II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Personal laboral. (BOE-A-2022-24475)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por acceso libre, como personal laboral fijo en los grupos profesionales 1G, 2G, 3G, 4G, M3, M1 y E2 en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y sus organismos autónomos, sujeto al IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 31 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 193717

5.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Paseo de la Castellana, 67,
28071-Madrid, teléfonos 915975175, 915977188 y 915977151, dirección de correo
electrónico area-selección@fomento.es.
6.

Desarrollo del proceso selectivo

6.1 Los aspirantes deberán adjuntar junto con su solicitud la documentación
acreditativa de los méritos que deseen que se les valore en la fase de concurso. Todo
ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados y que se recogen en el anexo I.
6.2 El Tribunal publicará, en los medios citados en la base 1.1, la relación que
contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de
la puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Los aspirantes
dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de
dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el
Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
6.3 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que
alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,
previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.
7. Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizadas la fase de concurso, el Presidente del Tribunal elevará a la
autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la
calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo por orden de puntuación
por cada número de orden del anexo II.
7.2 Dicha relación se publicará en los medios citados en la base 1.1, disponiendo los
primeros aspirantes de dicha relación, hasta como máximo el número de plazas convocadas
por cada número de orden del anexo II, de un plazo de veinte días hábiles para la
presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
7.3 No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de puestos de
trabajo convocados en cada número de orden.
7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen el proceso
selectivo se efectuará en cada número de orden, según la petición de destino de acuerdo
con la puntuación total obtenida.
7.5 La adjudicación de los puestos de trabajo tendrá en cuenta lo previsto en el
artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, que regula el acceso al
empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad,
(BOE del 17).
7.6 El personal de nuevo ingreso tendrá que superar un período de prueba de tres
meses para las plazas de los grupos profesionales G1, G2 y M3, y de un mes para las
demás plazas, de acuerdo con el artículo 32 del IV Convenio Único para el Personal
Laboral de la Administración General del Estado. Durante este, la unidad de personal
correspondiente evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo. Quedan exentos
del período de prueba los trabajadores que hayan ya desempeñado las mismas
funciones con anterioridad, bajo cualquier modalidad de contratación, dentro del ámbito
de aplicación del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración
General del Estado.
7.7 En el caso de que alguno de los candidatos no presente la documentación
correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie, o la
certificación emitida por la unidad de personal respecto al correcto desempeño del
puesto de trabajo durante el periodo de prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará
al siguiente candidato de la relación a la que se refiere la base 7.1 que no hubiese
obtenido plaza y según el número de orden obtenido.

cve: BOE-A-2022-24475
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Núm. 314