II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. (BOE-A-2023-70)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 3 de enero de 2023

Sec. II.B. Pág. 471

4.8 El Tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de
diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de
trabajo de las personas con discapacidad («Boletín Oficial del Estado» de 17 de
diciembre), adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con
discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas
del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes.
4.9 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
4.10 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas para todos o alguno de los ejercicios, en los casos que sea estrictamente
necesario.
4.11 Para el desarrollo de los ejercicios que se celebren en sedes descentralizadas,
el Tribunal podrá adoptar las medidas, instrucciones o resoluciones necesarias para el
uso de los medios electrónicos o telemáticos necesarios, incluidos los audiovisuales, y
contar con el apoyo administrativo necesario en dichas sedes para llevar a cabo la
realización de los mismos.
4.12 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, sito en la calle Lérida, n.º 32-34, 28020 Madrid.
5.

Solicitudes

5.1 De acuerdo con la Resolución de 19 de julio de 2019, de la Presidencia de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece la obligatoriedad de
la inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los
cuerpos y especialidades adscritos a la Agencia Estatal de Administración Tributaria
(BOE del 29) y con la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos, la presentación de solicitudes de admisión a estas
pruebas selectivas y el pago de las tasas de derechos de examen se realizará por vía
telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en la forma
establecida en la base 5.3.
5.2 El modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas convocadas por la
Agencia Estatal de Administración Tributaria y liquidación de la tasa de derechos de
examen (modelo 791), aprobado por Resolución de 17 de julio de 2020 (BOE del 22), de la
Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se encuentra a
disposición
de
los
interesados
en
la
dirección
de
Internet
https://
sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/trabajar-agencia-tributaria/gestiones-trabajar-aeat.html.
La solicitud se cumplimentará electrónicamente de acuerdo con su contenido y las
instrucciones del anexo IV, siguiendo lo previsto en la guía para la cumplimentación de
solicitudes de participación en procesos selectivos, disponible en la citada dirección
electrónica.
5.3 Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por vía telemática con
certificado electrónico o mediante el sistema «Cl@ve PIN», a través de la sede
electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria ubicada en la dirección de
Internet citada en el punto 5.2.
La presentación por esta vía permitirá:
− La inscripción en línea en el modelo oficial (obligatorio).
− Anexar documentos a la solicitud (opcional).
− El pago electrónico de las tasas, si procede (obligatorio).
− El registro electrónico de la solicitud (obligatorio).
− La modificación, durante el plazo de inscripción, de la solicitud registrada
(opcional).

cve: BOE-A-2023-70
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 2