutar las obras del proyecto que se encuentren dentro de las
zonas de protección de la autopista AP-2. La peticionaria responde que se da por
enterada y acepta el contenido del informe.

cve: BOE-B-2023-240
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Núm. 2