III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-96)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con la Fundación Iberdrola España, para el desarrollo del programa de becas Fundación Iberdrola España-Museo del Prado en el taller de Restauración y Servicio de Documentación Técnica del Museo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2
Martes 3 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 662
VII. Que la Fundación, dado el interés general del programa de becas referido en el
Expositivo anterior, desea colaborar en su desarrollo y a tal efecto ambas Partes han
convenido suscribir el presente convenio (en adelante, el «Convenio») que se regirá
conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto establecer los términos y condiciones que
regulan la ayuda de la Fundación en la materialización por parte del Museo de un
programa de Tres Becas de veinticuatro meses consecutivos de duración, para la
formación e investigación en el taller de Restauración del Museo del Prado y en el
Servicio de Documentación Técnica del Museo del Prado.
Las becas se convocarán conforme a lo descrito en la cláusula segunda de este
Convenio, y tendrán una duración de veinticuatro meses consecutivos a contar desde la
fecha de su inicio que tendrá lugar durante la segunda mitad del año 2023 (en adelante,
las «Becas» o «Becas Nacionales Fundación Iberdrola España-Museo del Prado de
Formación e Investigación en Restauración»).
A todos los efectos, la difusión de la participación de la Fundación en las Becas no
constituirá una prestación de servicios sin que, en ningún caso, deba considerarse que
persigue los fines del contrato de patrocinio publicitario regulado en el artículo 22 de la
Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.
Segunda.
Obligaciones del Museo.
El Museo será responsable de la elaboración de las bases de la convocatoria de las
Becas Nacionales Fundación Iberdrola España-Museo del Prado incluyendo los
siguientes aspectos:
–
–
–
–
–
–
Especialidad de las becas.
Requisitos generales y específicos de los solicitantes.
Documentación a presentar para su valoración.
Criterios de valoración y proceso de selección.
Desarrollo de los proyectos de formación.
Terminación, suspensión y revocación de las becas.
– Solución de dudas y consultas que se puedan plantear durante la convocatoria
designando una dirección de correo electrónico. Estos datos serán publicados en las
bases de la convocatoria y en la página Web del Museo.
– Proceso de valoración de candidaturas a través de la creación de una Comisión de
Estudio y Valoración.
– Proceso de selección.
– Nombramiento con carácter definitivo de los beneficiarios de las Becas y los
suplentes, así como la oportuna formalización de la beca, con arreglo a lo previsto en la
normativa vigente. A efectos aclaratorios la relación jurídica derivada de cada beca se
establecerá únicamente entre el Museo y la persona que resulte beneficiaria de la beca,
sin perjuicio de la contribución económica de la Fundación objeto del presente Convenio.
– Inicio de la actividad.
– Desarrollo de los proyectos.
– Confidencialidad y Derechos de la investigación de las Becas.
– Terminación de la beca, suspensión y revocación de las Becas.
– Formación de los becarios mediante la dirección técnica de los proyectos en los que
participen y de facilitar los medios y disponibilidad de materiales necesarios para su realización,
cve: BOE-A-2023-96
Verificable en https://www.boe.es
Será asimismo el Museo responsable único de la gestión y desarrollo del programa
de las Becas Fundación Iberdrola España-Museo del Prado encargado de, entre otros:
Núm. 2
Martes 3 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 662
VII. Que la Fundación, dado el interés general del programa de becas referido en el
Expositivo anterior, desea colaborar en su desarrollo y a tal efecto ambas Partes han
convenido suscribir el presente convenio (en adelante, el «Convenio») que se regirá
conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto establecer los términos y condiciones que
regulan la ayuda de la Fundación en la materialización por parte del Museo de un
programa de Tres Becas de veinticuatro meses consecutivos de duración, para la
formación e investigación en el taller de Restauración del Museo del Prado y en el
Servicio de Documentación Técnica del Museo del Prado.
Las becas se convocarán conforme a lo descrito en la cláusula segunda de este
Convenio, y tendrán una duración de veinticuatro meses consecutivos a contar desde la
fecha de su inicio que tendrá lugar durante la segunda mitad del año 2023 (en adelante,
las «Becas» o «Becas Nacionales Fundación Iberdrola España-Museo del Prado de
Formación e Investigación en Restauración»).
A todos los efectos, la difusión de la participación de la Fundación en las Becas no
constituirá una prestación de servicios sin que, en ningún caso, deba considerarse que
persigue los fines del contrato de patrocinio publicitario regulado en el artículo 22 de la
Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.
Segunda.
Obligaciones del Museo.
El Museo será responsable de la elaboración de las bases de la convocatoria de las
Becas Nacionales Fundación Iberdrola España-Museo del Prado incluyendo los
siguientes aspectos:
–
–
–
–
–
–
Especialidad de las becas.
Requisitos generales y específicos de los solicitantes.
Documentación a presentar para su valoración.
Criterios de valoración y proceso de selección.
Desarrollo de los proyectos de formación.
Terminación, suspensión y revocación de las becas.
– Solución de dudas y consultas que se puedan plantear durante la convocatoria
designando una dirección de correo electrónico. Estos datos serán publicados en las
bases de la convocatoria y en la página Web del Museo.
– Proceso de valoración de candidaturas a través de la creación de una Comisión de
Estudio y Valoración.
– Proceso de selección.
– Nombramiento con carácter definitivo de los beneficiarios de las Becas y los
suplentes, así como la oportuna formalización de la beca, con arreglo a lo previsto en la
normativa vigente. A efectos aclaratorios la relación jurídica derivada de cada beca se
establecerá únicamente entre el Museo y la persona que resulte beneficiaria de la beca,
sin perjuicio de la contribución económica de la Fundación objeto del presente Convenio.
– Inicio de la actividad.
– Desarrollo de los proyectos.
– Confidencialidad y Derechos de la investigación de las Becas.
– Terminación de la beca, suspensión y revocación de las Becas.
– Formación de los becarios mediante la dirección técnica de los proyectos en los que
participen y de facilitar los medios y disponibilidad de materiales necesarios para su realización,
cve: BOE-A-2023-96
Verificable en https://www.boe.es
Será asimismo el Museo responsable único de la gestión y desarrollo del programa
de las Becas Fundación Iberdrola España-Museo del Prado encargado de, entre otros: