III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-51)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a X-Elio Andaltia Murcia, SL, la autorización administrativa previa, para la instalación fotovoltaica Lorca Solar de 386,22 MWp y 339,1 MW de potencia instalada, la subestación eléctrica 30/132 kV, la línea aérea-subterránea a 132 kV, la subestación eléctrica 132/400 kV y la línea a 400 kV para evacuación de energía eléctrica, en Lorca y Totana (Murcia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 257
− Con fecha 27 de mayo de 2020, la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental formula informe de impacto ambiental de la «Modificación del proyecto de la
instalación fotovoltaica Lorca Solar PV de 287,616 MW ubicada en los TM de Lorca,
Aledo y Totana, en la provincia de Murcia» (BOE número 162, de fecha 9 de junio
de 2020), donde, como resultado de la evaluación de impacto ambiental practicada, se
concluye que es necesario el sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental
ordinaria.
Posteriormente, X-Elio Andaltia Murcia, SL, en adelante X-Elio, solicita, con fecha 11
de febrero de 2021, autorización administrativa previa y de construcción para la
instalación Lorca Solar de 386,22 MWp y su infraestructura de evacuación, presentando
nuevos proyectos de ejecución y un nuevo estudio de impacto ambiental.
Las modificaciones principales que contiene esta documentación, con respecto a la
anteriormente presentada, son las siguientes:
– Modificación de las características técnicas del módulo fotovoltaico y del seguidor
solar.
– Modificación del trazado y tensión de la línea de evacuación, pasando de una línea
de 400 kV a 132 kV, y evitando la afección al término municipal de Aledo.
El expediente, formado por los nuevos proyectos y el nuevo estudio de impacto
ambiental (en adelante, EsIA), presentados con fecha 11 de febrero de 2021, fue incoado
en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia, y se tramitó
de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto
en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los
correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 21 de abril de 2021 en el «Boletín
Oficial de la Región de Murcia» y el 22 de abril de 2021 en el «Boletín Oficial del
Estado».
Se recibieron 2.976 alegaciones particulares y 3 alegaciones presentadas por
persona jurídica, en las que se muestra la oposición al proyecto basada en la falta de
justificación de la compatibilidad del proyecto con el planeamiento municipal vigente,
búsqueda de un trazado de la línea de evacuación con un menor impacto ambiental,
carencia de valoración de los efectos electromagnéticos provocados por la línea eléctrica
sobre la salud humana y no tener en cuenta las afecciones socio-económicas que
provocará el trazado de la línea en el municipio de Totana, al afectar a terrenos de uso
agrícola. Las alegaciones fueron contestadas por X-Elio. Las consideraciones en materia
de medio ambiente son objeto de consideración en el trámite de evaluación de impacto
ambiental ordinaria del proyecto del cual resulta la declaración de impacto ambiental, en
adelante DIA, y las condiciones y medidas adicionales que deban ser tenidas en cuenta
por parte del promotor para el proyecto.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Competitividad y Calidad
Turísticas de la Región de Murcia, en la que no se muestra oposición a la autorización de
la instalación. Se ha dado traslado a X-Elio de dicha contestación, el cual expresa su
conformidad con la misma.
Se han recibido contestaciones de la Oficina de Planificación Hidrológica de la
Confederación Hidrográfica del Segura, de la Dirección General de Patrimonio Cultural
de la Región de Murcia, de la Dirección General de Territorio y Arquitectura de la Región
de Murcia, de la Demarcación de Carreteras del Estado en Murcia del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de la Mancomunidad de los Canales del
cve: BOE-A-2023-51
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Núm. 1
Lunes 2 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 257
− Con fecha 27 de mayo de 2020, la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental formula informe de impacto ambiental de la «Modificación del proyecto de la
instalación fotovoltaica Lorca Solar PV de 287,616 MW ubicada en los TM de Lorca,
Aledo y Totana, en la provincia de Murcia» (BOE número 162, de fecha 9 de junio
de 2020), donde, como resultado de la evaluación de impacto ambiental practicada, se
concluye que es necesario el sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental
ordinaria.
Posteriormente, X-Elio Andaltia Murcia, SL, en adelante X-Elio, solicita, con fecha 11
de febrero de 2021, autorización administrativa previa y de construcción para la
instalación Lorca Solar de 386,22 MWp y su infraestructura de evacuación, presentando
nuevos proyectos de ejecución y un nuevo estudio de impacto ambiental.
Las modificaciones principales que contiene esta documentación, con respecto a la
anteriormente presentada, son las siguientes:
– Modificación de las características técnicas del módulo fotovoltaico y del seguidor
solar.
– Modificación del trazado y tensión de la línea de evacuación, pasando de una línea
de 400 kV a 132 kV, y evitando la afección al término municipal de Aledo.
El expediente, formado por los nuevos proyectos y el nuevo estudio de impacto
ambiental (en adelante, EsIA), presentados con fecha 11 de febrero de 2021, fue incoado
en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia, y se tramitó
de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto
en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los
correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 21 de abril de 2021 en el «Boletín
Oficial de la Región de Murcia» y el 22 de abril de 2021 en el «Boletín Oficial del
Estado».
Se recibieron 2.976 alegaciones particulares y 3 alegaciones presentadas por
persona jurídica, en las que se muestra la oposición al proyecto basada en la falta de
justificación de la compatibilidad del proyecto con el planeamiento municipal vigente,
búsqueda de un trazado de la línea de evacuación con un menor impacto ambiental,
carencia de valoración de los efectos electromagnéticos provocados por la línea eléctrica
sobre la salud humana y no tener en cuenta las afecciones socio-económicas que
provocará el trazado de la línea en el municipio de Totana, al afectar a terrenos de uso
agrícola. Las alegaciones fueron contestadas por X-Elio. Las consideraciones en materia
de medio ambiente son objeto de consideración en el trámite de evaluación de impacto
ambiental ordinaria del proyecto del cual resulta la declaración de impacto ambiental, en
adelante DIA, y las condiciones y medidas adicionales que deban ser tenidas en cuenta
por parte del promotor para el proyecto.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Competitividad y Calidad
Turísticas de la Región de Murcia, en la que no se muestra oposición a la autorización de
la instalación. Se ha dado traslado a X-Elio de dicha contestación, el cual expresa su
conformidad con la misma.
Se han recibido contestaciones de la Oficina de Planificación Hidrológica de la
Confederación Hidrográfica del Segura, de la Dirección General de Patrimonio Cultural
de la Región de Murcia, de la Dirección General de Territorio y Arquitectura de la Región
de Murcia, de la Demarcación de Carreteras del Estado en Murcia del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de la Mancomunidad de los Canales del
cve: BOE-A-2023-51
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