II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Personal laboral. (BOE-A-2022-24472)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por acceso libre como personal laboral fijo en puestos de personal laboral fijo fuera de Convenio denominados asesor especialista de salud mental, piloto comercial de aeronave de ala fija, responsable de asistencia religiosa y responsable del servicio médico a través de concurso.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 31 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 193642

Las referencias realizadas en la presente convocatoria al Tribunal deben entenderse
hechas a cada uno de los Tribunales que se puedan constituir. Podrá nombrarse un
Tribunal para los procesos correspondientes a cada grupo profesional, en cada
modalidad de acceso. Asimismo, un mismo Tribunal podrá nombrarse para los procesos
de varios grupos profesionales.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el
Ministerio del Interior, calle Amador de los Ríos número 7 Madrid, teléfonos 915371166
y 915371506, correo electrónico Prosellab@interior.es.
Desarrollo del proceso selectivo
Sistema de concurso-oposición
El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por el
primero de la letra «U», según lo establecido en la Resolución de 9 de mayo de 2022, de
la Secretaría de Estado de Función Pública («Boletín Oficial del Estado» número 114,
de 13 de mayo de 2022), por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
Los aspirantes serán convocados al ejercicio de la fase de oposición en llamamiento
único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.
Las personas aspirantes que hubieran superado la fase de oposición dispondrán de
un plazo de veinte días hábiles para presentar la documentación acreditativa de los
méritos que deseen que se les valore en la fase de concurso. Todo ello atendiendo a los
méritos que podrán ser alegados y que se recogen en el anexo I (sección I).
El Tribunal publicará, en los medios citados en la base 1.1, la relación que contenga
la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la
puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Las personas
aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la
publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho
plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
Sistema de concurso
Una vez hecha pública la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, las
personas admitidas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar la
documentación acreditativa de los méritos que deseen que se les valore. Todo ello
atendiendo a los méritos que podrán ser alegados y que se recogen en el anexo I
(Sección II). La duración de la fase de concurso vendrá determinada por la concurrencia
de personas aspirantes y el tiempo necesario por el Tribunal Calificador para la
baremación de méritos. En todo caso, el proceso selectivo deberá finalizar antes del 31
de diciembre de 2024, conforme a lo previsto en la Ley 20/2021. Sin perjuicio de este
plazo legal, el resto de plazos fijados para el proceso selectivo podrán ser objeto de
modificación, si concurre causa objetiva que lo justifique, apreciada por la Subsecretaría
del Interior, oído el Tribunal Calificador.
El Tribunal publicará, en los medios citados en la base 1.1, la relación que contenga
la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la
puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Los aspirantes
dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de
dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el
Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que
alguna de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la
convocatoria, previa audiencia a la persona interesada, deberá proponer su exclusión a
la autoridad convocante.

cve: BOE-A-2022-24472
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Núm. 314