III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-46)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con Eatable Adventures, SL, para el desarrollo de la segunda edición del Programa "Spain Food Tech".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 1

Lunes 2 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 218

En su virtud y de conformidad con lo anterior, ICEX y EA convienen en suscribir el
presente convenio (en lo sucesivo, el Convenio), a través del cual pretenden el desarrollo
de la segunda edición del Programa, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente Convenio es el establecimiento de un marco de colaboración
entre ICEX y EA para el desarrollo de la segunda edición del programa «Spain Food
Tech» y la consolidación de una comunidad de empresas de este sector con capacidad
de internacionalización y de atracción de inversión hacia España.
Segunda. Obligaciones de las Partes.
Para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio las Partes acuerdan asumir
las siguientes obligaciones:
2.1

Obligaciones de EA.

a) Invitación por parte de EA a ponentes de ICEX en servicios centrales o de la Red
de Oficinas Económicas y Comerciales a participar en:

b) Proporcionar información de nuevos fondos especializados en agroalimentación
interesados en España y conectarles con el área de Invest in Spain.
c) Aportación a ICEX por parte de EA de las notas de prensa que elabore en el
desarrollo del Programa para que puedan ser difundidas a través de la arquitectura de
portales de ICEX (www.icex.es; www.investinspain.es; www.foodswinesfromspain.es)
Estas notas de prensa pondrán en valor no sólo las nuevas tecnologías de las
empresas participantes en el programa sino también, de manera más general, el
ecosistema de emprendimiento/innovación en la industria.
De acuerdo con lo indicado, ICEX tendrá derecho a la reproducción total de los
citados materiales, así como a la reproducción parcial o de fragmentos de imágenes y
fotografías de las producciones, para su utilización en las actuaciones institucionales que
le son propias, tales como ferias, eventos, congresos, acuerdos con organismos públicos
nacionales o extranjeros, etc. sin límite temporal ni geográfico. ICEX podrá asimismo
incluirlos en cualesquiera de sus webs corporativas, en cualquier publicación audiovisual,
impresa o multimedia propia, sin límite temporal ni geográfico y podrá utilizarlo en
actuaciones de carácter educativo y de divulgación, sin límite temporal o geográfico. En
este sentido, EA se compromete a recabar de los interesados que resulten oportunos las
autorizaciones o consentimientos que procedan relativas a las fotografías e imágenes
que se tomen en el marco de las actividades del presente Convenio.
En relación con lo anterior, se establece asimismo que EA asumirá como propia
cualquier reclamación que, por motivos de propiedad intelectual, protección de datos
personales o derechos de imagen pudiera generarse con motivo de la publicación de
tales documentos, quedando ICEX exonerado de cualquier responsabilidad. En el
material aportado por EA, y publicado por ICEX, figurará en todo caso como autor el
primero, sin que ICEX pueda hacer uso del mismo, fuera de los supuestos indicados, sin
la autorización previa y por escrito de EA.
d) EA propondrá a ICEX posibles contenidos y podrá participar como ponente en
sesiones de formación organizadas por ICEX sobre el sector FoodTech, asimismo para

cve: BOE-A-2023-46
Verificable en https://www.boe.es

– Los seminarios y eventos que organizará EA para dar difusión al Programa.
– El desarrollo del programa mediante acciones formativas relacionadas con la
internacionalización.
– Los foros de diálogo con la comunidad de empresas que se genere, conociendo de
primera mano así sus necesidades en el proceso de internacionalización.