V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. (BOE-B-2023-240)
Resolución ACC/ /2022 del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural, Dirección General de Energía por la que se otorga a la empresa Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública para la transformación de la línea de transporte de energía eléctrica a doble circuito a 220 kV, llamada Magraners-Juneda-L'Espluga-Montblanc-Penedès-Begues (expedientes 2018/7474, 2018/7376, 2018/7336 y FUE-2022-02585).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2

Martes 3 de enero de 2023

Sec. V-B. Pág. 473

de las pruebas llevadas a cabo.
6.- Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de
las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades
públicas necesarias para realizar las obras y las instalaciones aprobadas.
7.- El peticionario será el responsable del uso, conservación y mantenimiento
de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la
normativa vigente; asimismo el peticionario tomará, durante la ejecución de los
trabajos, todas las medidas de seguridad y prevención necesarias para evitar
cualquier perjuicio, tanto a los operarios que ejecuten los trabajos como a terceras
personas.
8.- La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las
causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el
supuesto de incumplimiento, por parte del titular de la instalación, de las
condiciones que se imponen. En este supuesto, la Administración, previa
instrucción del oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con
todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las
disposiciones legales vigentes.
9.- La empresa REE, en la ejecución de la instalación, debe dar cumplimiento
al conjunto de condicionantes establecidos por el órgano ambiental en la
declaración de impacto ambiental.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer
recurso de alzada, ante la Secretaria de Acción Climática, en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la
Generalidad de Cataluña, de acuerdo con lo que dispone el artículo 121 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre.
Barcelona, 22 de diciembre de 2022.- La Directora General de Energía, Maria
Assumpta Farran i Poca.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X