III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-105)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, SA, S.M.E., para proyecto de I+D sobre Modelación del comportamiento hidrogeoquímico de emplazamientos en sistemas de almacenamiento de residuos radiactivos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2

Martes 3 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 737

La tabla siguiente muestra el desglose de este presupuesto estimado por conceptos
en euros:
Concepto

Total

Personal.

245.000

Material fungible.

93.000

Viajes.

36.000

Inventariable.

225.000

Total.

599.000

La distribución temporal por anualidades en euros, es la siguiente:
Concepto

2023

2024

2025

2026

Total

Personal.

61.250

61.250

61.250

61.250

245.000

Fungible.

35.000

25.000

23.000

10.000

93.000

100.000

80.000

30.000

15.000

225.000

11.000

10.000

8.000

7.000

36.000

Inventariable.
Viajes y dietas.

La contribución se hará en base a los informes técnicos de seguimiento de I+D de
periodicidad semestral, especificados en la memoria Técnica, tras su elaboración y
aceptación por ambas Partes.
Las partes soportarán los tributos que a cada una de ellas corresponda con arreglo a
las leyes.
El Ciemat asume sus costes de participación con cargo a las aplicaciones
presupuestarias 28.103.467H.2 y 28.103.467H.6.
Al finalizar el proyecto se realizará la liquidación definitiva y se ajustarán las
aportaciones realizadas por cada parte con el fin de que se respete y cumpla con el
porcentaje de contribución establecido en la presente cláusula para la ejecución del
proyecto de investigación.
Seguimiento del proyecto.

Para la correcta ejecución y seguimiento de este convenio, se constituirá una
Comisión de Seguimiento Técnico compuesto por cuatro miembros, dos personas en
representación de cada una de las Partes, nombradas en el plazo de un mes desde la
entrada en vigor del convenio, y que podrán estar asesoradas por otros responsables
técnicos.
La Comisión de Seguimiento celebrará su sesión constitutiva en el plazo de un mes
desde las respectivas comunicaciones.
La Presidencia de esta comisión tendrá carácter rotatorio anual, y la Secretaría será
ejercida por uno de sus miembros.
Esta Comisión de Seguimiento Técnico se reunirá con carácter ordinario dos veces al
año y con carácter extraordinario a solicitud de cualquiera de las Partes. Las decisiones
se adoptarán por unanimidad.
Esta Comisión de Seguimiento Técnico podrá invitar, para que asistan a sus
reuniones, con voz pero sin voto, a las personas que considere necesarias en función de
los asuntos a tratar.

cve: BOE-A-2023-105
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.