II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2022-24481)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Sábado 31 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 193785

universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas
relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
La documentación que acredite los cursos de formación a valorar se acompañará al
certificado de requisitos y méritos.
d) Superación de pruebas selectivas para acceder a la condición de personal
laboral fijo: 20 puntos.
2.2

Calificación final:

La calificación vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las
fases de oposición y concurso.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
a) Personal funcionario de carrera: el orden se establecerá atendiendo a la mayor
puntuación obtenida en el ejercicio. De mantenerse esta circunstancia, se dirimirá a favor
de la antigüedad total en la Administración General del Estado, computándose años,
meses y días de servicios prestados que consten en el Registro Central de Personal al
día de publicación de esta convocatoria y de persistir aún el empate se atenderá a la
puntuación otorgada al grado personal consolidado, el trabajo desarrollado y los cursos
de formación, por este orden.
b) Personal laboral fijo: el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
obtenida en el ejercicio. De mantenerse esta circunstancia, se dirimirá a favor de la
antigüedad total en la Administración General del Estado, computándose los años,
meses y días de servicio que consten en el Registro Central de Personal al día de
publicación de esta convocatoria y de persistir aún el empate se atenderá a la
puntuación otorgada en el mérito de categoría profesional y los cursos de formación, por
este orden.
c) Personal funcionario de carrera y personal laboral fijo: En caso de empate entre
un funcionario de carrera y un laboral fijo, se atenderá a la antigüedad total en la
Administración General del Estado, computándose los años, meses y días de servicio
que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta
convocatoria.
2.3

Acreditación de méritos:

a) En el caso del personal funcionario de carrera, acreditación de pertenecer, como
funcionario de carrera, a alguno de los cuerpos o escalas del subgrupo C2 de la
Administración General del Estado, a cuerpos o escalas Postales y Telegráficos adscritos
al subgrupo C2 o a cuerpos y escalas del subgrupo C2 del resto de Administraciones
incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, con
destino definitivo en la Administración General del Estado.
Igualmente, contendrá la acreditación de haber prestado servicios efectivos durante,
al menos, dos años como funcionario de carrera en los cuerpos o escalas del subgrupo
C2 mencionados.
b) En el caso del personal laboral fijo, se acreditará la pertenencia como personal
laboral fijo a un puesto del grupo y especialidad 3G-Administración del IV Convenio
colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
Para el personal laboral fijo de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y
demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o

cve: BOE-A-2022-24481
Verificable en https://www.boe.es

Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado dispondrán
de un plazo de veinte días hábiles para presentar el certificado de requisitos y méritos
expedido según lo previsto en el apartado Decimoctavo de la Orden HFP/688/2017,
de 20 de julio. En el anexo V se incluye el modelo que debe cumplimentar el personal
funcionario de carrera y en el anexo VI el modelo que corresponde al personal laboral
fijo.
El certificado de requisitos y méritos habrá de contener la siguiente información: