III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-84)
Resolución 420/38498/2022, de 21 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, para la realización de acciones conjuntas que impulsen la incorporación al mundo laboral de personal militar de tropa y marinería que mantienen una relación de servicios de carácter temporal con las Fuerzas Armadas y de los reservistas de especial disponibilidad.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2
Martes 3 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 562
c) Gestionar las autorizaciones y los permisos necesarios para facilitar la
incorporación a ISDEFE del personal de militar y del personal RED que haya sido
seleccionado.
d) Designar un interlocutor con ISDEFE para el desarrollo de las actividades del
presente convenio.
– Actuaciones a desarrollar por parte de ISDEFE:
a) Facilitar al MINISDEF la descripción de los puestos de trabajo que, en el ámbito
de las TIC dentro del sector de Defensa, se convoquen por ISDEFE y que puedan ser
ocupados por personal militar de tropa y marinería en los últimos diez años de su
relación de servicios de carácter temporal con las Fuerzas Armadas y por el personal
RED.
b) Difundir las convocatorias de contratación que puedan ser cubiertas por perfiles
provenientes del personal militar de las Fuerzas Armadas y de los RED, a través de los
medios de información de ISDEFE.
c) Promover la formación específica y el desarrollo profesional en el ámbito de las
TIC del personal militar de tropa y marinería y de los RED.
d) Designar un interlocutor con la DIGEREM para el desarrollo de las actividades
del presente convenio.
Tercera.
Publicidad institucional.
El MINISDEF e ISDEFE podrán citar la presente línea de colaboración en la
publicidad institucional que se relacione con las actividades objeto del convenio,
utilizando los logotipos oficiales.
Ambas partes podrán públicamente difundir las condiciones de este convenio y los
resultados obtenidos.
Cuarta. Financiación.
Este convenio no implica por sí mismo obligación alguna de contenido económico
para ninguna de las partes. Por lo tanto, no generará ni dará lugar a contraprestaciones
financieras que requieran, en su caso, de otros acuerdos y formalidades, ni supondrá
coste económico adicional al MINISDEF.
Quinta.
Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.
– Por parte del MINISDEF: el Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar
o persona en quien delegue, el Subdirector General de Reclutamiento y Desarrollo
Profesional de Personal Militar y Reservistas de Especial Disponibilidad o persona en
quien delegue, y el jefe del Área de Salidas Profesionales o persona en quien delegue,
que actuará como interlocutor y coordinador en las actividades que se vayan realizando.
– Por parte de ISDEFE: el Director de Desarrollo de Negocio o persona en quien
delegue, el Director del Departamento de Estrategia de Negocio o persona en quien
delegue, y el jefe del Área de Estrategia y Desarrollo o persona en quien delegue, que
actuará como interlocutor y coordinador en las actividades que se vayan realizando.
Asimismo, a la comisión mixta podrán incorporarse los técnicos que las partes
consideren oportuno, según los temas a tratar.
cve: BOE-A-2023-84
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes acuerdan crear una comisión mixta paritaria de control y seguimiento
de las acciones previstas en este convenio (comisión mixta), integrada por tres
representantes de cada institución firmante que se designen y que se constituirá en el
plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha en que el convenio resulte eficaz,
con alternancia anual de la Presidencia, iniciada por el MINISDEF.
Integrarán la comisión mixta:
Núm. 2
Martes 3 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 562
c) Gestionar las autorizaciones y los permisos necesarios para facilitar la
incorporación a ISDEFE del personal de militar y del personal RED que haya sido
seleccionado.
d) Designar un interlocutor con ISDEFE para el desarrollo de las actividades del
presente convenio.
– Actuaciones a desarrollar por parte de ISDEFE:
a) Facilitar al MINISDEF la descripción de los puestos de trabajo que, en el ámbito
de las TIC dentro del sector de Defensa, se convoquen por ISDEFE y que puedan ser
ocupados por personal militar de tropa y marinería en los últimos diez años de su
relación de servicios de carácter temporal con las Fuerzas Armadas y por el personal
RED.
b) Difundir las convocatorias de contratación que puedan ser cubiertas por perfiles
provenientes del personal militar de las Fuerzas Armadas y de los RED, a través de los
medios de información de ISDEFE.
c) Promover la formación específica y el desarrollo profesional en el ámbito de las
TIC del personal militar de tropa y marinería y de los RED.
d) Designar un interlocutor con la DIGEREM para el desarrollo de las actividades
del presente convenio.
Tercera.
Publicidad institucional.
El MINISDEF e ISDEFE podrán citar la presente línea de colaboración en la
publicidad institucional que se relacione con las actividades objeto del convenio,
utilizando los logotipos oficiales.
Ambas partes podrán públicamente difundir las condiciones de este convenio y los
resultados obtenidos.
Cuarta. Financiación.
Este convenio no implica por sí mismo obligación alguna de contenido económico
para ninguna de las partes. Por lo tanto, no generará ni dará lugar a contraprestaciones
financieras que requieran, en su caso, de otros acuerdos y formalidades, ni supondrá
coste económico adicional al MINISDEF.
Quinta.
Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.
– Por parte del MINISDEF: el Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar
o persona en quien delegue, el Subdirector General de Reclutamiento y Desarrollo
Profesional de Personal Militar y Reservistas de Especial Disponibilidad o persona en
quien delegue, y el jefe del Área de Salidas Profesionales o persona en quien delegue,
que actuará como interlocutor y coordinador en las actividades que se vayan realizando.
– Por parte de ISDEFE: el Director de Desarrollo de Negocio o persona en quien
delegue, el Director del Departamento de Estrategia de Negocio o persona en quien
delegue, y el jefe del Área de Estrategia y Desarrollo o persona en quien delegue, que
actuará como interlocutor y coordinador en las actividades que se vayan realizando.
Asimismo, a la comisión mixta podrán incorporarse los técnicos que las partes
consideren oportuno, según los temas a tratar.
cve: BOE-A-2023-84
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes acuerdan crear una comisión mixta paritaria de control y seguimiento
de las acciones previstas en este convenio (comisión mixta), integrada por tres
representantes de cada institución firmante que se designen y que se constituirá en el
plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha en que el convenio resulte eficaz,
con alternancia anual de la Presidencia, iniciada por el MINISDEF.
Integrarán la comisión mixta: