II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. (BOE-A-2023-71)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2

Martes 3 de enero de 2023
6.

Sec. II.B. Pág. 490

Acceso de personas con discapacidad

6.1 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad
previstas en el anexo I.1 deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad
igual o superior al 33 por ciento en la forma prevista en la base 5 y habrán de
consignarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.
6.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir las
adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del
proceso selectivo, debiendo realizar la petición en la solicitud de participación. Para ello
deberán aportar, necesariamente, el dictamen técnico facultativo previsto en la
base 5.5.f).
6.3 A estos efectos, el tribunal calificador aplicará las adaptaciones de tiempos
previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, («Boletín Oficial del Estado» de 13
de junio) por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos
adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con
discapacidad.
6.4 En el supuesto de que alguno de los aspirantes por el cupo de reserva para
personas con discapacidad superase el ejercicio y no obtuviese plaza en el citado cupo,
siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso
general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
7.

Embarazo de riesgo o parto

Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o de
parto, alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo en cualquiera
de sus fases o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la
finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas.
La realización de esta prueba no podrá conllevar una demora que menoscabe el derecho
del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos
razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal. En todo caso, la realización de la
citada prueba tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han
superado el proceso selectivo.
8.

Norma final

Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el
plazo de un mes desde su publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses desde su publicación, ante los juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.

cve: BOE-A-2023-71
Verificable en https://www.boe.es

A este proceso selectivo le será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la
Función Pública, en lo que no se oponga a la anterior norma, el Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio
de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y
promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del
Estado, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente
convocatoria.