III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2023-113)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con el Instituto Cervantes, para el desarrollo del título oficial de Máster Universitario en enseñanza del español como lengua extranjera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2
Martes 3 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 829
de Cooperación del Sector Público Estatal el 21 de octubre y publicado en el BOE el 30
de noviembre. El convenio tiene una duración de cuatro años.
II. Que las cláusulas cuarta y quinta del convenio recogen que el plan docente del
Máster será el aprobado por la ANECA y el Ministerio de Universidades en el proceso de
verificación y aprobación del Máster, que parte de la carga lectiva de 60 ECTS
(European Credit Transfer and Accumulation System / Sistema Europeo de Transferencia
y Acumulación de Créditos, en español) corresponde a prácticas académicas
curriculares y que los alumnos podrán realizar las prácticas descritas en el plan docente
en la UIMP o bien en los centros en el exterior del Instituto Cervantes.
III. No obstante lo indicado en la cláusula quinta del convenio sobre la realización
de prácticas en la UIMP o en los centros en el exterior del Instituto Cervantes, la
memoria de verificación del Máster recoge más opciones respecto a los lugares en los
que la UIMP puede gestionar que se realicen las prácticas de los alumnos. En dicha
memoria se recoge lo siguiente:
«Lugares de realización de las prácticas:
Ambas instituciones colaborarán con el objetivo común de proporcionar a los
alumnos las opciones más adecuadas para la realización de los módulos de prácticas.
Las prácticas se podrán realizar en el Campus de las Llamas de la UIMP en Santander
(Cursos para Extranjeros), y también en aquellos centros del IC en el exterior que sean
designados para ello. En el caso de los estudiantes de la UIMP, la posibilidad de realizar
las prácticas en los centros del IC en el extranjero designados a tal efecto, tan sólo será
de aplicación para los alumnos del Bloque II (Máster) que tengan que llevar a cabo su
Practicum II, teniendo que realizarse esta modalidad de practicum en las condiciones
que establezca el IC.
Además de esta posibilidad, la UIMP ofrecerá a sus alumnos de prácticas la de
realizar éstas en cualquiera de los centros homologados de enseñanza de español a
extranjeros repartidos en el territorio nacional y a través de los acuerdos
correspondientes con dichos centros y según las condiciones establecidas por la UIMP.»
IV. Que, teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, las partes coinciden en
considerar conveniente modificar el convenio firmado para incorporar en la cláusula
quinta la posibilidad de realización de prácticas en centros distintos a la UIMP y al
Instituto Cervantes, mediante los correspondientes convenios que suscribirá la UIMP,
como se recoge en la memoria de verificación del Máster aprobada.
En consecuencia, y de conformidad con la cláusula vigesimotercera del convenio y lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
las partes unánimemente acuerdan modificar el convenio firmado el 21 de octubre
de 2020 de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
«Quinta.
1. El Máster, cuya modalidad de impartición es presencial, tiene una carga
lectiva de 60 créditos del Sistema Europeo de Transferencia de Créditos (ECTS,
en sus siglas en inglés), de los cuales 48 corresponden a bloques lectivos y
prácticas y 12 al Trabajo de Fin de Máster.
cve: BOE-A-2023-113
Verificable en https://www.boe.es
Se da nueva redacción a la cláusula quinta del convenio, que queda redactada como
sigue:
Núm. 2
Martes 3 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 829
de Cooperación del Sector Público Estatal el 21 de octubre y publicado en el BOE el 30
de noviembre. El convenio tiene una duración de cuatro años.
II. Que las cláusulas cuarta y quinta del convenio recogen que el plan docente del
Máster será el aprobado por la ANECA y el Ministerio de Universidades en el proceso de
verificación y aprobación del Máster, que parte de la carga lectiva de 60 ECTS
(European Credit Transfer and Accumulation System / Sistema Europeo de Transferencia
y Acumulación de Créditos, en español) corresponde a prácticas académicas
curriculares y que los alumnos podrán realizar las prácticas descritas en el plan docente
en la UIMP o bien en los centros en el exterior del Instituto Cervantes.
III. No obstante lo indicado en la cláusula quinta del convenio sobre la realización
de prácticas en la UIMP o en los centros en el exterior del Instituto Cervantes, la
memoria de verificación del Máster recoge más opciones respecto a los lugares en los
que la UIMP puede gestionar que se realicen las prácticas de los alumnos. En dicha
memoria se recoge lo siguiente:
«Lugares de realización de las prácticas:
Ambas instituciones colaborarán con el objetivo común de proporcionar a los
alumnos las opciones más adecuadas para la realización de los módulos de prácticas.
Las prácticas se podrán realizar en el Campus de las Llamas de la UIMP en Santander
(Cursos para Extranjeros), y también en aquellos centros del IC en el exterior que sean
designados para ello. En el caso de los estudiantes de la UIMP, la posibilidad de realizar
las prácticas en los centros del IC en el extranjero designados a tal efecto, tan sólo será
de aplicación para los alumnos del Bloque II (Máster) que tengan que llevar a cabo su
Practicum II, teniendo que realizarse esta modalidad de practicum en las condiciones
que establezca el IC.
Además de esta posibilidad, la UIMP ofrecerá a sus alumnos de prácticas la de
realizar éstas en cualquiera de los centros homologados de enseñanza de español a
extranjeros repartidos en el territorio nacional y a través de los acuerdos
correspondientes con dichos centros y según las condiciones establecidas por la UIMP.»
IV. Que, teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, las partes coinciden en
considerar conveniente modificar el convenio firmado para incorporar en la cláusula
quinta la posibilidad de realización de prácticas en centros distintos a la UIMP y al
Instituto Cervantes, mediante los correspondientes convenios que suscribirá la UIMP,
como se recoge en la memoria de verificación del Máster aprobada.
En consecuencia, y de conformidad con la cláusula vigesimotercera del convenio y lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
las partes unánimemente acuerdan modificar el convenio firmado el 21 de octubre
de 2020 de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
«Quinta.
1. El Máster, cuya modalidad de impartición es presencial, tiene una carga
lectiva de 60 créditos del Sistema Europeo de Transferencia de Créditos (ECTS,
en sus siglas en inglés), de los cuales 48 corresponden a bloques lectivos y
prácticas y 12 al Trabajo de Fin de Máster.
cve: BOE-A-2023-113
Verificable en https://www.boe.es
Se da nueva redacción a la cláusula quinta del convenio, que queda redactada como
sigue: