II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. (BOE-A-2023-70)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 3 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 472
− La subsanación de la solicitud, en su caso, durante el plazo otorgado a estos
efectos, permitiendo completar o modificar los datos relacionados con la causa de
exclusión, y/o adjuntar la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.
Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento
ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de
presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación sustitutoria, lo que, en
su caso, se publicará en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los
supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que
constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.
La constancia del pago correcto de las tasas estará avalada por el Número de
Referencia Completo (NRC) que figurará en el justificante de registro.
El plazo para realizar la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a
partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado». La solicitud se dirigirá a la Directora del Departamento de Recursos Humanos
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. En el supuesto de que haya de
subsanarse la presentación no electrónica de la solicitud, se considerará como fecha de
presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos consignados en su solicitud registrada
telemáticamente, que podrán modificar dentro del plazo establecido para la presentación
de solicitudes, accediendo a la misma a través de la dirección electrónica indicada en la
base 5.2.
Los datos personales aportados por los interesados en la solicitud de participación
serán tratados con la finalidad de gestionar su participación en dicho proceso y las
comunicaciones necesarias para ello, y el análisis y estudio de los datos relativos a esta
convocatoria, ajustándose al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 27 de abril de 2016 y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. En la sede
electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria se facilitará la información
relativa a los posibles tratamientos y el ejercicio de los derechos sobre los mismos.
5.4 El ingreso del importe correspondiente a la tasa por derechos de examen se
efectuará también obligatoriamente por vía telemática, ya sea con certificado electrónico
o mediante el sistema «Cl@ve PIN», según la forma de presentación de la instancia.
En el caso de que el pago de la tasa de derechos de examen se abone en el
extranjero, se realizará en la cuenta corriente número 0128 0072 19 0100005621 [(IBAN:
ES48 0128 0072 1901 0000 5621) (BIC: BKBKESMM)], abierta, exclusivamente para las
solicitudes suscritas en el extranjero, en calle Orense, n.º 85 –28020 Madrid– a nombre
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
La condición de discapacidad, cuando haya sido reconocida en alguna de las
Comunidades Autónomas que figuran en la dirección https://administracion.gob.es/PAG/PID,
se verificará por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación
de Datos de las Administraciones Públicas. En caso de que el interesado se opusiera en
su solicitud al tratamiento de los datos expresados en la misma, alegando una causa
para ello, deberá presentar anexo a la solicitud, el certificado acreditativo de su condición
de discapacidad.
cve: BOE-A-2023-70
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 2
Martes 3 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 472
− La subsanación de la solicitud, en su caso, durante el plazo otorgado a estos
efectos, permitiendo completar o modificar los datos relacionados con la causa de
exclusión, y/o adjuntar la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.
Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento
ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de
presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación sustitutoria, lo que, en
su caso, se publicará en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los
supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que
constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.
La constancia del pago correcto de las tasas estará avalada por el Número de
Referencia Completo (NRC) que figurará en el justificante de registro.
El plazo para realizar la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a
partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado». La solicitud se dirigirá a la Directora del Departamento de Recursos Humanos
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. En el supuesto de que haya de
subsanarse la presentación no electrónica de la solicitud, se considerará como fecha de
presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos consignados en su solicitud registrada
telemáticamente, que podrán modificar dentro del plazo establecido para la presentación
de solicitudes, accediendo a la misma a través de la dirección electrónica indicada en la
base 5.2.
Los datos personales aportados por los interesados en la solicitud de participación
serán tratados con la finalidad de gestionar su participación en dicho proceso y las
comunicaciones necesarias para ello, y el análisis y estudio de los datos relativos a esta
convocatoria, ajustándose al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 27 de abril de 2016 y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. En la sede
electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria se facilitará la información
relativa a los posibles tratamientos y el ejercicio de los derechos sobre los mismos.
5.4 El ingreso del importe correspondiente a la tasa por derechos de examen se
efectuará también obligatoriamente por vía telemática, ya sea con certificado electrónico
o mediante el sistema «Cl@ve PIN», según la forma de presentación de la instancia.
En el caso de que el pago de la tasa de derechos de examen se abone en el
extranjero, se realizará en la cuenta corriente número 0128 0072 19 0100005621 [(IBAN:
ES48 0128 0072 1901 0000 5621) (BIC: BKBKESMM)], abierta, exclusivamente para las
solicitudes suscritas en el extranjero, en calle Orense, n.º 85 –28020 Madrid– a nombre
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
La condición de discapacidad, cuando haya sido reconocida en alguna de las
Comunidades Autónomas que figuran en la dirección https://administracion.gob.es/PAG/PID,
se verificará por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación
de Datos de las Administraciones Públicas. En caso de que el interesado se opusiera en
su solicitud al tratamiento de los datos expresados en la misma, alegando una causa
para ello, deberá presentar anexo a la solicitud, el certificado acreditativo de su condición
de discapacidad.
cve: BOE-A-2023-70
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 2