II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo Técnico de Hacienda. (BOE-A-2023-72)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de promoción interna, para ingreso en el Cuerpo Técnico de Hacienda.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2

Martes 3 de enero de 2023
B.2

Sec. II.B. Pág. 515

Valoración del concurso.

a) Antigüedad: Se valorarán los servicios prestados del funcionario, hasta la fecha
de publicación de esta convocatoria, en Cuerpos o Escalas del subgrupo inferior
incluidos en el ámbito del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, teniendo en cuenta los servicios efectivos
reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, con anterioridad a la
finalización del plazo de presentación del certificado, a razón de 1 punto por año
completo de servicios, hasta un máximo de 36 puntos.
Igualmente se valorará, en los mismos términos, la experiencia acreditada por los
candidatos que, con carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones
idénticas o análogas a las propias del Cuerpo al que se refiere la presente convocatoria.
b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado personal que se
tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria y formalizado en la
Administración General del Estado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por
la autoridad competente anterior a la finalización del plazo de presentación del
certificado, se otorgará la siguiente puntuación:
Grado 14 o inferiores: 10 puntos.
Grado 15 y 16: 12 puntos.
Grado 17 y 18: 14 puntos.
Grado 19 y 20: 16 puntos.
Grado 21 o superiores: 18 puntos.
Asimismo, se otorgarán 10 puntos a aquellos funcionarios que en la fecha de
publicación de la convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la
Administración General del Estado y hayan prestado servicios efectivos en la misma,
como funcionario de carrera, durante al menos 2 años.
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente
al puesto de trabajo que se ocupe con carácter definitivo en la Administración General
del Estado, así como en los Órganos Constitucionales, el día de publicación de esta
convocatoria, como funcionario del subgrupo C1, se otorgará la siguiente puntuación:

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por
reclasificaciones de nivel posteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria, con
independencia de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento
de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les
valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el
nivel mínimo del subgrupo C1.
A los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia por el cuidado de
familiares con reserva de puesto de trabajo se les valorará el nivel del puesto reservado
en la Administración General del Estado u Órganos Constitucionales, y a los funcionarios
en la situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la
Administración General del Estado, el nivel del puesto de trabajo en que les
correspondería efectuar el reingreso.
A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en
situación de servicio activo en Órganos Constitucionales, con carácter definitivo, se les
valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto.

cve: BOE-A-2023-72
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Niveles 15 o inferiores: 14 puntos.
Nivel 16 y 17: 15 puntos.
Nivel 18 y 19: 16 puntos.
Nivel 20 y 21: 17 puntos.
Nivel 22 o superiores: 18 puntos.