III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2023-113)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con el Instituto Cervantes, para el desarrollo del título oficial de Máster Universitario en enseñanza del español como lengua extranjera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2

Martes 3 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 830

El programa del Máster se desarrolla en la sede de Santander de la UIMP
durante dos veranos consecutivos según los calendarios que anualmente se
aprueban.
2. Ambas instituciones colaborarán con el objetivo común de proporcionar a
los alumnos las opciones más adecuadas para la realización de los módulos de
prácticas.
Las prácticas se podrán realizar en el Campus de las Llamas de la UIMP en
Santander (Cursos para Extranjeros), y también en aquellos centros del Instituto
Cervantes en el exterior que sean designados para ello. La posibilidad de realizar
las prácticas en los centros del Instituto Cervantes en el extranjero designados a
tal efecto solo será de aplicación para los alumnos del Bloque II del Máster que
tengan que llevar a cabo su Practicum II, teniendo que realizarse esta modalidad
de practicum en las condiciones que establezca el Instituto Cervantes, según se
indica en el apartado 3 de esta cláusula.
Además de estas posibilidadades, la UIMP ofrecerá a sus alumnos de
prácticas la opción de realizar éstas en cualquiera de los centros homologados de
enseñanza de español a extranjeros repartidos en el territorio nacional y a través
de los convenios o acuerdos correspondientes con dichos centros y según las
condiciones establecidas por la UIMP. Los convenios o acuerdos a los que la
UIMP llegue con dichos centros no podrán suponer modificación alguna a lo
pactado entre la UIMP y el Instituto Cervantes en este documento.
3. El Instituto Cervantes ofrece para cada edición del Máster un mínimo de 5
y un máximo de 10 plazas por promoción de cada edición del Máster para la
realización del Practicum II, en su red internacional de centros, según el calendario
y sedes que el propio Instituto concrete cada año. La selección de candidatos será
realizada por la Comisión Académica del Máster.»
Segunda.

Incorporación al convenio e invariabilidad de lo no modificado.

La presente adenda se firma para su incorporación al convenio suscrito el 21 de
octubre de 2020 entre las partes, como parte inseparable del mismo, el cual mantendrá
su efectividad en todo lo no modificado.
Tercera. Vigencia.
Una vez firmada, la presente adenda surtirá efectos a partir de su inscripción en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal. La adenda deberá ser publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Incorporada al convenio esta adenda, mantendrá su vigencia, al menos, hasta el 30
de noviembre de 2024, fecha en que finaliza dicho convenio, sin perjuicio de que pudiera
prorrogarse el mismo en los términos y forma previstos en la cláusula vigesimocuarta
del texto.

cve: BOE-A-2023-113
Verificable en https://www.boe.es

Y, en prueba de conformidad, firman el presente documento en las fechas que se
indican en cada una de las firmas, tomándose como fecha de perfeccionamiento la del
último firmante.–Por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., Carlos
Andradas Heranz, 21 de diciembre de 2022.–Por el Instituto Cervantes, Luis Manuel
García Montero, 21 de diciembre de 2022.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X